Supervisión residual de Supersociedades tras desenlistar emisores



Imagina que Mariano, empresario de una pyme manufacturera en Medellín, descubre que su sociedad fue desenlistada del Registro Nacional de Emisores y Valores. De pronto, siente una preocupación creciente: “¿Quién me supervisará ahora? ¿Podría enfrentar sanciones sin darme cuenta?” Esa ansiedad, común entre contadores y gerentes multitarea, nace de la incertidumbre sobre la vigilancia normativa en el nuevo escenario legal. El control exclusivo de la Superintendencia Financiera cesó, pero ¿la Superintendencia de Sociedades asumió de inmediato? ¿Bajo qué condiciones y criterios? En este blog exploramos el famoso Concepto 33285 de 2022, contrastando con normativa actual como el Decreto 1074 de 2015 y la Ley 222 de 1995, para que tengas claridad, seguridad y control en tu gestión empresarial. 

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Desde hace más de tres décadas, he acompañado a empresarios, contadores e independientes como tú, transmitiendo una certeza inquebrantable: la contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles. Hoy traigo un caso real —pero muy común— que golpea el corazón de muchas pymes colombianas: el desenlistamiento en el Registro Nacional de Emisores y Valores y el cambio en el régimen de supervisión. 

Diagnóstico del problema y contexto normativo (Colombia)
Cuando una empresa como la de Natalia —una independiente del sector servicios— cancela su inscripción como emisora, deja automáticamente de estar bajo el control exclusivo de la Superintendencia Financiera. Esto genera inquietud: ¿quién vela por el cumplimiento de obligaciones contables, financieras o de transparencia ahora? El Concepto 33285 de 2022 de la Supersociedades lo aclara: la vigilancia residual pasa a esta entidad, siempre que la sociedad encaje en alguna causal del Decreto 1074 de 2015.

Antes, bajo el Decreto 702 de 1994, esta situación implicaba una vigilancia de un año, tras la cual solo se continuaba si existían otras causales. Con el Decreto 4350 de 2006, esa causal desapareció, y la actual normativa simplifica el test: si tu empresa cumple criterios del Decreto 1074, estará vigilada; si no, solo inspeccionada. 

Consecuencias reales
María, gerente de una microempresa, enfrentó esto sin saberlo: dejó de reportar un informe financiero que creía no debía enviar, y casi recibe una sanción. La clave es entender que el desenlistamiento no elimina obligaciones, solo cambia de entidad supervisora. Si la Supersociedades no tiene competencia regular, puede ejercer vigilancia solo mediante acto administrativo individual, según el artículo 84 de la Ley 222 de 1995.

Comparativo internacional (últimos 24 meses)

  • España exige reporte continuo a la CNMV incluso tras exclusión del mercado, si hay comunicaciones al público o influye sobre inversores.

  • México mantiene obligaciones de información si la empresa se retiró pero logros anteriores siguen vigentes.

  • Chile exige auditoría y reporte simplificado si hay inversionistas externos, independiente del estado de emisora.

Estos ejemplos muestran que la supervisión residual es tendencia global: no importa si ya no eres emisor, si tu historia impacta al mercado, debes responder.

Storytelling realista con avatar
Imagina a Lucas, contador multitarea de una pequeña firma, que al cancelar la inscripción de su sociedad en el RNVE deja de recibir alertas automáticas. Solo un seguimiento manual le salvó de incumplir la entrega de estados financieros al Supersociedades. Otro caso: Carmen, freelance del sector agro, ignoró la Ley 222 y no presentó el Informe 50 de prevención LA/FT; recibió un llamado por parte de la Supersociedades iniciando vigilancia. Ambos reflejan que el desenlistamiento no exime responsabilidades.

Cómo resolverlo con Mi Contabilidad — fases narrativas
Desde Mi Contabilidad, liderados por mí, Diana Cristina Cardona Cardona, con el acompañamiento estratégico de Julio César Moreno Duque en automatización, aplicamos un enfoque integral:

  • Análisis inicial: citamos “la contabilidad no es solo números…”; revisamos si la empresa está inscrita, si cayó en causales del Decreto 1074, y detectamos riesgos. Aquí detectamos que Lucas corría el riesgo de fiscalización por incumplimiento de entrega de informes.

  • Definición estratégica: diseñamos un plan: redefinir fechas de reporte, activar recordatorios digitales automáticos para Miguel (freelance), y organizar controles semestrales usando sistemas.

  • Implementación y acompañamiento: nos vemos con frecuencia, revisamos alertas legales nuevas (DIAN, Supersociedades, SIC), ajustamos según cambios normativos — porque “construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria”. Así aseguramos continuidad normativa.

Mariana, una joven empresaria, nos contó: “Tenía miedo de una sanción por no saber cuál supervisión me aplicaba. Con ustedes me sentí acompañada, segura y evité ese riesgo”. Sus palabras muestran que la visión estratégica y el acompañamiento previenen problemas reales. La urgencia está ahí: no esperar a que llegue una carta, tener control desde ya.

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¿Qué ofrecemos en concreto?

  • Oferta sin riesgo (1): Primera consulta gratuita comprendiendo tu situación frente al desenlistamiento.

  • Oferta sin riesgo (2): Revisión exprés (48h) del estado de la empresa frente a la Supersociedades, sin costo.

Recuerda: la contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles. Y aunque ya no seas emisor, estás en un punto crítico. Si cumples causal del Decreto 1074, la vigilancia sí aplica; si no, asegúrate de cumplir apariencia regulatoria y permanecer en inspección, sin sorpresas. Nosotros, como aliados, garantizamos que esa transición sea segura, digitalizada y con respaldo técnico.

“Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.”

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Artículo elaborado por Diana Cristina Cardona Cardona, Contadora Pública con más de 30 años de experiencia en normatividad contable y tributaria en Colombia, con el apoyo estratégico de Julio César Moreno Duque en tecnología y transformación digital.

Este artículo hace parte del compromiso de Mi Contabilidad de acompañar a empresarios, contadores e independientes en la nueva era contable y tributaria, garantizando confianza, claridad y cumplimiento normativo.
Blog oficial de Mi Contabilidad:

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Somos una firma colombiana con domicilio principal en Manizales, contamos con más de 15 años de experiencia profesional en el campo de la auditoria financiera, de gestión, y de sistemas, así como en el campo de revisoria fiscal. Contamos con un grupo de profesionales especializado en temas tributarios y de NIIF, temas que en la actualidad son imprescindibles en cualquier organización.

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