La Junta Central de Contadores –JCC– viene realizando un trabajo conjunto con las cámaras de comercio del país para controlar el ejercicio ilegal de la profesión. En el proceso se cruza información para detectar cuáles de las sociedades de contadores creadas no figuran como inscritas ante la JCC.
La Junta Central de Contadores –JCC–, en el desarrollo de su función de controlar el ejercicio ilegal de la profesión, ha optado por realizar cruces de información con las cámaras de comercio para identificar, de las sociedades de contadores que se crean en el país, cuántas no se encuentran inscritas con el permiso de funcionamiento.
“las sociedades de contadores públicos están obligadas a inscribirse ante la JCC para obtener la tarjeta de registro que las acredite como entidades prestadoras de servicios propios de la ciencia contable”
Recordemos que las sociedades de contadores públicos están obligadas a inscribirse ante la JCC para obtener la tarjeta de registro que las acredite como entidades prestadoras de servicios propios de la ciencia contable, es decir, de aquellos servicios incluidos en el artículo 2 de la Ley 43 de 1990.
Pues bien, todas aquellas sociedades inscritas en cámara de comercio que hayan reportado como actividad principal el Código CIIU 6920 – Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría financiera y asesoría tributaria, deben cumplir con la obligación de obtener el permiso de funcionamiento ante la JCC. Si no se encuentran debidamente inscritas ante esta última entidad, se presumirá que la sociedad está realizando un ejercicio ilegal de la profesión.
Resultados del trabajo de la JCC
La JCC hizo la revisión de las sociedades inscritas entre 2016 y 2018 y encontró que 7.310 de las creadas no cumplen con el requisito de formalización. En estos casos, la entidad realiza la labor de enviarles una invitación, para que realicen el proceso de inscripción. El estado de la formalización, a la fecha y según el reporte de la JCC, es el siguiente:
3.079 sociedades no han dado respuesta a la solicitud de la JCC.
1.535 sociedades efectuaron la exclusión de la actividad con código CIIU 6920.
758 sociedades se inscribieron ante la JCC.
385 sociedades cancelaron el registro de la empresa ante la cámara de comercio.
400 sociedades respondieron la solicitud de la JCC sin indicar cómo iban a proceder.
A 88 sociedades, la JCC les negó el trámite de la inscripción por no cumplir con los requisitos.
30 sociedades se encuentran en proceso de inscripción.
22 sociedades están en proceso de revisión de los documentos para iniciar su inscripción.
1.013 sociedades aún no han recibido la invitación de la JCC, el envío está en proceso.
¿Qué deben hacer las sociedades de contadores?
La recomendación para las sociedades de contadores es que revisen su inscripción y formalicen este aspecto. Cada vez los controles se vuelven más exhaustivos, y ejercer la profesión bajo los parámetros de la legalidad da cuenta de la calidad con la que se prestarán los servicios a los clientes.
Por tanto, si usted es representante legal de una sociedad, debe:
Revisar la actividad que incluyó en el registro ante la cámara de comercio. En caso de que sea la actividad CIIU 6920 y tenga la intención de seguir prestando servicios contables o de aseguramiento, debe cumplir con el proceso de formalización.
En caso de que no esté prestando servicios contables o de aseguramiento, como según el reporte de la JCC ocurre en muchos casos, debe proceder a retirar dicha actividad de su registro ante la cámara de comercio para evitar inconvenientes, pues lo que ha observado la JCC es que muchas sociedades que registran la actividad 6920 luego no prestan servicios contables y de aseguramiento, y se olvidan de modificar la actividad en cámara de comercio.
¿Qué dicen los contadores?
Uno de los obstáculos que expresan tener las sociedades de contadores para su formalización es el pago que deben realizar para conseguir la tarjeta de registro, el cual para 2019 es de $4.141.000. Esto dificulta, a su juicio, el emprendimiento por parte de los profesionales contables. No obstante, no es excusa para que algunas sociedades se encuentren por fuera de los parámetros legales de la profesión, pues esto pone en desventaja a aquellos que sí cumplen con dichos requisitos.
Sabemos que el ejercicio ilegal de la contaduría pública afecta a todos los contadores por igual.
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