Ana trabaja desde hace cinco años en una empresa de tecnología en Bogotá. Como muchos trabajadores, tiene sus cesantías en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) y recientemente decidió retirar una parte para financiar la matrícula universitaria de su hija. Sin embargo, al comentar su decisión en la oficina, surgió el rumor de que “quedaría desvinculada” del fondo por hacer el retiro. Esta situación no es aislada: cada año, miles de trabajadores reciben información incompleta o distorsionada sobre cómo funcionan las cesantías, lo que los lleva a tomar decisiones apresuradas. Detrás de estos temores hay vacíos de conocimiento normativo que pueden generar consecuencias reales si no se actúa correctamente. En este artículo te explico, desde la experiencia contable, laboral y normativa, qué ocurre realmente al retirar cesantías en el FNA, cuándo aplica la desvinculación y cómo proteger tus derechos.
👉 LEE NUESTRO BLOG, te va a sorprender
En Colombia, las cesantías son una prestación social creada para proteger al trabajador frente a situaciones de desempleo y para fomentar la inversión en vivienda y educación. Su regulación parte de la Ley 50 de 1990, que establece que el empleador debe liquidarlas al 31 de diciembre de cada año y consignarlas, a más tardar, el 14 de febrero del año siguiente, en el fondo que el trabajador haya escogido. Si el empleador incumple este plazo, debe pagar un día de salario por cada día de retraso, además de los intereses legales correspondientes. Esta norma no es menor: constituye uno de los pilares de la seguridad social laboral y es vigilada estrictamente por el Ministerio de Trabajo.
A diferencia de otros países de la región, en Colombia los trabajadores tienen la posibilidad de escoger entre fondos privados (como Porvenir, Protección, Colfondos, entre otros) o el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), creado por el Decreto-Ley 3118 de 1968 y regulado posteriormente por la Ley 432 de 1998. El FNA se caracteriza por su doble función: administrar cesantías y ofrecer productos de crédito hipotecario y educativo financiados con esos recursos. Esta estructura lo convierte en una entidad con reglas particulares que, en ocasiones, generan confusión entre trabajadores y empleadores.
Uno de los mitos más frecuentes —como el que vivió Ana en la introducción— es creer que retirar cesantías del FNA automáticamente implica quedar “desvinculado” del fondo. Esta idea se ha difundido en redes sociales, conversaciones de pasillo y hasta en algunos medios de comunicación sin un análisis jurídico detallado. La realidad es mucho más matizada.
En Colombia existen dos formas de retiro de cesantías: retiro parcial y retiro definitivo. Esta diferenciación es clave para entender si existe o no desvinculación del fondo.
Retiro parcial: Se produce cuando el trabajador aún mantiene su relación laboral activa y solicita retirar parte de sus cesantías para fines autorizados. Los motivos legales están claramente establecidos en la normativa colombiana y en los reglamentos internos del FNA: compra, construcción, mejora o liberación de gravamen hipotecario de vivienda del trabajador, su cónyuge o compañero(a) permanente; pago de estudios superiores del trabajador, su cónyuge, compañero(a) permanente o hijos; adquisición de acciones del Estado (caso poco frecuente). El Decreto 1562 de 2019 complementa estas disposiciones al permitir modalidades específicas para educación, como el ahorro programado o el seguro educativo. Es decir, amplía mecanismos, no las causales tradicionales. En estos casos, el retiro parcial no implica desvinculación alguna: el trabajador continúa afiliado, el saldo restante permanece en la cuenta y el fondo sigue administrando e incluyendo los intereses anuales.
Retiro definitivo: Se produce cuando finaliza la relación laboral —por renuncia, despido, pensión, fallecimiento o cualquier otra causa legal— y el trabajador solicita retirar la totalidad de las cesantías acumuladas. En este escenario, sí se habla de una “desvinculación”, pero no como sanción ni decisión unilateral del FNA: simplemente, al no haber más saldo que administrar, la cuenta se cierra. Si posteriormente el trabajador vuelve a vincularse laboralmente y elige el FNA, se abrirá una nueva cuenta sin ningún problema.
La confusión surge porque muchas personas mezclan estas dos situaciones. Escuchan que “si retiras, te desvinculan” sin que se especifique el tipo de retiro. Además, algunos trámites parciales mal gestionados —por ejemplo, solicitudes incompletas, sin la autorización del empleador o con documentos desactualizados— terminan en rechazos por parte del fondo, lo que alimenta aún más la desinformación.
He acompañado decenas de casos en Mi Contabilidad donde la raíz del problema no es la norma, sino la falta de comprensión y seguimiento adecuado del procedimiento. Por ejemplo, en 2024 una microempresa de confecciones en Cali autorizó a uno de sus empleados a retirar cesantías para mejora de vivienda. El trabajador presentó documentación incompleta y, al ser rechazada, creyó que había sido “desvinculado” del FNA. En realidad, su cuenta seguía activa: lo único que falló fue el trámite.
Otro caso real es el de Luis, diseñador gráfico independiente que estuvo vinculado con una entidad estatal por prestación de servicios y había elegido el FNA. Cuando quiso retirar parcialmente para estudios, escuchó en redes que si lo hacía perdería su afiliación. Consultó con nosotros y le explicamos la normativa: presentó la solicitud correctamente, obtuvo la aprobación y mantuvo su saldo restante. Al año siguiente, incluso recibió los intereses correspondientes.
Cuando se actúa sobre rumores en lugar de sobre normativa, se generan efectos económicos y laborales concretos: trabajadores dejan de aprovechar sus cesantías para fines legítimos como vivienda o educación, retrasando proyectos importantes por miedo infundado; empresas enfrentan preguntas recurrentes y pérdida de tiempo administrativo; contadores y áreas de talento humano deben aclarar de manera reactiva, generando desgaste operativo. Además, cuando un trabajador intenta un retiro parcial por un motivo no autorizado (por ejemplo, pagar deudas personales o impuestos no contemplados), la solicitud es rechazada automáticamente. En el caso de fondos privados, algunas interpretaciones amplían la noción de “mejoras de vivienda” para incluir el impuesto predial; sin embargo, el FNA aplica estrictamente la normativa, por lo que cualquier causal no prevista será negada. Esto refuerza la necesidad de acompañamiento técnico.
📅 Agenda: https://outlook.office.com/book/MiContabilidadCom@todoenuno.net.co/
Comparativo internacional: En Chile, el sistema de indemnización por años de servicio y los fondos de cesantías se rigen por normas muy estrictas. Los retiros están limitados a casos de terminación laboral y no existen modalidades parciales como en Colombia. En Perú, el fondo de compensación por tiempo de servicios (CTS) sí permite retiros parciales, pero bajo condiciones especiales y con topes establecidos por el Estado. En España, los fondos de indemnización y prestaciones por desempleo son administrados directamente por la seguridad social, sin la figura de “retiros parciales” individuales, lo que genera un control centralizado. Este comparativo muestra que Colombia ofrece más flexibilidad, pero también demanda mayor claridad y acompañamiento técnico para evitar errores.
Cómo Mi Contabilidad soluciona estos casos: Nuestro enfoque combina experiencia contable normativa y tecnología aplicada. Primero realizamos un diagnóstico inicial para identificar el tipo de retiro, los documentos requeridos y el estado de la afiliación. Luego diseñamos una estrategia normativa personalizada para cada caso, basada en la Ley 50 de 1990, Decreto-Ley 3118 de 1968, Ley 432 de 1998 y los reglamentos vigentes del FNA. Finalmente, acompañamos la implementación paso a paso, asegurando que el trámite no sea rechazado y que el trabajador o la empresa mantenga su seguridad jurídica. “La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles.”
📅 Agenda: https://outlook.office.com/book/MiContabilidadCom@todoenuno.net.co/
Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.
👉 También te puede interesar: No se encontraron coincidencias verificables en los blogs listados para las keywords: [retiro cesantías FNA, desvinculación fondo, normativa retiro parcial]