Muchos emprendedores sienten que estructurar una alianza para crecer puede ser el camino seguro… hasta que descubren que su contabilidad se complica. En este artículo encontrarás claridad inmediata: el CTCP, en el Concepto 2025‑0168 (16 de junio de 2025), establece que participar en consorcios, uniones temporales o cuentas en participación impide aplicar el marco técnico simplificado del Grupo 3, incluso si aún cumples los topes de ingresos. Te explicamos paso a paso por qué esto rompe con la contabilidad simplificada, cómo tomar decisiones societarias estratégicas —como preferir contratos de prestación de servicios o subcontratación—, y cómo preservar los beneficios de menor carga contable. Ideal para contadores, microempresarios y gerentes que buscan seguridad normativa y ahorro real. Lee el blog completo y actúa a tiempo con ayuda profesional.
CLASIFICACIÓN DEL BLOG
Educativo / Comercial
Desde que Alejandra, propietaria de Panadería Luz de Día, accedió al mundo de las obras públicas, cada licitación representaba una oportunidad... y un dolor de cabeza contable. Su contador le advirtió, semanas antes del cierre del negocio, que entrar a un consorcio le haría perder la clasificación como Grupo 3. Esa noticia cayó como un baldado de agua fría: una microempresa con todas las de la ley, pero excluida del marco simplificado. “La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles.” Esa frase nos recuerda que cada paso societario tiene consecuencias. Aquí entenderás por qué el Concepto 2025‑0168 del CTCP (16 de junio de 2025) determina que participar en consorcios, uniones temporales o cuentas en participación automáticamente saca a una microempresa del Grupo 3. Y lo más importante: cómo evitar ese salto involuntario hacia un régimen más complejo, con soluciones reales y aplicables desde ya.
Contexto normativo vigente
Desde el 1 de enero de 2023, el Decreto 1670 de 2021, incorporado al DUR 2420 de 2015, establece los lineamientos del Grupo 3: contabilidad simplificada, menor exigencia técnica y reportes ligeros. Para pertenecer a este grupo, una microempresa debe cumplir seis condiciones, entre ellas: no mantener inversiones en subsidiarias, negocios conjuntos o asociadas.
El CTCP, en el Concepto 2025‑0168 del 16 de junio de 2025, aclaró que las estructuras colaborativas como consorcios, uniones temporales o cuentas en participación se consideran acuerdos conjuntos —definidos en la NIIF 11— donde existe control compartido, lo cual rompe con el espíritu simplificado del Grupo 3.
¿Por qué esta exclusión no es arbitraria?
Los acuerdos conjuntos generan obligaciones como consolidaciones parciales, reconocimiento proporcional de utilidades, revelaciones complejas, tratamiento de inversiones según la NIC 28, entre otros. Esa sofisticación supera los límites del marco simplificado diseñado para microempresas.
Una historia aplicada: AgroVerde S.A.S.
Imaginemos a AgroVerde S.A.S., pequeña empresa agrícola. Si entra a un consorcio para ejecutar una obra rural, pierde la posibilidad de pertenecer al Grupo 3, aunque esté dentro del tope de ingresos según el Decreto 1074 de 2015. En cambio, si subcontrata mediante un contrato de prestación de servicios, mantiene su condición de Grupo 3, ahorrando costos y tiempo.
Alternativas estratégicas
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Contratos de prestación de servicios: mantener independencia, evitar control conjunto.
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Subcontratación: mantener operatividad sin compartir patrimonio.
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Estructura societaria clara: si el objetivo es simplificación contable, evitar figuras societarias colaborativas.
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Ingresar como cliente o proveedor, no como socio: sin control ni patrimonio compartido mantiene el marco simplificado.
Consecuencias y oportunidades
Salir del Grupo 3 eleva la carga contable: mayor detalle, potencial auditoría, costos más altos. Pero también es un paso hacia la formalización: más transparencia ante bancos e inversionistas. La decisión debe estar alineada con tu visión empresarial.
Casos de éxito y oferta sin riesgo
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Caso “Panadería Luz de Día”: gracias a una asesoría preventiva, evitó ingresar a un consorcio y mantuvo su Grupo 3; ganó licitaciones sin complicaciones ni sobrecostos.
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Oferta sin riesgo: primera consulta gratuita para revisar tu estructura societaria contable.
Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.
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