Indemnización por no pago de la liquidación del contrato cuando se devenga el salario mínimo

En el ámbito laboral colombiano, es esencial que tanto empleadores como trabajadores comprendan las implicaciones legales del no pago oportuno de la liquidación al finalizar un contrato, especialmente cuando el empleado devenga el salario mínimo. La legislación vigente establece sanciones claras para los empleadores que incumplen con esta obligación, protegiendo así los derechos de los trabajadores.

Obligación de Pago al Finalizar el Contrato

Al culminar una relación laboral, el empleador está obligado a pagar de inmediato al trabajador todos los salarios y prestaciones sociales adeudados. La normativa no otorga un plazo adicional para este pago; por lo tanto, debe efectuarse el mismo día en que termina el contrato. El incumplimiento de esta disposición puede acarrear sanciones para el empleador.

Indemnización Moratoria por Mora en el Pago

El artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo establece que, si al finalizar el contrato el empleador no cancela los salarios y prestaciones debidos, deberá pagar al trabajador una indemnización equivalente a un día de salario por cada día de retraso, hasta un máximo de 24 meses. Pasado este período, se generan intereses moratorios.

Cálculo de la Indemnización en Casos de Salario Mínimo

Para trabajadores que devengan el salario mínimo, la indemnización moratoria se calcula tomando como base dicho salario. Por cada día de mora, el empleador deberá pagar un día adicional de salario mínimo al trabajador, hasta alcanzar el límite de 24 meses. Es importante destacar que esta sanción no se aplica de manera automática; es necesario que un juez determine la existencia de mala fe por parte del empleador en el incumplimiento del pago.

Procedimiento para Reclamar la Indemnización

Si un trabajador no recibe su liquidación al finalizar el contrato, debe seguir estos pasos:

  1. Comunicación Formal: Enviar una solicitud escrita al empleador exigiendo el pago de los montos adeudados.
  2. Conciliación: Si no se obtiene respuesta, acudir a una instancia de conciliación laboral para intentar resolver el conflicto de manera amistosa.
  3. Acción Judicial: Si la conciliación no prospera, el trabajador puede interponer una demanda ante la jurisdicción laboral para reclamar los pagos pendientes y la indemnización moratoria correspondiente.

Recomendaciones para Empleadores

  • Cumplimiento Puntual: Pagar la liquidación el mismo día en que finaliza el contrato para evitar sanciones.
  • Documentación: Mantener registros detallados de los pagos realizados y de las comunicaciones con los empleados.
  • Asesoría Legal: Consultar con profesionales en derecho laboral para asegurar el cumplimiento de las obligaciones legales y prevenir posibles litigios.

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