Es lunes y tu equipo de nómina te escribe: “¿Cómo vamos a repartir los aportes si ahora existe un Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo?”. Diriges una pyme en Bogotá, tienes contratistas y empleados con salarios distintos, y sabes que cualquier error puede costarte sanciones y dañar la confianza del equipo. Respiras hondo, abres tu hoja de cálculo y adviertes que el sistema por pilares es la cancha donde debes jugar. Necesitas claridad: quién administra ese fondo, qué porciones del aporte van allí, cómo se registra contablemente y qué cambió frente a Colpensiones y las administradoras. Desde Mi Contabilidad te acompaño a traducir la norma en decisiones operativas, con enfoque preventivo y tecnología aplicada, para que el flujo de caja, la PILA y tus políticas internas no se descuadren. Hoy te explico, con ejemplos, cómo funcionará ese fondo y qué pasos dar.
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Soy Diana Cristina Cardona Cardona, Contadora Pública con más de 30 años de experiencia en contabilidad general, tributaria, laboral y financiera. Mi sello es unir la normatividad vigente con una visión estratégica y práctica, siempre aterrizada a la realidad de empresarios, gerentes, independientes y pymes. Me actualizo diariamente con DIAN, UGPP, CTCP, Supersociedades, MinTrabajo y SIC, y cuento con el apoyo de Julio César Moreno Duque, experto en tecnología, automatización y transformación digital, para que la contabilidad no se quede en el papel sino que viva en tus procesos. “La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles”.
¿Por qué este tema importa hoy? Porque el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC) es la columna que respalda financieramente el nuevo sistema para el componente de prima media del pilar contributivo. La Ley 2381 de 2024 creó el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez y le asignó al Banco de la República la administración del FAPC, con reglas de gobierno e inversión para la sostenibilidad de largo plazo. Esta definición está en norma oficial y documentos de Presidencia, SUIN-Juriscol y el propio Banco de la República.
Ahora bien, Colombia vivió un hito en junio de 2025: la Corte Constitucional devolvió la reforma para subsanar un vicio de trámite; luego, en junio 29 de 2025, la Cámara volvió a aprobarla y el texto quedó pendiente de nuevo control constitucional. Como empresario o contador, esto se traduce en diligencia reforzada: planear con la norma aprobada y reglamentada, pero monitorear su control constitucional.
Paralelamente, el Gobierno expidió el Decreto 574 de 2025 (28 de mayo de 2025), que reglamenta la administración y el gobierno del FAPC, precisa su naturaleza como cuenta especial en el Banco de la República y define lineamientos de inversión y control de riesgos. Este decreto es clave para tus políticas contables y de tesorería, pues ancla cómo se gestiona el ahorro del pilar contributivo y refuerza la idea de recursos destinados al pago de prestaciones, no para gasto distinto.
En términos contables, lo que debes revisar es:
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Parametrización de nómina y PILA para que el umbral se cumpla cada mes; 
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Reconocimiento y revelaciones sobre pasivos y riesgos asociados a pensiones (NIIF y regulación local); 
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Controles internos sobre dispersión de aportes y elección/acreditación de ACCAI; 
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Comunicación laboral clara con hojas de vida salariales heterogéneas (colaboradores que a veces superan el umbral por comisiones/bonos). 
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Storytelling realista
Cómo funcionará el FAPC en la práctica (mapa para empresarios y contadores)
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Naturaleza y administración: FAPC es una cuenta especial administrada por el Banco de la República con un esquema de gobernanza y políticas de inversión que buscan sostenibilidad, diversificación y control de riesgos. 
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Origen de los recursos: provienen, entre otros, de una porción de las cotizaciones del pilar contributivo (componente de prima media) y de sus rendimientos. La destinación es el respaldo del pago de prestaciones pensionales del sistema por pilares. 
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Inembargabilidad y destinación específica: los recursos del fondo tienen protecciones y destinación concreta al pago de pensiones; no pueden usarse para otros fines presupuestales. 
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Operación con tu nómina: tu software debe separar automáticamente el aporte al componente de prima media hasta 2,3 SMMLV y, de haber excedente, enviarlo a la ACCAI elegida por el trabajador; eso se refleja en tu PILA y en el asiento contable mensual. Este umbral ha sido explicado por Presidencia y por análisis especializados. 
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Seguimiento y reporte: implementa controles internos para evidenciar que la distribución se hizo conforme a la norma (archivos, extractos, conciliaciones), y programa revisiones trimestrales de riesgos (auditoría interna/revisoría fiscal). 
— Análisis inicial: inventario de sueldos/variaciones, lectura de contratos, mapeo de aportes históricos, verificación de parametrización de nómina y PILA, diagnóstico de notas NIIF sobre beneficios a empleados. Identificamos brechas frente a Ley 2381/2024 y Decreto 574/2025 y diseñamos un plan de cierre.
— Definición estratégica: política interna de umbral 2,3 SMMLV, protocolos para excedentes, guías para elección de ACCAI, roles y matrices de control. Con Julio César Moreno Duque integramos automatizaciones, alertas y dashboards; conectamos base salarial, novedades, PILA y libro mayor.
— Implementación y acompañamiento: ajustes de nómina, capacitación al equipo, pruebas de fin de mes, tablero de riesgos del FAPC, y ciclos trimestrales de auditoría. Te preparamos para consultas de UGPP y para auditorías externas, con papeles de trabajo listos.
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“Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria.”
Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.
 
 

