Imagínate recibir llamadas diarias de cobro, ver tus ventas caer y sentir que la quiebra es inevitable. En Colombia, miles de pequeños comerciantes han vivido esa pesadilla. Pero desde el 11 de febrero de 2025, con la entrada en vigencia de la Ley 2445, existe un mecanismo legal para reorganizar deudas sin perder tu patrimonio esencial. Esta norma amplía el régimen de insolvencia de persona natural, permitiendo que comerciantes con activos inferiores a 1.000 SMMLV (excluyendo vivienda familiar y vehículo de trabajo) accedan a un proceso justo y viable. Aquí descubrirás qué es la cesación de pagos, cómo presentar una propuesta de pago sólida y dónde iniciar tu trámite. Además, te mostraremos casos reales de éxito y consejos prácticos para que tu negocio vuelva a respirar.
Lee el blog completo y actúa a tiempo con ayuda profesional.
Clasificación del blog
Informativo · Educativo · Comercial
En un barrio comercial de Medellín, Jorge, dueño de una papelería, vivía al día. El alza de costos y la baja en ventas lo llevaron a acumular deudas con tres proveedores y dos bancos. Cada notificación judicial era un golpe al estómago. Creía que la única salida era vender todo y cerrar. Sin embargo, un día escuchó sobre la Ley 2445 de 2025. Descubrió que, gracias a esta norma, no tenía que perder su vivienda ni su vehículo de trabajo para salir adelante. Que existía un proceso legal, ordenado y transparente para renegociar con sus acreedores. Ese fue el punto de inflexión que le devolvió el control.
Este blog es para personas como Jorge, que sienten el agua al cuello, pero aún tienen tiempo y herramientas para flotar. Porque en Mi Contabilidad creemos que “la contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles.”
Un cambio que marca la diferencia
¿Qué es la “cesación de pagos”?
Lugares donde se puede tramitar
El procedimiento puede realizarse en:
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Centros de conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia.
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Notarías que tengan habilitación como conciliadores.
Allí se presenta una solicitud que incluya:
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Descripción clara de las causas de la crisis.
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Relación detallada de acreedores, capital, intereses y garantías.
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Listado de bienes registrables.
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Relación de procesos judiciales en curso.
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Certificación de ingresos.
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Propuesta detallada de pago.
Esta presentación inicial es determinante, porque define la confianza de los acreedores y la viabilidad del acuerdo. En Mi Contabilidad acompañamos a nuestros clientes desde la redacción hasta la negociación.
El periodo de conciliación
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Analizar el flujo de caja real.
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Ajustar la propuesta de pago.
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Negociar en buena fe con cada acreedor.
En nuestra experiencia, los acuerdos logrados con orden y transparencia superan el 60 % de éxito. Y lo más valioso: restauran relaciones comerciales.
Escenarios finales: acuerdo o liquidación
Si hay acuerdo, se formaliza un plan de pagos que puede incluir:
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Reducción de tasas de interés.
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Reestructuración de plazos.
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Congelación de capital temporal.Si no hay consenso, se procede a liquidación de bienes, respetando prelaciones y procurando mantener vivienda y herramientas esenciales.
Casos reales que inspiran
Ventajas y precauciones
Ventajas:
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Reestructuración ordenada.
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Suspensión de embargos y procesos.
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Conservación de patrimonio básico.
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Recuperación de credibilidad financiera.Precauciones:
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Obligatoria transparencia total en la información.
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Disciplina para cumplir el plan.
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No libera de obligaciones fiscales ni alimentarias.
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El acompañamiento profesional es fundamental.
Paso a paso para usar esta herramienta
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Diagnostica tu situación: verifica cesación de pagos.
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Reúne documentos: deudas, bienes, ingresos, procesos.
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Diseña propuesta viable.
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Presenta solicitud en notaría o centro de conciliación.
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Negocia en buena fe durante el plazo legal.
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Formaliza acuerdo y cúmplelo.
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Si no hay acuerdo, gestiona la liquidación con orden.
Más que una ley: un nuevo paradigma
Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.