Muchos empresarios y contadores están cometiendo errores graves en la contabilización del impuesto de renta, aplicando métodos fiscales que no corresponden y exponiendo a sus empresas a sanciones significativas. Para el año gravable 2024 declarado en 2025, la DIAN ha sido clara: se debe aplicar el principio de devengo bajo las NIIF, utilizar el prevalidador F2516 v8, y aplicar correctamente las nuevas reglas de autorretención. Las consecuencias por omitir o aplicar erróneamente estos lineamientos pueden incluir multas millonarias y una mala imagen financiera. Este artículo te explica de forma profesional, cercana y actualizada qué hacer, cómo evitar errores y por qué es urgente actuar ahora con ayuda profesional.
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La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles. Esta frase no es solo un eslogan institucional: es una advertencia para el empresario o contador que se enfrenta hoy a una realidad cada vez más exigente en materia tributaria y contable. En 2025, declarar el impuesto de renta y complementario ya no es una rutina: es una operación de precisión técnica, estratégica y fiscal.
A Juliana, gerente de una empresa de confecciones en Medellín, le llegó una notificación de la DIAN a principios de junio. Su contador presentó la renta 2024 sin usar el prevalidador de conciliación fiscal. Además, calculó el impuesto bajo un criterio de caja y no de devengo. El resultado: una posible multa cercana a los 12 millones de pesos. Todo porque pensaron que podían seguir usando "el mismo formato del año pasado".
La historia de Juliana no es una excepción. Y por eso hoy vamos a aclarar qué está vigente en 2025, qué exige la DIAN y cómo evitar errores que pueden costarte tiempo, dinero y reputación financiera.
El principio de devengo: obligatorio, no opcional
Desde el año 2020, el artículo 21-1 del Estatuto Tributario establece que las empresas obligadas a llevar contabilidad deben determinar la renta bajo el principio de devengo, alineado con las NIIF. En 2025, la DIAN reiteró esta obligación a través del Concepto 000196 de enero 13. No se permite usar el criterio de caja, ni siquiera parcialmente.
Esto significa que los ingresos y gastos deben reconocerse cuando ocurren económicamente, no cuando se recibe o paga el dinero. Si vendes hoy a crédito, debes reconocer el ingreso hoy. Si compraste un insumo que usarás en el siguiente periodo, debes registrarlo según su naturaleza contable.
Impuesto corriente vs impuesto diferido
Aplicar bien los conceptos de impuesto corriente y diferido es clave para una contabilidad fidedigna. El impuesto corriente se registra contra gasto y pasivo. El diferido, en cambio, se genera por diferencias temporarias entre la base contable y la fiscal.
Una empresa que usa depreciaciones contables aceleradas puede generar un impuesto diferido pasivo. O si tiene pérdidas fiscales acumuladas, podría generar un activo por impuesto diferido. Esto no es opcional: es obligatorio bajo NIIF y debe reflejarse en la conciliación fiscal.
F2516 v8: obligatorio para 2025
La DIAN publicó el 31 de marzo el prevalidador oficial F2516 versión 8, aplicable al año gravable 2024. Es obligatorio para todos los contribuyentes que presenten renta y superen 45.000 UVT (~$2.118 millones COP). También lo deben diligenciar los responsables de renta bajo el régimen ordinario, grandes contribuyentes o quienes soliciten devolución de saldos a favor.
Este formato requiere conciliar la utilidad contable con la renta fiscal. Allí se exponen las diferencias permanentes (como gastos no deducibles) y temporarias (como la depreciación, provisiones, deterioros, etc.)
Autorretención a título de renta: nuevas tarifas
Mediante el Decreto 572 de mayo 2025, el Gobierno Nacional modificó tarifas de autorretención según el código de actividad económica. Muchas empresas que estaban en tarifa 0,8% pasaron a 1,5%. Esto afecta directamente la liquidez y la programación tributaria.
Juliana, la gerente que mencionamos antes, se dio cuenta de que su contador no había actualizado la tarifa de autorretención desde 2023. Durante cuatro bimestres declaró por debajo de lo exigido. La DIAN le solicitó ajustar los valores retroactivamente. Lo que parecía un error menor, terminó siendo un problema con impacto financiero.
Renta para personas jurídicas: atención a la UVT 2025
La Unidad de Valor Tributario (UVT) para este año quedó en $49.799 según Resolución 193 de 2024. Esto afecta topes de ingresos, deducciones, sanciones y hasta los límites para utilizar formatos simplificados o exógena. No puedes hacer proyecciones con valores antiguos.
Recomendaciones profesionales
Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria. Esa es la misión de Mi Contabilidad. Por eso te compartimos algunas recomendaciones prácticas:
Conciliación fiscal permanente: no esperes al final del año. Haz seguimiento mes a mes.
Simulador tributario: proyecta desde ya tu impuesto de renta bajo criterios fiscales actualizados.
Auditoría interna previa: antes de presentar la renta, revisa que todos los registros contables tengan soporte y correspondencia fiscal.
Capacitación continua: el contador de 2025 debe ser estratega, no digitador.
Y si no tienes el tiempo, el software o el equipo para hacerlo, estamos aquí para ayudarte.
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No pongas en riesgo tus estados financieros ni expongas tu empresa a sanciones por errores evitables. La correcta contabilización del impuesto de renta y complementario en 2025 requiere experticia, actualización y acompañamiento profesional. ¡Nosotros en Mi Contabilidad estamos listos para ayudarte!
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