Renta en Colombia para No Residentes: ¿Estás Obligado a Declarar en 2025?


En un entorno empresarial donde las decisiones financieras precisas son esenciales para el éxito y la sostenibilidad, contar con una base sólida de conocimientos en contaduría, administración financiera, gerencia, auditoría y revisoría fiscal es indispensable.


Desde Mi Contabilidad, ponemos a tu alcance información actualizada y asesoría especializada para que tomes decisiones acertadas, sin importar si resides dentro o fuera del país.

Hoy te invito a profundizar en nuestra plataforma Mi Contabilidad y a explorar el blog Tu Contabilidad Confiable y Rápida, donde compartimos recursos clave para una gestión financiera y tributaria estratégica.

Personas naturales no residentes: ¿quiénes deben declarar renta en Colombia por el AG 2024?

Muchas personas naturales no residentes aún no tienen claridad sobre cuándo están obligadas a presentar declaración de renta en Colombia.
Con base en la normatividad vigente te explico las actualizaciones más relevantes al 29 de abril de 2025:

¿Quién es considerado “no residente”?

Según el Estatuto Tributario (Art. 10), una persona natural se considera no residente fiscal en Colombia si no permanece más de 183 días en el país durante un periodo cualquiera de 365 días.

Sin embargo, ser no residente no te exime de declarar renta si:

  • Obtienes rentas de fuente nacional (salarios, arrendamientos, rendimientos financieros, dividendos, etc.).

  • Participas en sociedades colombianas.

  • Posees bienes ubicados en Colombia.

¿Qué debes tener en cuenta para el AG 2024 (a declarar en 2025)?

Para el año gravable 2024, los no residentes deben declarar renta si:

  1. Sus ingresos brutos en Colombia superan los 1.400 UVT (equivalente a $59.377.000 COP aprox., valor actualizado de UVT 2024 = $42.412).

  2. Poseen bienes en Colombia superiores a 4.500 UVT ($190.854.000 COP).

  3. Perciben rentas que no fueron sometidas a retención en la fuente en Colombia, o esta fue inferior a la tarifa que les correspondería según la tabla del art. 241 del E.T.

¿Qué tarifas aplican?

Los no residentes no declaran bajo la tabla progresiva del art. 241 E.T., sino que aplican tarifa única del 35% sobre renta líquida, excepto en casos de retención en la fuente sustitutiva (como dividendos o rendimientos financieros que ya se hayan retenido en el país).

Si no haces esta declaración estando obligado, puedes ser sancionado por la DIAN, incluso si no resides físicamente en Colombia.

Recomendaciones desde Mi Contabilidad

Desde nuestra experiencia, te recomendamos:

  • Verificar si durante 2024 recibiste ingresos de fuente colombiana.

  • Consultar con un contador experto sobre tus condiciones fiscales específicas.

  • Evitar declarar por tu cuenta si hay complejidades como rentas exentas, convenios de doble tributación, o rentas en moneda extranjera.


📚 Artículos relacionados que te ayudarán:


Da el siguiente paso

Agenda tu consulta personalizada aquí 👉 Haz clic para agendar Aqui
Recibe acompañamiento completo y especializado para evitar sanciones, optimizar tu situación tributaria y cumplir con las normas vigentes en Colombia.

Síguenos y mantente actualizado:

Mi Contabilidadcom

Somos una firma colombiana con domicilio principal en Manizales, contamos con más de 15 años de experiencia profesional en el campo de la auditoria financiera, de gestión, y de sistemas, así como en el campo de revisoria fiscal. Contamos con un grupo de profesionales especializado en temas tributarios y de NIIF, temas que en la actualidad son imprescindibles en cualquier organización.

Publicar un comentario

Gracias por sus comentarios... siempre buscamos mejorar

Artículo Anterior Artículo Siguiente