Reducción de jornada laboral en Colombia: impacto y obligaciones



Imagina que eres el gerente de una pyme en Medellín, llamémosle “Textiles Ricaurte SAS”, y de pronto el equipo de recursos humanos te informa: “A partir del 15 de julio ya no podemos trabajar 48 horas sino menos”. Sientes urgencia, porque no tienes del todo claro cómo ajustar turnos, cómo repercute el salario de los colaboradores, si se va a desencadenar una inspección laboral o un riesgo ante la UGPP. Te preguntas: ¿qué debo hacer ya?, ¿qué hago con los freelancers?, ¿y si mi empresa ya tiene turnos especiales? En este artículo te explicaré, desde mi experiencia de más de 30 años en contabilidad, auditoría y normatividad laboral, todo lo que necesitas saber sobre la reducción de jornada laboral en Colombia, con ejemplos para pymes, independientes y gerencias. 

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Cuando hace décadas se hablaba del régimen laboral en Colombia, una jornada ordinaria de 48 horas semanales era la regla general. Pero con la expedición de la Ley 2101 de 2021 entró en vigor una nueva transición obligatoria para empresas públicas y privadas, que exige la reducción gradual de la jornada laboral hasta un máximo de 42 horas semanales.  Esto nos plantea varios retos de cumplimiento: ¿cómo mantener salario y prestaciones sin vulnerar el “valor de la hora”?, ¿cómo reorganizar los turnos sin reducir productividad? Como experta en normatividad laboral y contable, fui llamada por la pequeña empresa “Servicios Alfa e Hijos”, dedicada a mantenimiento industrial, cuando se enteraron de que sus operarios pasaban de 48 a 46 horas sin claridad. En esa asesoría pude evidenciar que muchas empresas aún tenían publicada la jornada de 48 horas y no habían hecho los ajustes contractuales ni internos — lo que expone un riesgo ante la Ministerio de Trabajo (MinTrabajo) o un eventual trámite de inspección.

Diagnóstico del problema y su urgencia

Como gerente, contador o independiente, puedes enfrentar el siguiente panorama: tus colaboradores tienen contrato laboral por término indefinido o por obra, tú programas turnos de 8 horas al día por seis días a la semana (48 horas), tienes servicios subcontratados, freelancers que igual trabajan 48 horas, y ahora te llega la norma que obliga a reducir la jornada. Si no actúas, te arriesgas a sanciones del MinTrabajo, auditorías de nómina, cuestionamientos de horas extra o recargos. “La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles.” Si ignoras este cambio, te puedes ver enfrentando riesgos de incumplimiento, insatisfacción de los colaboradores, costos ocultos por recargos o por reorganizar procesos a último momento.

Para contextualizar: según un informe reciente, al 15 de julio 2025 ya debe aplicarse una jornada de 44 horas semanales para los contratos laborales ordinarios.  Y a partir del 15 de julio 2026 se alcanzará el límite de 42 horas semanales. Dejar para después implica que, cuando llegue una visita o revisión, no habrá excusa de “no sabía” — la norma es obligatoria.

Por ejemplo, la empresa “Panadería Dulce Aroma”, con turnos de 6 días de 8 horas (48 h), no había revisado sus contratos ni calendarios en 2023. Cuando la inspección le requirió un reporte de jornada y control horario, se halló que estaban incumpliendo la reducción a 47 horas desde el 15 de julio 2023. Esto generó estrés, ajustes de urgencia y recursos adicionales. No permitas que ese sea tu escenario.

Contexto normative y causas del cambio

Normativa aplicable en Colombia

La Ley 2101 de 2021 modifica el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) para establecer que la jornada ordinaria máxima se reducirá gradualmente hasta 42 horas semanales, sin que ello implique una disminución salarial, ni de prestaciones, ni del valor de la hora de trabajo. El cronograma es:

  • 15 de julio 2023: jornada máxima 47 horas.

  • 15 de julio 2024: jornada máxima 46 horas. 

  • 15 de julio 2025: jornada máxima 44 horas. 

  • 15 de julio 2026: jornada máxima 42 hours. 

Se recalca que la reducción no puede afectar el salario, prestaciones ni valor de la hora ordinaria. Asimismo, la jornada puede distribuirse en cinco o seis días de trabajo, siempre con un día de descanso, y diariamente entre un mínimo de 4 horas continuas y un máximo de 9 horas, cuando ya se aplique la jornada de 42 horas.

¿Por qué este cambio? Causas y objetivos

La motivación de esta reducción partió de dos ejes: mejorar la calidad de vida del trabajador —reduciendo horas sin reducir ingresos— y alinear la jornada legal colombiana con los estándares de países de la OCDE, donde las horas promedio tienden a ser menores. Además, el cambio busca incentivar la productividad, la innovación en los procesos laborales, y dar mayor flexibilidad al esquema de trabajo (por ejemplo, modalidades híbridas, distribución de horas en cinco o seis días).

Comparativo internacional

Para ponerlo en contexto global:

  • En España ya se debate el paso a una jornada de 37,5 horas semanales.

  • En Francia, la “semana de 35 horas” fue una política ya aplicada hace años para repartir el trabajo y subir productividad.

  • En Colombia, la reducción gradual trata de ponerse al ritmo de estos países, sin que haya una disminución automática de salario — algo que también se advierte en otros países europeos cuando se plantea la reducción de jornada.

Estos ejemplos refuerzan que la tendencia global es a repensar la duración de la jornada laboral, apostando por calidad, no solo cantidad. Para tú empresa —independientemente de su tamaño— esto significa que no es una opción negocia­ble: “Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria.”

Casos prácticos (storytelling)

Pyme de manufactura: “EcoPlast SAS”

EcoPlast, con 35 empleados bajo contrato laboral, tenía jornada de 48 horas (6 días de 8 horas). El gerente, Julián Ramírez, me contactó en febrero 2025 porque el plan interno de producción no cuadraba con la nueva jornada de 44 horas (que comenzaba el 15 de julio 2025). Durante el diagnóstico inicial identifiqué que sus contratos no se habían modificado, que no había ajuste en turnos, ni política de horas extraordinarias clara. Gracias al acompañamiento detectamos las brechas: en un mes tenían asignadas más de 46 horas reales por trabajador. Pasamos por la fase de análisis, definimos un nuevo calendario 5 días de 8 h + 1 día de 4 h (total 44 h), sin impacto salarial, ajustamos sistema de nómina, y capacitamos a jefes de turno. Resultado: en 3 meses, EcoPlast ya estaba operando conforme el plazo legal y redujo las horas extra un 28 %.

Freelancer autónomo: “Ana Torres, diseñadora gráfica”

Ana trabaja como contratista (por prestación de servicios) y aunque la Ley 2101 no aplica directamente para contratos de prestación de servicios, su cliente principal —una agencia de comunicaciones— sí está obligada en su operación a aplicar la jornada de 44 h en su plantilla. Como Ana facturaba a esa agencia y ocasionalmente colaboraba en horas que se sumaban al estándar, la agencia me consultó: ¿debo ajustar el contrato de Ana? Le expliqué que al ser prestación de servicios, la jornada legal no le aplica directamente, pero sí debe constatar que su colaboración no se cree una vinculación laboral (lo que implicaría recharacterización). Con ello, Ana redefinió su scope de servicios, facturó por proyectos y no por horas, y la agencia formalizó un contrato claro con ella. “La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles.”

Empresa de servicios: “Consultora Mercurio”

Esta firma de asesoría contable tenía 80 trabajadores, 60 en jornada ordinaria 48 horas semanales. Su gerente de talento humano, Laura Valenzuela, me invitó a liderar la implementación porque sabía que entre julio 2024 y julio 2025 debían ya aplicar 46 h. En el análisis se evidenció que la empresa no había revisado las propuestas de turnos (algunos tenían 9 horas diarias x 5 días = 45 h), tampoco había medido formalmente la productividad por hora. En la definición estratégica, diseñamos una jornada de 5 días de 9 h (45 h) o 6 días de 7½ h (45 h) como opción interina, respetando el nuevo límite. Adicionalmente, implementamos tecnología de registro horario (apoyado por mi colega en transformación digital, Julio César Moreno Duque) para controlar inasistencias, horas extras y tareas remotas. La implementación permitió que para julio de 2025 la empresa ya funcionara conforme a 44 h sin descuidar productividad.

Implicaciones para la empresa y qué hacer

Para contratos laborales

  • Revisar el contrato de trabajo y reglamento interno para adecuar jornada máxima, distribuciones posibles, días de descanso.

  • Garantizar que el salario no disminuya y que el valor de la hora ordinaria no sea reducido.

  • Ajustar turnos: se puede distribuir en 5 o 6 días, mínimo 4 horas continuas y máximo 9 horas diarias, siempre con un día de descanso.

  • Adaptar el sistema de nómina, horas extra, recargos, controles de asistencia y jornadas flexibles o remotas.

Para freelancers y contratos de prestación de servicios

Aunque la Ley 2101 no aplica directamente a contratos por prestación de servicios, hay puntualizaciones: si la relación laboral se configura realmente (vínculo de subordinación, horario fijo, supervisión), una jornada laboral ordinaria inferior puede dar pie a reclamo laboral. Un empresario debe revisar si ese proveedor está bajo una relación laboral indirecta. “Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria.”

Para turnos especiales o insalubres

La norma no excluye las jornadas especiales (nocturnas, insalubres u oficios con turnos extendidos). En esos casos puede haber jornadas menores o diferentes recargos, pero la reducción ordinaria sigue siendo la base de cálculo para jornada estándar. La empresa que cuente con trabajadores en turnos especiales debe analizar la compatibilidad de la reducción con recargos y definir políticas claras.

Riesgos de incumplimiento

  • Sanciones y multas del Ministerio de Trabajo por no adecuar la jornada legal.

  • Reputación corporativa deteriorada o problemas de retención de talento si los colaboradores perciben incumplimiento.

  • Confusión contable y errores en cálculos de horas, horas extra, recargos, lo que puede afectar la auditoría interna o la revisoría fiscal.

  • Impacto en la operación si los procesos de producción no se ajustan a la jornada reducida: riesgo de caída de productividad, horas extras no registradas, sobrecostos.

Cómo lo resolvemos en Mi Contabilidad

Permíteme explicarte cómo desde Mi Contabilidad —con mi experiencia (Diana Cristina Cardona Cardona) de más de 30 años en contabilidad general, tributaria, laboral, y el acompañamiento tecnológico de Julio César Moreno Duque— te ayudamos paso a paso:

Fase 1: Análisis inicial

Realizamos un mapeo completo de tu empresa: contratos vigentes, jornada real, horas programadas, sistema de nómina, control horario. Detectamos brechas frente a la Ley 2101 de 2021, evidenciando el riesgo inmediato de incumplimiento.

Fase 2: Definición estratégica

Diseñamos el nuevo modelo de jornada que mejor se adapte a tu operación: ¿5 o 6 días? ¿8 horas/día o 7.5 horas/día? Consideramos turnos, productividad, coste laboral y normativa. Ajustamos el contrato tipo, reglamento interno, y comunicación a colaboradores, garantizando que “la contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles.”

📅 Agenda: https://outlook.office.com/book/MiContabilidadCom@todoenuno.net.co/

Fase 3: Implementación y acompañamiento

Conectamos la tecnología de registro horario (ordenada por Julio César Moreno Duque) para controlar jornada, horas extras, turnos y reportes automáticos. Te acompañamos en la capacitación de jefes de turno, recursos humanos y colaboradores. Realizamos seguimiento mensual para asegurar que la transición hacia 44 h (en 2025) y 42 h (en 2026) sea fluida.

📅 Agenda: https://outlook.office.com/book/MiContabilidadCom@todoenuno.net.co/

Cómo ya hemos ayudado

– La empresa EcoPlast redujo sus horas extras un 28 % en 3 meses.
– La consultora Mercurio ajustó sus turnos sin impacto en productividad.
– Freelancer Ana Torres redefinió su propuesta de valor y evitó riesgo de vínculo laboral.

Ofertas sin riesgo

• Primera consulta gratuita para diagnóstico de jornada.
• Revisión exprés en 48 h del contrato y sistema de control de horas para adecuarse a la Ley 2101 de 2021.

Recomendaciones prácticas

– No esperes al 15 de julio 2025: actúa con tiempo.
– Actualiza contratos antes de que entren los nuevos límites.
– Comunica el cambio internamente: transparencia con colaboradores.
– Usa tecnología para control horario y reportes.
– Verifica que no haya reducción salarial o cambio encubierto de condiciones.
– Considera el impacto en la productividad: revisa procesos y automatiza lo que puedas (aquí aparece Julio César Moreno Duque).

Conclusión

Cuando conversé con Julián en EcoPlast, él me dijo: “Diana, tengo miedo de que esto me obligue a reducir personal o aumentar costos”. Le respondí: “Lo que tenemos que hacer es ver esto como una oportunidad, no una amenaza”. Gracias a esa mentalidad diseñamos un plan que permitió reducir jornada, sin afectar salario, y al mismo tiempo revisar procesos productivos, con lo que la empresa ganó en clima laboral y competitividad. “Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria.” Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.

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Artículo elaborado por Diana Cristina Cardona Cardona, Contadora Pública con más de 30 años de experiencia en normatividad contable y tributaria en Colombia, con el apoyo estratégico de Julio César Moreno Duque en tecnología y transformación digital.
Este artículo hace parte del compromiso de Mi Contabilidad de acompañar a empresarios, contadores e independientes en la nueva era contable y tributaria, garantizando confianza, claridad y cumplimiento normativo.
Blog oficial de Mi Contabilidad:

Mi Contabilidadcom

Somos una firma colombiana con domicilio principal en Manizales, contamos con más de 15 años de experiencia profesional en el campo de la auditoria financiera, de gestión, y de sistemas, así como en el campo de revisoria fiscal. Contamos con un grupo de profesionales especializado en temas tributarios y de NIIF, temas que en la actualidad son imprescindibles en cualquier organización.

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