Tratamiento Tributario de las Cesantías e Intereses en 2025: Lo que Debes Saber

 


En el entorno empresarial actual, comprender el tratamiento tributario de las cesantías y sus intereses es esencial para una gestión financiera eficiente y conforme a la normativa vigente. A continuación, te ofrecemos una guía actualizada sobre este tema, basada en las últimas disposiciones legales y fiscales.

¿Qué son las Cesantías y sus Intereses?

Las cesantías son una prestación social que corresponde a un mes de salario por cada año trabajado, destinada a proteger al empleado en caso de desempleo. Los intereses sobre las cesantías equivalen al 12% anual del valor acumulado y deben ser pagados por el empleador al trabajador antes del 31 de enero de cada año.

Tratamiento Tributario de las Cesantías

Según la normativa colombiana, el tratamiento tributario de las cesantías varía dependiendo de si pertenecen al régimen tradicional o al régimen anualizado (Ley 50 de 1990):

  • Régimen Anualizado (Ley 50 de 1990): Las cesantías se consideran ingreso tributario en el año en que son consignadas al fondo de cesantías, generalmente antes del 14 de febrero del año siguiente al que se causaron. Por ejemplo, las cesantías causadas en 2024 y consignadas en 2025 serán ingreso en 2025.

  • Régimen Tradicional: En este régimen, las cesantías se reconocen como ingreso en el momento en que el empleador las paga al trabajador, ya sea por retiro o liquidación.

Tratamiento Tributario de los Intereses sobre Cesantías

Los intereses sobre las cesantías no están sujetos a retención en la fuente y se consideran ingresos tributarios en el año en que se pagan al trabajador. Es decir, los intereses pagados en enero de 2025 serán ingresos en 2025.

Consideraciones Adicionales

  • Rentas Exentas y Límites: Aunque las cesantías y sus intereses pueden ser considerados como rentas exentas, están sujetos al límite del 40% de los ingresos netos y a un tope de 1.340 UVT para el año gravable 2024. Es importante tener en cuenta estos límites al momento de la declaración de renta.

  • Sanciones por Incumplimiento: Si el empleador no paga los intereses sobre las cesantías antes del 31 de enero, deberá indemnizar al trabajador con una suma adicional equivalente al valor de los intereses causados.

Conclusión

Mantenerse actualizado sobre el tratamiento tributario de las cesantías y sus intereses es fundamental para una correcta gestión financiera y cumplimiento de las obligaciones fiscales. Te invitamos a profundizar en este y otros temas relacionados en nuestra plataforma Mi Contabilidad y en el blog Tu Contabilidad Confiable y Rápida, donde encontrarás recursos clave para la toma de decisiones financieras estratégicas y eficientes.

Próximos Pasos

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Somos una firma colombiana con domicilio principal en Manizales, contamos con más de 15 años de experiencia profesional en el campo de la auditoria financiera, de gestión, y de sistemas, así como en el campo de revisoria fiscal. Contamos con un grupo de profesionales especializado en temas tributarios y de NIIF, temas que en la actualidad son imprescindibles en cualquier organización.

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