Empleadores deben afiliar domésticos al sistema general hoy



Imagínate que María, una empresaria preocupada por hacer lo correcto, contrata a doña Rosa para labores domésticas por solo dos días a la semana. Cree que, al pagar lo acordado, ya cumplió. A los pocos meses descubre que, al ocurrir un accidente doméstico leve, no hay ARL ni cobertura alguna, y que los aportes a pensión no se hicieron. María se sorprende al saber que esta omisión podría acarrearle sanciones con la UGPP, obligaciones retroactivas, demandas laborales y hasta reembolsos actuariales. Ella no quería problemas, solo actuar con justicia. Esta escena se repite todos los días en Colombia, en hogares de personas naturales, en empresas que tienen personal de aseo externo, e incluso en familias que contratan por días. La normativa es clara, reciente y exigible: todos los empleadores están obligados a afiliar a los trabajadores domésticos al sistema general de seguridad social. 

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Desde mis más de 30 años de experiencia en contabilidad general, tributaria, laboral y financiera, he visto cómo pequeñas decisiones —o la omisión de cumplir obligaciones aparentemente sencillas— se convierten en riesgos graves para empresarios, independientes y pymes. Soy Diana Cristina Cardona Cardona, experta en revisoría fiscal, UGPP, NIIF, auditoría y control interno. Junto con Julio César Moreno Duque, en transformación digital, te explico hoy qué normas debes cumplir, cuáles son las obligaciones de los empleadores que tienen trabajadores domésticos (internos, externos o por días), y cómo evitar sanciones.

Diagnóstico del problema: lo que NO está pasando

Muchos empleadores creen que “por días” o “menos de mes completo” exime de afiliación. O piensan que si el trabajador ya tiene otro empleo, no es necesario afiliar nuevamente. Otros simplemente desconocen los derechos del trabajo doméstico: derecho a salud, pensión, ARL, licencia de maternidad/paternidad, vacaciones, cesantías, prima de servicios. He acompañado casos reales: don Luis en Bogotá que contrató dos señoras de aseo externas sin afiliarlas; señora Andrea en Medellín que tiene una empleada interna con contrato verbal y sin ARL; y la familia Restrepo en Cali que creía que “por días” eximía obligaciones completas. El resultado común: exigencias de pagos atrasados, sanciones de la UGPP, demandas laborales y pérdida de respaldo legal.

Normativa aplicable y vigente (últimos 12 meses incl.)

Te resumo las leyes, decretos, sentencias que aplican al servicio doméstico en Colombia, actualizados hasta septiembre de 2025:

NormativaQué exigePara quién aplica
Ley 100 de 1993Sistema General de Seguridad Social Integral (salud, pensiones, riesgos laborales) aplica para todos los trabajadores dependientes.Todos los empleados domésticos vinculados laboralmente. 
Ley 1595 de 2012Ratifica el Convenio 189 de la OIT sobre servicio doméstico, exigiendo igualdad de derechos para estos trabajadores. 
Decreto 721 de 2013Afiliación al sistema de Cajas de Compensación Familiar para empleadores de servicio doméstico, y obligaciones para los trabajadores domésticos. 
Decreto 2616 de 2013Regula cotización a seguridad social para trabajadores dependientes que laboran por períodos inferiores a un mes, o “por días”. Establece base mínima, proporcionalidad por días, afiliación obligatoria a pensión, riesgos laborales y subsidio familiar. 
Sentencia T-346 de 2025, Corte ConstitucionalReitera que los empleadores de trabajadores domésticos deben afiliar al sistema general de seguridad social, incluyendo pensión, salud y riesgos profesionales, y asumir el pago de las cotizaciones correspondientes. Lo hace claro, sin excepción de modalidades. 

Qué obligaciones concretas tiene un empleador

Con base en esta normativa, tú como empleador debes:

  1. Afiliación en salud: al trabajador doméstico, ya sea régimen contributivo (si el trabajador devenga lo suficiente y tiene los requisitos) o subsidiado si aplicar. Descuento de trabajador + aporte del empleador.

  2. Afiliación a pensión: aportes obligatorios conforme al ingreso base de cotización.

  3. Afiliación a riesgos laborales (ARL): incluso si trabaja pocos días. Aportar lo definido por la clase de riesgo.

  4. Afiliación a caja de compensación familiar: para que acceda al subsidio familiar u otros programas.

  5. Aplicar Decreto 2616 si laboran menos de un mes: cotización proporcional por semanas/días, base mínima, responsabilidad del empleador. 

Consecuencias reales de NO cumplir

  • Sanciones de la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales): pueden exigir pagos atrasados, intereses, multas.

  • Demandas laborales: reclamos de prestaciones sociales no pagadas, incapacidades, accidentes sin cobertura.

  • Obligaciones actuariales: como ha ocurrido en Fallos recientes donde se ordenan pagos retroactivos en pensión por omisión.

  • Pérdida de confianza, reputación, litigios costosos.

Comparativo Colombia vs. ejemplos internacionales

Para entender qué tan avanzado es este tema, veamos tres ejemplos recientes de otros países:

  • España: trabajadores del hogar deben estar afiliados a la Seguridad Social si trabajan más de un número mínimo de horas por semana. Se ha establecido un “régimen especial de empleados del hogar” con obligatoria cotización para pensión y salud.

  • Argentina: desde hace algunos años se exige registro formal de empleados domésticos, aportes para obra social, jubilación, ART (riesgos laborales); las leyes prevén sanciones para quienes no cumplen.

  • Chile: ha habido cambios legislativos para reconocer derechos específicos de trabajadoras domésticas, incluyendo jornada máxima, cotización previsional mínima, y acceso a fondos de cesantía.

Estos países muestran una tendencia global a formalizar este sector históricamente informal, bajo estándares de la OIT y tratados internacionales. Colombia con la Sentencia T-346 /2025 refuerza esa línea.

Casos prácticos

  1. Caso de María (Medellín): contrató a doña Rosa para dos días a la semana, sin contrato escrito. Rosa sufrió una caída, necesitó atención médica, pero no estaba afiliada a ARL. María pagó la atención, pero demandada por un abogado laboralista le exigió la afiliación retroactiva, con recargos y sanción. Si María hubiese aplicado Decreto 2616, habría cotizado proporcionalmente y evitado sanciones.

  2. Caso Pyme — Restaurante familiar en Cali: empresa contrata personal de limpieza externa “por temporadas” sin formalidad. A la UGPP le detectan falta de afiliaciones y adecuaciones. La empresa tuvo que adoptar un plan correctivo, realizar afiliaciones retroactivas, pagar intereses, y asesorarse para automatizar el proceso usando PilA y software de nómina digital.

  3. Caso Freelance: Sara, persona natural que contrata servicio doméstico interno. Pensaba que si paga en efectivo y “como favor”, no hay problema. Un inspector de trabajo visitó su casa, impuso una multa y exigió afiliaciones.

Cómo resolverlo con Mi Contabilidad

Permíteme mostrarte el camino claro y estratégico para que tú cumplas, minimices riesgos y conviertas esta obligación en ventaja competitiva y tranquilidad legal.

Fase 1: Diagnóstico inicial
Realizamos una revisión de tus relaciones con trabajadores domésticos (internos, externos, por días). Verificamos contratos existentes, días laborados, pagos, afiliaciones actuales, si están correctas o faltan. Estimamos obligaciones atrasadas hipotéticas.

Fase 2: Definición estratégica
Te presentamos un plan personalizado: qué empleados/domésticos debes afiliar, horas/días, cálculo retroactivo si corresponde, herramientas digitales (software de nómina, PILA, automatización) para evitar errores. Diseñamos contratos escritos claros.

Fase 3: Implementación y acompañamiento continuo
Te ayudamos a hacer las afiliaciones nuevas, presentar los pagos en PILA, corregir anomalías. Te damos seguimiento para que no haya nuevas omisiones. También asesoría preventiva para inspecciones laborales, auditorías de UGPP, contabilidad limpia, cumplimiento permanente.

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Cómo actúa la normativa en estos últimos meses (actualización reciente)

  • La Sentencia T-346 de 2025 de la Corte Constitucional fue emitida recientemente y está autorizada por el boletín oficial Nº 173 del 15 de septiembre de 2025: recuerda sin ambigüedad la obligación de afiliación para todos los empleados domésticos.

  • Se han reforzado los controles por parte de la UGPP para detectar evasión de aportes domésticos. 

Oferta sin riesgo

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Artículo elaborado por Diana Cristina Cardona Cardona, Contadora Pública con más de 30 años de experiencia en normatividad contable y tributaria en Colombia, con el apoyo estratégico de Julio César Moreno Duque en tecnología y transformación digital.
Este artículo hace parte del compromiso de Mi Contabilidad de acompañar a empresarios, contadores e independientes en la nueva era contable y tributaria, garantizando confianza, claridad y cumplimiento normativo.

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Somos una firma colombiana con domicilio principal en Manizales, contamos con más de 15 años de experiencia profesional en el campo de la auditoria financiera, de gestión, y de sistemas, así como en el campo de revisoria fiscal. Contamos con un grupo de profesionales especializado en temas tributarios y de NIIF, temas que en la actualidad son imprescindibles en cualquier organización.

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