Actualización en la Declaración de Renta para Personas Jurídicas en 2025

 


En el dinámico entorno empresarial actual, mantenerse al día con las obligaciones tributarias es esencial para garantizar la sostenibilidad y el éxito de tu empresa. La declaración de renta para personas jurídicas correspondiente al año gravable 2024 presenta novedades significativas que debes conocer para una correcta y oportuna presentación ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

1. Incremento en la Unidad de Valor Tributario (UVT)

Para el año 2025, la UVT se ha fijado en $49.799 COP. Este valor es fundamental, ya que sirve como base para determinar diversos umbrales y obligaciones tributarias. Por ejemplo, las personas jurídicas con un patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2024 que exceda las 4.500 UVT (equivalente a $224.095.500 COP) están obligadas a presentar declaración de renta.

2. Fechas Clave para la Declaración y Pago

La DIAN ha establecido el siguiente calendario para las personas jurídicas:

  • Presentación de la declaración y pago de la primera cuota: entre el 12 y el 23 de mayo de 2025.

  • Pago de la segunda cuota: entre el 9 y el 22 de julio de 2025.

Es crucial respetar estos plazos para evitar sanciones y garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

3. Beneficios por Uso de Factura Electrónica

Con el objetivo de promover la formalización y el uso de medios electrónicos, la DIAN ofrece un descuento del 1% en el impuesto de renta para aquellas empresas que realicen compras de bienes y servicios respaldadas con factura electrónica. Este beneficio aplica siempre que el valor total de las compras no exceda las 240 UVT, es decir, $11.295.600 COP.

4. Eliminación del Régimen Simple de Tributación

A partir del año gravable 2025, el Gobierno ha propuesto la eliminación del Régimen Simple de Tributación. Las empresas que anteriormente se acogían a este régimen deberán migrar al régimen ordinario, ajustando sus procesos contables y fiscales según las nuevas disposiciones.

5. Incremento en la Tasa de Impuesto para Altos Ingresos

Se ha propuesto un aumento en la tasa del impuesto de renta al 41% para aquellas empresas con ingresos anuales superiores a 1.500 millones de pesos. Este ajuste busca una mayor contribución de las empresas con mayor capacidad económica.

6. Modificaciones en Retención en la Fuente

La DIAN ha actualizado las tablas de retención en la fuente, afectando directamente los anticipos de impuestos que las empresas deben practicar. Es esencial revisar estas modificaciones para asegurar una correcta aplicación en los pagos y evitar posibles sanciones.

7. Declaración de Activos en el Exterior

Las empresas con activos en el exterior están obligadas a reportarlos en la declaración de renta. La omisión de esta información puede conllevar sanciones significativas. Las fechas para la presentación de esta declaración coinciden con las establecidas para la declaración de renta de personas jurídicas.

8. Incentivos por Inversiones en Proyectos Sostenibles

Con el fin de fomentar prácticas empresariales responsables, se han implementado incentivos tributarios para empresas que realicen inversiones en proyectos sostenibles y amigables con el medio ambiente. Estas deducciones pueden representar un alivio significativo en la carga tributaria.

9. Actualización en Deducciones Permitidas

Se han revisado y actualizado las categorías y límites de deducciones permitidas en la declaración de renta. Es recomendable analizar detalladamente estas modificaciones para maximizar los beneficios fiscales sin incurrir en inconsistencias.

10. Implementación de Nuevas Tecnologías en la Presentación de Declaraciones

La DIAN ha incorporado nuevas plataformas y herramientas tecnológicas para facilitar la presentación de declaraciones y el pago de impuestos. Familiarizarse con estas herramientas garantizará un proceso más ágil y reducirá la posibilidad de errores.

Invitación a la Acción:

Para asegurar que tu empresa cumpla con todas las obligaciones tributarias y aproveche los beneficios disponibles, te invitamos a:

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