Si eres independiente o profesional con ingresos por debajo del salario mínimo, el Piso de Protección Social (PPS) es obligatorio desde 2021 y representa abarcar salud, pensión y riesgos laborales con un aporte del 15 % mensual. Con la reforma pensional (Ley 2381 de 2024) y la Resolución 467 de 2025, desde julio y agosto de este año cambia la forma de pago: algunas responsabilidades pasan al contratante mediante nuevos tipos de planilla y roles como “aportante 15”. Si no te adaptas, podrías enfrentar sanciones, pagos indebidos o exclusión del sistema. Este artículo te guía paso a paso con cifras exactas, ejemplos reales y claridad normativa. Lee el blog completo y actúa a tiempo con ayuda profesional.
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Desde el primer ingreso económico, el trabajador independiente se enfrenta al reto de garantizar su acceso a salud, pensión y riesgos. Si tus ingresos mensuales están por debajo del salario mínimo, tu vinculación al Piso de Protección Social (PPS) es obligatoria, y el aporte mensual equivale al 15 % de tu ingresoʼ—un 14 % va al BEPS y un 1 % al seguro inclusivo ([turn0search0],[turn0search8])—. Este mecanismo ofrece cobertura básica a quienes nunca tuvieron acceso al sistema formal.
Con la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024 y la Resolución 467 de marzo de 2025, el régimen cambia: a partir de julio 2025, los contratantes bajo contrato de prestación de servicios asumirán directamente el cálculo y pago de seguridad social, si se acuerda con el contratista, usando la figura de “aportante 15” y nuevas planillas “Y” según nivel de riesgo laboral ([turn0search2],[turn0search5],[turn0search7],[turn0search11]) — una revolución que cambia el flujo tradicional de pagos.
Imagina a Freya Consultores, una pequeña firma asesora que trabaja principalmente con proyectos estatales. Antes de julio de 2025 emitían cuentas de cobro por honorarios y gestionaban sus aportes vía PILA como independientes. Pero con la nueva normativa, la entidad contratante solicitó asumir el pago directo de estos aportes vía retención en honorarios. Sin un acuerdo formal, esto generó confusión y pagos duplicados. Freya Consultores acudió a Mi Contabilidad, donde diseñamos un modelo contractual claro y su cliente inició correctamente los aportes bajo "aportante 15", lo que evitó sanciones, retrabajo contable y auditorías de la UGPP.
La reforma también redefine el aporte voluntario en pensión: desaparece y queda solo el mecanismo del pilar voluntario adicional. Esto impacta a quienes cotizan por fuera del régimen contributivo tradicional ([turn0search6],[turn0search12]).
Además, desde 1° de agosto de 2025, la Planilla PILA se ajusta a la reforma: se segmentan aportantes según semanas cotizadas, IBC y nuevos tipos de cotizantes; la distribución automática de pensión se hará a Colpensiones o ACCAI dependiendo de si el ingreso supera 2.3 SMMLV; y se habilitan reportes por licencia de cuidado de la niñez y otras novedades ([turn0search11],[turn0search7]).
👉 La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles. En este contexto, tener procesos claros, contratos bien definidos, acuerdos firmados y soporte contable es clave para evitar pagos indebidos o sanciones.
Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria, desde Mi Contabilidad acompañamos a empresas y profesionales en la transición hacia este nuevo modelo normativo. Diseñamos plantillas contractuales, asesoramos en la selección del tipo de aportante y validamos la correcta liquidación de aportes por honorarios, garantizando cumplimiento y tranquilidad.
Si este cambio afecta tu modo de trabajo como independiente o contratista, no dejes para después la revisión de contratos y solicitudes formales al contratante. Una asesoría oportuna te ayuda a evitar sanciones, duplicidad o morosidad, y a cumplir con la normativa vigente sin dificultades.
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