Lucía dirige una pyme que vende insumos médicos y, como cada cierre, descubre diferencias entre el valor contable y la base fiscal de sus activos. El auditor le pregunta si ese desfase origina un derecho o una obligación y ella duda: su flujo de caja depende de responder bien hoy para no pagar de más mañana. En paralelo, Juan, freelance de software, registra una provisión por deterioro de cartera que la DIAN no acepta; Carolina, manufacturera, revaluó su maquinaria y no sabe si llevar el efecto al resultado o al patrimonio con impuesto diferido. Tres historias comunes, un mismo reto: definir con criterio técnico la naturaleza del impuesto diferido y medirlo con tasas vigentes, revelaciones completas y proyecciones realistas. Aquí aterrizamos métodos, reglas y casos recientes, pautas prácticas para contadores, gerentes y emprendedores en Colombia. Sabrás qué hacer y cómo evitar errores costosos.
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El punto de partida normativo que no puedes perder de vista. En Colombia, el reconocimiento y medición del impuesto diferido se soporta en los marcos técnicos de información financiera (NIIF plenas –NIC 12– y Estándar para Pymes –Sección 29–), adoptados vía Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus actualizaciones. Estos marcos definen “diferencias temporarias” como el desfase entre el importe en libros de un activo o pasivo y su base fiscal, noción que activa el reconocimiento de activos o pasivos por impuesto diferido, según el caso.
¿Qué tasa uso? Para medir el impuesto diferido se aplica la tarifa del impuesto sobre la renta que regirá cuando se revierta la diferencia. En 2025 la tarifa general corporativa sigue en 35%, con sobretasas específicas (p. ej., sector financiero +5 p.p. hasta 2027; generación hidroeléctrica +3 p.p. hasta 2026), lo que puede exigir cálculos diferenciados cuando la reversión ocurra en períodos con recargos.
La DIAN y el CTCP: dos faros útiles. Aunque el impuesto diferido es un tema eminentemente contable (marco NIIF), la DIAN ha reiterado definiciones de NIC 12 sobre “ganancia contable” y su relación con el impuesto a las ganancias, útiles para no perder el hilo entre resultado y gasto tributario. A su vez, conceptos recientes del CTCP y publicaciones técnicas del gremio refuerzan el reconocimiento de activos o pasivos diferidos por diferencias temporarias, y recuerdan que los activos diferidos solo proceden si hay probabilidad de utilidades fiscales futuras para compensarlos.
Zoom internacional (últimos 24 meses): IAS 12 y la reforma global (Pilar Dos). En 2023 el IASB emitió una modificación clave a la NIC 12 para otorgar un alivio temporal: no reconocer (ni revelar) impuesto diferido derivado de la implementación de las reglas de impuesto mínimo global (Pilar Dos) y, en cambio, incluir ciertas revelaciones específicas de exposición. Si tu grupo multinacional entra en el alcance de esas reglas, los impactos contables cambian el libreto de diferidos. Esto no afecta a la mayoría de pymes locales, pero sí a grupos con presencia internacional.
Métodos prácticos para determinar la naturaleza:
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Método aritmético: comparas valor contable vs. base fiscal de la misma partida. Si el valor contable > base fiscal, hay diferencia imponible → normalmente pasivo por impuesto diferido. Si el valor contable < base fiscal, hay diferencia deducible → normalmente activo por impuesto diferido.
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Método del balance (o del resultado esperado): juzgas el efecto sobre la utilidad/patrimonio. Si hoy la utilidad contable es mayor que la fiscal por esa diferencia, la entidad pagará más impuesto en el futuro → pasivo diferido. Si la utilidad contable es menor por una deducción contable no aceptada aún fiscalmente, habrá un beneficio fiscal futuro → activo diferido.
Ambos enfoques, bien aplicados, convergen. El truco es documentar la reversión y la tasa aplicable; la normativa y guías locales coinciden en este enfoque.
Sutilezas que marcan la diferencia (y evitan sanciones):
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Tasas futuras y sobretasas sectoriales. No siempre la reversión ocurrirá con 35% “puro”; si tu negocio es bancario, financiero o de generación hidroeléctrica, podrías tener sobretasas vigentes en los años de reversión. Modela escenarios con esas sobretasas para no subestimar pasivos o sobreestimar activos.
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Reformas tributarias y re-medición. Cuando una reforma modifica la tarifa futura, debes re-medír el impuesto diferido existente y llevar el efecto a resultados o patrimonio, conforme el origen. Es auditoría 101: si cambió la tasa proyectada, cambia el saldo diferido. (En la práctica editorial y técnica local se ha tratado como caso típico).
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Activos diferidos “deseados” pero no probables. Si no puedes demostrar razonablemente utilidades fiscales futuras, no reconozcas el activo diferido: reprobado en auditoría. El CTCP y la literatura técnica insisten en ese juicio prudencial.
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Coherencia entre origen y presentación. Si la diferencia nació en patrimonio (revaluaciones), el impuesto diferido va en patrimonio; si nació en resultados, va a resultados. Base NIIF y doctrina local coinciden.
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Pilar Dos (grupos multinacionales). Si caes en alcance del impuesto mínimo global, aplica la excepción temporal de NIC 12 (no reconocer diferidos por esas reglas y revelar exposición). Evita “inventarte” diferidos que hoy la norma exceptuó.
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Resultados que podemos contar. En Pereira, una confección mediana estaba sobre-reconociendo activos diferidos por pérdidas, sin base de utilidades futuras. Ajustamos la política y evitó un reparo de auditoría. En Manizales, una importadora con deuda en USD registraba de forma reactiva; automatizamos su modelo de diferidos en el ERP con reglas de reversión y tasa; el cierre bajó de 8 a 2 días. Y con un grupo regional con filiales en tres países, activamos la “alerta Pilar Dos” para que su directorio entendiera que, por ahora, NIC 12 trae excepción temporal para diferidos de esas reglas, pero exige revelaciones de exposición.
Acompañamiento integral (y humano). Llevo más de 30 años practicando contabilidad y tributación, con actualización diaria en DIAN, UGPP, CTCP, Supersociedades, MinTrabajo y SIC. A mi lado, Julio César Moreno Duque integra automatización y transformación digital para que tu contabilidad y tu cumplimiento respiren tecnología práctica: plantillas vivas en Excel/BI, parametrizaciones en ERP y recordatorios inteligentes. Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria.
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Cierre con brújula. Definir la naturaleza del impuesto diferido no es un examen de memoria, sino un proceso: identifica el origen de la diferencia, proyecta su reversión, elige la tasa correcta, respeta el origen (resultado o patrimonio) y documenta. Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.