Tres períodos de firmeza para las declaraciones de renta 2025: lo que debes saber



La firmeza de las declaraciones de renta para el año gravable 2025 traerá tres escenarios distintos según el tipo de contribuyente y el cumplimiento de ciertas condiciones. Este cambio, basado en las recientes precisiones de la DIAN y en la aplicación de la Ley 2277 de 2022, busca equilibrar el control fiscal con incentivos para la transparencia y el cumplimiento oportuno. Tanto las personas naturales como las empresas deberán revisar cuidadosamente la oportunidad de su declaración y los soportes de sus ingresos, costos y beneficios tributarios. En Mi Contabilidad explicamos cómo estos plazos de firmeza afectan las estrategias fiscales, la planeación y la tranquilidad frente a revisiones futuras. Conoce cómo protegerte y aprovechar los beneficios de declarar correctamente.

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La declaración de renta del año gravable 2025 se perfila como una de las más decisivas para personas naturales, independientes y empresas. La DIAN, en su esfuerzo por optimizar el control tributario y fortalecer la confianza fiscal, ha establecido tres posibles períodos de firmeza que dependerán de la forma en que se declare y de si el contribuyente cumple o no ciertos requisitos específicos. Comprender estos plazos no es un tema menor: de ello depende la tranquilidad jurídica, la correcta planeación y la prevención de sanciones o revisiones futuras. En Mi Contabilidad te explicamos cómo estos cambios impactan tu negocio o tu patrimonio personal, con la claridad y experiencia que nos caracteriza.
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La firmeza de una declaración tributaria determina el momento a partir del cual la DIAN ya no puede modificarla o requerirla, es decir, cuando la información allí presentada se considera definitiva. Hasta hoy, muchos contribuyentes daban por sentado que este período era de tres años, pero para el año gravable 2025 esta regla cambia con la introducción de tres posibles plazos: 6 meses, 2 años o 3 años, según las condiciones de cada contribuyente y el tipo de declaración presentada.

Comprender en cuál de estos tres escenarios encaja tu caso será fundamental para la planeación fiscal de 2025, tanto si eres persona natural como si representas una empresa. Recordemos que una planeación adecuada no solo previene sanciones, sino que permite optimizar beneficios tributarios y mantener la información alineada con los sistemas de información exógena y los reportes a la DIAN.

El período de firmeza de 6 meses: el premio a la transparencia total

El primer escenario corresponde al período de firmeza reducido a 6 meses, y aplica cuando el contribuyente autoriza a la DIAN para acceder a toda su información financiera y tributaria en tiempo real. Este beneficio se deriva del artículo 689-3 del Estatuto Tributario y fue diseñado como incentivo para quienes declaran oportunamente y permiten la verificación automática de sus datos.

En términos prácticos, si una empresa o persona natural entrega sus datos a través de los sistemas electrónicos de la DIAN —como facturación electrónica, nómina electrónica y reportes bancarios automatizados— y no oculta información relevante, su declaración quedará firme apenas seis meses después de su presentación.

Esto significa que, si declaras el 10 de agosto de 2026 (por el año gravable 2025), para el 10 de febrero de 2027 tu declaración ya sería inmodificable. Es una ventaja enorme para quienes buscan estabilidad contable y cierre rápido de los periodos fiscales.

El período de firmeza de 2 años: el estándar intermedio

El segundo escenario, y quizá el más común, corresponde a la firmeza de dos años. Este aplica cuando el contribuyente cumple con todas sus obligaciones, pero no autoriza expresamente a la DIAN para el acceso total a su información o cuando no usa todos los sistemas electrónicos integrados.

En este caso, la autoridad tributaria mantiene un margen más amplio para verificar la información, especialmente en lo relacionado con deducciones, rentas exentas y compensaciones. Es el período de firmeza más equilibrado entre control y flexibilidad. Para las empresas, esto implica mantener los soportes contables y tributarios disponibles durante al menos dos años después de presentar la declaración, mientras que para las personas naturales representa la tranquilidad de que, pasado ese tiempo, la DIAN no podrá modificar su declaración si no hay inconsistencias evidentes.

El período tradicional de 3 años: el de mayor riesgo de revisión

Finalmente, está el escenario de firmeza de tres años, que se aplica en los casos en los que el contribuyente presenta su declaración extemporáneamente, omite información relevante, o incurre en errores formales o sustanciales. También se aplica cuando la declaración no cumple con los requisitos de consistencia con la información exógena o cuando se detectan posibles diferencias con los sistemas electrónicos.

En estos casos, la DIAN podrá revisar y modificar la declaración durante tres años, contados desde la fecha de presentación. Es el plazo tradicional, pero ahora se percibe como el menos favorable, pues implica mayor exposición a procesos de fiscalización, requerimientos y sanciones.

Implicaciones prácticas para las empresas

Para las sociedades, estos cambios obligan a repensar la forma en que se gestiona la información tributaria. Las empresas que cuenten con sistemas de facturación y nómina electrónica integrados, conciliaciones permanentes y control interno robusto podrán beneficiarse del período de seis meses. Por el contrario, aquellas con procesos manuales o falta de actualización tecnológica seguirán enfrentando el riesgo de firmeza más prolongada.

En Mi Contabilidad, ayudamos a las organizaciones a implementar estos mecanismos de control y automatización, integrando las áreas contable y tributaria con herramientas digitales de validación, alertas tempranas y conciliaciones automáticas. Con el apoyo de Julio César Moreno Duque, experto en transformación digital y productividad contable, garantizamos que la tecnología se convierta en una aliada y no en una complicación.

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Impacto para personas naturales e independientes

Para las personas naturales, los tres períodos de firmeza representan un nuevo mapa de decisiones fiscales. Quienes dependen de rentas laborales o tienen ingresos mixtos (honorarios, comisiones o arrendamientos) deberán evaluar cuidadosamente la conveniencia de autorizar o no el acceso a su información financiera. Aunque la opción de seis meses es atractiva, también exige que los datos estén completamente en línea con los registros bancarios, reportes de terceros y sistemas electrónicos de la DIAN.

En Mi Contabilidad acompañamos a nuestros clientes en este análisis, asegurando que la información declarada coincida con los reportes de las entidades financieras, evitando discrepancias que puedan generar requerimientos o demoras en la firmeza de su declaración.

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A nivel internacional, los plazos de firmeza de las declaraciones de impuestos varían ampliamente. En países como Chile y México, el plazo general es de tres años, similar al tradicional colombiano, mientras que en España o Canadá existen mecanismos de firmeza automática o simplificada cuando la declaración se presenta dentro de ciertos parámetros digitales y sin inconsistencias. Colombia, con este nuevo esquema de tres períodos, se alinea con las mejores prácticas globales al incentivar la transparencia y la digitalización tributaria.

Cómo prepararse para el año gravable 2025

La preparación debe empezar desde ya. Las empresas deben verificar que todos sus sistemas electrónicos estén alineados y que la información contable coincida con los reportes a la DIAN. Las personas naturales deben organizar sus soportes y revisar sus ingresos, deducciones y retenciones con anticipación.

En Mi Contabilidad diseñamos un diagnóstico tributario sin costo, donde evaluamos si tu empresa o tu situación personal cumple las condiciones para obtener la firmeza de seis meses. Esta es una de nuestras ofertas sin riesgo, pues te permite anticiparte y protegerte frente a posibles sanciones.

Consecuencias de no aplicar una correcta planeación

No entender los nuevos plazos puede tener consecuencias significativas. Una empresa que no cumpla los requisitos tecnológicos o de información puede perder el beneficio de la firmeza reducida, quedando expuesta a tres años de revisión. Igualmente, una persona natural que omita reportes o no concilie su información puede enfrentar sanciones por inexactitud o requerimientos prolongados.

Además, los errores repetidos afectan la reputación fiscal ante la DIAN, lo que puede influir en auditorías futuras, devoluciones de saldos a favor o solicitudes de beneficios tributarios.

Nuestro equipo combina experiencia técnica, actualización normativa y herramientas digitales para garantizar que cada cliente cumpla con las condiciones de firmeza más favorables. Desde la validación de datos exógenos hasta la conciliación automatizada entre los sistemas contables y la información DIAN, ofrecemos una asesoría integral, clara y confiable.

Con la guía de Julio César Moreno Duque, fortalecemos los procesos de automatización contable, integrando herramientas que reducen errores humanos, optimizan tiempos y permiten a empresarios y contadores concentrarse en decisiones estratégicas.

Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria.

Los tres períodos de firmeza introducen un nuevo paradigma en la relación entre contribuyentes y la DIAN. Premian la transparencia, la puntualidad y la adopción tecnológica. Pero también exigen una gestión contable y fiscal más precisa, coordinada y alineada con los sistemas electrónicos.

En Mi Contabilidad te ayudamos a entender cuál es tu escenario, cómo alcanzarlo y cómo blindar tu información tributaria frente a posibles revisiones. Nuestro propósito es garantizar que tu contabilidad trabaje a tu favor, no en tu contra.

Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.

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Artículo elaborado por Diana Cristina Cardona Cardona, Contadora Pública con más de 30 años de experiencia en normatividad contable y tributaria en Colombia. Este artículo hace parte del compromiso de Mi Contabilidad de acompañar a empresarios, contadores e independientes en la nueva era contable y tributaria, garantizando confianza, claridad y cumplimiento normativo.

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