Qué es el Formato 1010?


En el entorno empresarial colombiano, el cumplimiento de las obligaciones tributarias es esencial para garantizar la transparencia y sostenibilidad de las organizaciones. Una de las responsabilidades clave es la presentación de la información exógena, específicamente mediante el Formato 1010, que recopila datos detallados sobre los aportes de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.

¿Qué es el Formato 1010?

El Formato 1010 es una declaración informativa que deben presentar ciertas entidades, en la cual se reporta información detallada sobre los socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados que poseen acciones o aportes con un valor patrimonial superior a $3.000.000 al 31 de diciembre del año gravable correspondiente. Este formato es fundamental para que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) supervise y controle la participación de los diferentes actores dentro de las entidades.

¿Quiénes están obligados a diligenciar el Formato 1010?

Según el artículo 16 de la Resolución 001255 de 2022, están obligados a presentar el Formato 1010 por el año gravable 2023 las siguientes entidades:

  • Personas jurídicas y sus asimiladas, así como demás entidades públicas y privadas que en el año gravable 2022 o 2023 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $100.000.000.

  • Personas naturales y sus asimiladas, personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas, y demás obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta, IVA y timbre durante el año gravable 2023.

Información a reportar en el Formato 1010

En este formato, se debe proporcionar la siguiente información de cada socio, accionista, comunero, cooperado y/o asociado:

  • Apellidos y nombres o razón social.

  • Número de identificación y tipo de documento.

  • Dirección y país de residencia o domicilio.

  • Valor porcentual de la participación.

  • Porcentaje de participación.

Es importante destacar que solo se deben reportar aquellos cuya participación tenga un valor patrimonial superior a $3.000.000 al 31 de diciembre de 2023.

Determinación del valor patrimonial del aporte

El valor a reportar corresponde al registrado contablemente como valor total de la inversión, aporte o derecho social efectuado y acumulado al 31 de diciembre de 2023. A diferencia de años anteriores, ya no es necesario calcular el valor intrínseco fiscal; en su lugar, se utiliza el valor nominal de la inversión según los registros contables de la entidad.

Reporte de socios o accionistas del exterior

Para socios o accionistas extranjeros, se debe reportar el número de identificación fiscal tal como figura en el registro del país de residencia o domicilio, utilizando el tipo de documento 42. Si en dicho país no existe un número de identificación fiscal, se debe asignar un número en el rango de 444444001 a 444449999, con el tipo de documento 43. Es importante mencionar que para estas personas no se deben reportar los campos de dirección, departamento y municipio.

Precisión en el reporte del porcentaje de participación

Al diligenciar el porcentaje de participación, se debe ingresar el valor sin punto decimal. Por ejemplo, un porcentaje de 0.000001% se registra como 1, mientras que un 100% se registra como 100. Además, se debe indicar el número de posiciones decimales que tiene el porcentaje de participación, contadas desde la derecha hasta el último dígito, con un máximo de 20 posiciones.

Importancia del cumplimiento del Formato 1010

El correcto y oportuno diligenciamiento del Formato 1010 es crucial para evitar sanciones y mantener una relación transparente con la DIAN. Además, facilita una gestión más eficiente de la información corporativa y asegura el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la entidad.

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