Interpretaciones y prácticas comunes
Aunque la ley no establece un número específico de llamados de atención que conduzcan al despido, en la práctica, algunas empresas consideran que, tras tres llamados de atención, el empleador tiene la facultad de despedir al trabajador. No obstante, es esencial que, en cada caso, se garantice el derecho a la defensa del trabajador y se respeten los principios del debido proceso.
Importancia del debido proceso
Antes de proceder al despido, el empleador debe seguir un procedimiento que incluya:
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Comunicación formal: Informar al trabajador, por escrito, sobre la causal de despido, detallando los hechos y las pruebas correspondientes.
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Audiencia de descargos: Brindar al trabajador la oportunidad de exponer su versión de los hechos y presentar las pruebas que considere pertinentes.
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Decisión fundamentada: Evaluar objetivamente la situación y determinar si procede el despido con justa causa.
El incumplimiento de este procedimiento puede llevar a que el despido sea considerado injusto o incluso ilegal, lo que podría obligar al empleador a indemnizar al trabajador afectado.
Conclusión
Si bien la acumulación de llamados de atención no está explícitamente contemplada como causal de despido en la legislación colombiana, las faltas reiteradas pueden interpretarse como incumplimiento grave de las obligaciones laborales, lo que podría justificar un despido con justa causa. Es fundamental que los empleadores sigan el debido proceso y respeten los derechos de los trabajadores para evitar posibles reclamaciones legales.
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Nota: La información proporcionada en este blog se basa en fuentes confiables y en la legislación vigente hasta la fecha de publicación. Se recomienda consultar con un profesional especializado antes de tomar decisiones laborales o legales.