Actualización en la Presentación de Información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB): Claves para 2025

 


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Importancia del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB)

El Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) es una herramienta implementada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia, destinada a identificar a las personas naturales que, en última instancia, poseen o controlan una entidad jurídica. Este registro busca promover la transparencia y prevenir actividades ilícitas como el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Actualizaciones Normativas Recientes

Desde la emisión del Oficio DIAN 1066 (906698) en 2022, se han introducido cambios significativos en la regulación del RUB. A continuación, se detallan las actualizaciones más relevantes hasta febrero de 2025:

  1. Resolución 000196 de 2024

    Esta resolución, emitida el 13 de diciembre de 2024, actualizó los criterios para el reporte de novedades en el RUB. Se establecieron cuatro categorías en la casilla "Tipo de novedad" para facilitar el cargue masivo de datos relacionados con la actualización de información de los beneficiarios finales y la terminación de su calidad como tales.

  2. Plazos para el Suministro de Información

    Para las sociedades constituidas antes del 31 de mayo de 2023, el primer reporte debía realizarse antes del 31 de julio de 2023. Aquellas constituidas después del 1 de junio de 2023, deben presentar su primer reporte dentro de los dos meses siguientes a su inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) o en el Sistema de Identificación de Estructuras sin Personería Jurídica (SIESPJ). Posteriormente, todas las entidades obligadas deben actualizar la información de manera trimestral, considerando los cortes al 1 de enero, abril, julio y octubre de cada año.

  3. Sanciones por Incumplimiento

    El artículo 631-6 del Estatuto Tributario establece que el incumplimiento en el suministro, actualización o corrección de la información en el RUB puede conllevar sanciones según lo previsto en el artículo 658-3 del mismo estatuto. Estas sanciones aplican a quienes no suministren la información, lo hagan de manera errónea o incompleta, o no realicen las actualizaciones pertinentes.

Pasos para Cumplir con las Obligaciones del RUB

Para asegurar el cumplimiento adecuado de las obligaciones relacionadas con el RUB, se recomienda:

  • Identificar a los Beneficiarios Finales: Implementar procedimientos de debida diligencia para determinar las personas naturales que, en última instancia, poseen o controlan la entidad.

  • Registrar la Información: Utilizar los formatos 2687 "Reporte de Beneficiarios Finales" y 2688 "Carga Beneficiarios Finales" disponibles en los sistemas informáticos de la DIAN para suministrar la información requerida.

  • Actualizar Periódicamente: Realizar actualizaciones trimestrales de la información, dentro del mes siguiente a los cortes establecidos (1 de enero, abril, julio y octubre).

Invitación a la Acción

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