Colombianos residentes en el exterior que deben declarar renta ante la DIAN



Imagina que eres Laura Gómez, ingeniera de sistemas que vive desde hace cinco años en Madrid y cada año recibe ingresos tanto por un contrato freelance allí como por la renta de un apartamento que posee en Bogotá. Un día descubres que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) te está requiriendo información tributaria porque considera que, aunque estás en el exterior, puedes estar obligada a declarar renta en Colombia. Sin saberlo, te encuentras frente a un posible riesgo fiscal, sanciones y pérdida de oportunidades de planificación. En este artículo explico con claridad quiénes entre los colombianos residentes en el exterior deben presentar la declaración de renta, cómo se define la residencia fiscal, cuáles son los topes y procedimientos, y qué hacer para estar al día. 

👉 LEE NUESTRO BLOG, justo lo que necesitabas

Informativo + Educativo + Comercial

Me llamo Diana Cristina Cardona Cardona, Contadora Pública con más de 30 años de experiencia en contabilidad general, tributaria, laboral y financiera, especializada en revisoría fiscal, SARLAFT/SAGRILAFT, control interno y normativa vigente en Colombia. Junto a Julio César Moreno Duque, experto en tecnología, automatización y transformación digital, acompañamos pymes, independientes y empresas con un enfoque estratégico y humano. “La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles.” Y en este escenario de globalización, “Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria.”

Este blog se dirige a ti, que como empresario, gerente multitarea, contador o profesional independiente resides en el exterior o tienes vínculos internacionales, y te preguntas: ¿Debo declarar renta en Colombia? ¿Qué pasa si vivo fuera pero tengo bienes o ingresos allá? El riesgo existe, porque la DIAN ha fortalecido sus mecanismos de fiscalización internacional y ahora más que nunca conviene actuar con claridad y prevención.

Diagnóstico del problema

Supongamos a Carlos Torres, colombiano que reside en Buenos Aires desde hace dos años, mantiene un apartamento en Medellín y cada semestre recibe renta de arrendamiento. Él cree que al estar afuera ya no tiene obligaciones en Colombia. Pero la verdad es que la residencia fiscal en Colombia no se rompe sólo por vivir en otro país. Según el numeral 3 del artículo 10 del Estatuto Tributario, una persona puede ser considerada residente fiscal a pesar de no estar físicamente en el país si cumple algunas de las condiciones mencionadas en la normativa.

En el caso de Laura y Carlos, al continuar con patrimonio en Colombia o percibir ingresos de fuente nacional, pueden quedar sujetos a la obligación de declarar renta, con todos los riesgos que esto implica: sanciones, imposibilidad de tramitar beneficios, dificultad para acceder a convenios de doble tributación, entre otros.

Contexto, causas y consecuencias reales

¿Qué es la residencia fiscal en Colombia?

El Estatuto Tributario establece en su artículo 10 que una persona natural es considerada residente fiscal en Colombia si entre otras circunstancias: permaneció en el país más de 183 días (continuos o no) en un período de 365 días. Pero adicionalmente, la normativa considera residente fiscal si el contribuyente cumple alguna de las siguientes condiciones:

  • Su cónyuge o compañero permanente no separado legalmente o sus hijos dependientes menores de edad tengan residencia fiscal en Colombia. 

  • El 50 % o más de sus ingresos sean de fuente colombiana. 

  • El 50 % o más de sus bienes sean administrados en Colombia. 

  • El 50 % o más de sus activos se entiendan poseídos en Colombia. 

  • Habiendo sido requerido por la DIAN, no acredite su condición de residente en el exterior para efectos tributarios. 

  • Tenga residencia fiscal en una jurisdicción calificada como paraíso fiscal por el Gobierno Nacional.

Esto quiere decir que incluso si te encuentras fuera de Colombia, podrías seguir siendo residente fiscal en el país —y por lo tanto obligado a declarar— si tus ingresos, bienes o gestión permanecen fuertemente vinculados con Colombia.

Obligación de declarar renta

Una vez determinada la residencia fiscal u otra condición que establezca obligación, el siguiente paso es verificar si superas los topes que impone la DIAN para estar en la obligación de presentar la declaración. Para año gravable 2024 (que se declara en 2025), los topes son:

  • Ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT (1 UVT es COP 47.065 para 2024), lo que equivale aproximadamente a COP 65.891.000. 

  • Patrimonio bruto igual o superior a 4.500 UVT (≈ COP 211.793.000). 

  • Compras, consumos con tarjetas de crédito o consignaciones bancarias que superen 1.400 UVT. 

Para los no residentes fiscales, la obligación puede surgir si sus ingresos de fuente nacional superan los topes o no han sido objeto de retención en la fuente. 

Ejemplos internacionales comparativos

  • En España, por ejemplo, los residentes fiscales deben declarar por su renta mundial (ROOT tax) si permanecen más de 183 días, o si el centro económico de sus intereses está en España. Esto es análogo al criterio de 183 días + centro de intereses económicos.

  • En Estados Unidos, los ciudadanos y residentes fiscales están sujetos al impuesto sobre su renta global, aunque vivan en el exterior; tienen que aplicar créditos tributarios por impuestos pagados en el extranjero para evitar doble tributación.

  • En Canadá, los residentes deben declarar sobre su renta mundial; los no residentes sólo sobre ingresos de fuente canadiense. Y la residencia se determina por factores como vivienda permanente, cónyuge/dependientes en Canadá, regresos frecuentes, etc.

Estos ejemplos muestran que varios países combinan criterios de residencia física, vínculos personales y económicos, lo que obliga al contribuyente internacional a tener una visión estratégica de largo plazo. Y te lo digo: “La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles.”

Consecuencias de no cumplir

Para tu empresa o tu persona independiente, no declarar cuando debías puede traer: sanciones monetarias, intereses moratorios, imposibilidad de acceder a beneficios de convenios de doble tributación, incluso acciones de cobro internacional si la DIAN detecta vínculos. En el caso de pymes que ya tienen ingresos internacionales, un descuido puede significar un daño reputacional y financiero significativo.

Cómo resolverlo con Mi Contabilidad

Fase 1 – Análisis inicial: detección de brechas y riesgos
En Mi Contabilidad analizamos tu situación como si fuéramos auditores preventivos: revisión de residencia fiscal, vínculos patrimoniales en Colombia, ingresos de fuente nacional o extranjera, topes superados. Por ejemplo, atendimos a María Fernanda Rojas, ingeniera residente en Toronto, quien creía que al vivir fuera estaba libre de obligaciones tributarias en Colombia. Identificamos que tenía más del 50 % de sus ingresos de fuente colombiana (arrendamientos, rendimientos) y le explicamos que, pese a estar fuera, era residente fiscal en Colombia. Evitamos sanciones y planificamos su declaración anual.

Fase 2 – Definición estratégica: planeación de acciones con normativa vigente
Junto a mi equipo técnico y con el soporte de Julio César Moreno Duque en tecnología, definimos la estrategia tributaria: formulario correcto (210 o 110), actualización del RUT con dirección en el exterior, activación de firma electrónica, aprovechamiento de convenios de doble tributación si aplican, y adecuado registro de bienes e ingresos en Colombia. Por ejemplo, le mostramos a la empresa de importaciones que dirige Andrés Gutiérrez, residente en Miami, cómo le afectaban los criterios del artículo 10 del Estatuto Tributario y los topes de la DIAN.

📅 Agenda: https://outlook.office.com/book/MiContabilidadCom@todoenuno.net.co/

Fase 3 – Implementación y acompañamiento: ejecución práctica con asesoría continua
Con Mi Contabilidad te acompañamos no solo para la declaración de un año, sino como aliados estratégicos: monitoreo de los ingresos, diferencias de cambio, presencia de bienes, integración de datos tecnológicos para facilitar la presentación anual de la renta, auditoría de la información, control interno y cumplimiento. Por ejemplo, ayudamos a la pyme Servicios Globales S.A.S., que tiene operación en Bogotá y personal en el exterior, a implementar automatización contable, integración con sus plataformas de pagos internacionales y control fiscal para cumplir sin estrés.

📅 Agenda: https://outlook.office.com/book/MiContabilidadCom@todoenuno.net.co/

Casos prácticos

  • Caso 1: Juliana Salazar, desarrolladora de software colombiana que vive en Berlín. Tiene un contrato freelance internacional y un apartamento en Medellín arrendado. Identificamos que aunque fuera del país, el 60 % de sus ingresos provenían de Colombia: debía declarar. Con nuestro acompañamiento, presentó su declaración correctamente (formulario 210), evitó sanciones y optimizó su situación.

  • Caso 2: Ricardo Pérez, consultor que vive en Santiago de Chile. Posee una cuenta de ahorros en Colombia con intereses anuales de COP 70 millones. Superaba el tope de ingresos de 1.400 UVT: fue obligado a declarar. Le explicamos las opciones de crédito tributario por impuestos pagados en Chile y cómo documentarlo para evitar doble tributación.

  • Caso 3: Empresa pequeña dirigida por Verónica Martínez, que exporta servicios desde España a Colombia. Tuvimos que revisar sus consumos, consignaciones y patrimonio para determinar la obligación. Se implementó un sistema en la nube conectado con la contabilidad que Julio César Moreno instaló, reduciendo tiempo y riesgo.

Tendencias y recomendaciones para 2025

La DIAN ha fortalecido herramientas de intercambio de información internacional, lo que significa que aunque residas fuera, su radar tributario sobre cuentas, patrimonios y actividades en Colombia es cada vez más efectivo. Por ello:

  • Actualiza tu RUT declarando que el domicilio está en el exterior.

  • Activa tu firma electrónica para presentar la declaración desde donde estés. 

  • Verifica correctamente si eres residente fiscal o no, y si no lo eres, cuál es tu obligación de declarar solo por ingresos de fuente nacional.

  • Revisa los topes de ingresos, patrimonio, consumos, y compara con la UVT vigente. Para 2024, UVT ≈ COP 47.065. 

  • Aprovecha convenios de doble tributación, pero presenta certificados fiscales del país de residencia si los hay. 

Ofertas sin riesgo de Mi Contabilidad

  • Primera consulta gratuita para revisar tu residencia fiscal y obligación de declarar.

  • Revisión exprés de topes y patrimonios para residentes en el exterior, con informe en menos de 48 horas.

¿Por qué elegir Mi Contabilidad?

Somos un equipo con más de 30 años de trayectoria (yo, Diana Cristina Cardona Cardona) y un enfoque tecnológico avanzado (Julio César Moreno Duque). Nos especializamos en contabilidad general, tributaria, revisoría fiscal, SG-SARLAFT/SAGRILAFT, UGPP, nómina electrónica, normatividad NIIF, control interno y automatización. Hemos ayudado a cientos de independientes, pymes y empresas de servicios con residencia en el exterior o vínculos internacionales a resolver su obligación de declarar renta en Colombia, eliminar incertidumbre, evitar sanciones y convertir la contabilidad en ventaja estratégica. Con nosotros “Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria.”

Y lo más importante: Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.

Enlaces cruzados:
No se encontraron coincidencias verificables en los blogs listados para las keywords: [residentes en el exterior renta DIAN, residencia fiscal colombianos exterior, topes declarar renta exterior]

CTA Final (Mi Contabilidad):
📢 Comunidad en Telegram: https://t.me/todoenunonet
📢 Grupo en Telegram: https://t.me/+TsUvXI40hthkYjgx
📞 Celular y WhatsApp: 3204059869 – 3164487840

Artículo elaborado por Diana Cristina Cardona Cardona, Contadora Pública con más de 30 años de experiencia en normatividad contable y tributaria en Colombia, con el apoyo estratégico de Julio César Moreno Duque en tecnología y transformación digital.
Este artículo hace parte del compromiso de Mi Contabilidad de acompañar a empresarios, contadores e independientes en la nueva era contable y tributaria, garantizando confianza, claridad y cumplimiento normativo.
Blog oficial de Mi Contabilidad:

Mi Contabilidadcom

Somos una firma colombiana con domicilio principal en Manizales, contamos con más de 15 años de experiencia profesional en el campo de la auditoria financiera, de gestión, y de sistemas, así como en el campo de revisoria fiscal. Contamos con un grupo de profesionales especializado en temas tributarios y de NIIF, temas que en la actualidad son imprescindibles en cualquier organización.

Publicar un comentario

Gracias por sus comentarios... siempre buscamos mejorar

Artículo Anterior Artículo Siguiente