Desenrede los trámites para pensionarse



Si está próximo a pensionarse, luego de años de trabajo, debe tener paciencia para un nuevo proceso: los trámites y papeleo para presentar la solicitud.

Estos procedimientos también cambian si se está afiliado al Régimen de Prima Media, que administra Colpensiones, o al de Ahorro Individual, correspondiente a los fondos privados.

La recomendación principal ante las dudas que surjan es asesorarse en la misma entidad a la que hace el requerimiento, con el fin de no llevarse sorpresas.
Según Carlos Arturo Buriticá, director de la oficina de Colpensiones en Manizales, es indispensable tener en cuenta que en la institución los trámites son gratuitos, y se tardan el mismo tiempo si se hacen de manera personal o con tramitadores.
“Es importante, antes de empezar los trámites, revisar muy bien la historia laboral, por si le falta algún tiempo de labores, con el fin de hacer los ajustes y todo esté al día en el momento de realizar la solicitud”
Las recomendaciones también las hace Asofondos y entidades como Colfondos, quienes insisten en hacer uso de la asesoría.
NEGOCIOS, con el apoyo del director de Colpensiones en la ciudad, de Asofondos y de algunos fondos privados de pensiones y cesantías, explica cuáles son las vueltas que un colombiano debe hacer para solicitar la pensión por vejez.

En Colpensiones

Antes
* Verificar la historia laboral. Revisar que sus datos básicos estén correctos, sobre los empleadores para los cuales ha trabajado, las semanas cotizadas y los salarios devengados.
* De ser necesario, solicitar la corrección respectiva.
Los papeles
* Solicitar el formato de prestaciones económicas. También se puede descargar de la página web www.colpensiones.gov.co
* Fotocopia del documento de identidad ampliada al 150%.
* Constancia de afiliación a una EPS.
* Formato de declaración de no pensión
* Si el usuario es servidor público y aporta a cajas y fondos diferentes al seguro social, existen otros formatos que se necesitan. Esto es en caso de ser funcionario de entidades como alcaldías, Licorera, gobernaciones.
* En esos casos son tres formatos distintos. Además, se solicita certificados con información laboral, salario base y los salarios mes a mes de las entidades donde haya laborado.
La espera
El tiempo que dice la Ley para dar una respuesta es cuatro meses. Luego de este periodo se comunica si la respuesta sobre el reconocimiento de la pensión es positiva o negativa.
El monto
* El porcentaje de pensión difiere entre empleados de empresas privadas, e instituciones públicas como la Rama Judicial, el Magisterio, entre otros grupos.
* Corresponde al promedio de la base de cotización de los últimos 10 años de labores.
* Puede ser desde el 55% hasta el 85%. Este último es cuando la persona ha cotizado hasta 1.800 semanas.
* La pensión nunca podrá ser inferior al salario mínimo mensual legal vigente.
Cómo se logra una pensión en Colpensiones
* Debe demostrar al menos 1.300 semanas cotizadas (a partir de 2015) y ser mayor de 57 (mujeres) o 62 (hombres).
Las personas de Sisbén 1 y 2 también podrán acumular semanas con su cónyuge para acceder a una pensión de un salario mínimo.
Si el afiliado no cumple con alguno de estos requisitos puede continuar cotizando hasta acumular los capitales o semanas necesarias para su jubilación.
Transición
* Este año, el 31 de diciembre, termina la vigencia del Régimen de Transición para quienes a 1 de abril de 1994 tenían 750 semanas cotizadas, 40 años cumplidos (hombres) y 35 años cumplidos (mujeres).
* Quienes tengan el derecho adquirido lo conservan.

Horarios
La oficina de Colpensiones en Manizales está ubicada en al carrera 22 No. 26-53. La atención es de 8:00 a.m. A 1:00 p.m. y de 2:00 a 4:00 p.m.
En fondos privados

Requisitos
* Según Asofondos, el capital acumulado en la cuenta de ahorro individual del afiliado debe permitirle la obtención de una pensión mensual superior al 110% del salario mínimo legal mensual.
* En caso de no contar con el capital suficiente puede acceder a la Garantía de Pensión Mínima de vejez. Para acceder a esta garantía el afiliado debe:
-  Tener 62 años de edad (hombres) y 57 (mujeres).
- Haber cotizado por lo menos 1.150 semanas.
Cómo se logra la pensión en los fondos:
* Completar, a cualquier edad, el capital suficiente para financiarse una pensión de salario mínimo. En este caso la pensión se calculará sobre el total del ahorro con sus rendimientos, sin ningún tipo de descuento.
* En caso de no completar el capital, puede acceder a la garantía de pensión mínima acumulando 1.150 semanas y si es mayor de 57 años (mujeres) o 62 años (hombres).
* También podrá sumar los saldos o semanas con su cónyuge para acceder a alguno de los mecanismos anteriores (pensión familiar).
Solicitud
* Diligenciar el formato de solicitud de pensión.
* Copia del registro civil de nacimiento.
* Si tiene beneficiarios, tener claro que pueden ser el cónyuge, los hijos hasta los 25 años si estudian, o si es soltero, los padres que dependan del afiliado. También pueden ser beneficiarios hermanos con discapacidad.
* De ellos se necesitan los registros de nacimiento, y el certificado de estudios de los hijos.
* Además, registro civil de matrimonio.
* Los formatos se pueden bajar de las páginas web de los fondos de pensiones, pero la radicación de los documentos se hace de manera personal.


* ¿Qué pasa con los que no alcanzan a lograr una pensión?
Si el afiliado no cumple los requisitos, el sistema permite que retire sus saldos acumulados mediante los mecanismos de devolución de saldos (fondos) y la indemnización sustitutiva (Colpensiones).

Mi Contabilidadcom

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