Cuándo puede un empleador solicitar la pensión de vejez del trabajador?


En el contexto legal colombiano, el trámite de la pensión de vejez generalmente es responsabilidad del trabajador, quien debe estar atento a cumplir con los requisitos de edad y semanas cotizadas. No obstante, el empleador puede solicitar la pensión en nombre del trabajador si ha transcurrido un tiempo prudente desde que este cumplió con los requisitos. Esto es posible gracias a la Ley 797 de 2003, la cual establece que, después de 30 días de cumplir los requisitos para la pensión, el empleador puede iniciar el trámite con la autorización del trabajador.

Es crucial señalar que la participación del empleador en este proceso debe estar previamente autorizada para no vulnerar derechos fundamentales del trabajador, como la autonomía y la privacidad. Sin este consentimiento, el empleador no puede intervenir en el proceso.

Además, la terminación del contrato de trabajo no puede hacerse inmediatamente tras la emisión de la resolución de pensión. Debe verificarse que el trabajador esté recibiendo las mesadas pensionales correspondientes y que continúe figurando en la nómina.

Aspectos Clave:

  1. Requisitos del trabajador: El trabajador debe cumplir con los requisitos de edad y semanas cotizadas.
  2. Participación del empleador: Solo con autorización del trabajador el empleador puede gestionar la pensión.
  3. Terminación del contrato: El empleador puede terminar el contrato solo cuando el trabajador esté recibiendo las mesadas pensionales.

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