Imagina que eres Ana, gerente de una microempresa en Medellín, y tu contadora te informa que desde julio de 2025 habrá cambios drásticos en cómo cotizas pensión para tus colaboradores y para ti misma como socia independiente. Sin entender del todo el “umbral de cotización obligatorio”, empiezas a sentir inquietud: ¿cuánto de mi salario deberá ir a Colpensiones y cuánto al fondo privado? ¿Qué pasará si alguien gana mucho más que ese límite? En el caso de Felipe, un diseñador freelance que gana ingresos fluctuantes, la duda es aún mayor. A muchos empresarios, independientes y contadores les inquieta si estos cambios generarán cargas nuevas, qué decisiones tomar hoy para no equivocarse mañana. En este artículo desmenuzo, con ejemplos prácticos y normativa actualizada, así operará el nuevo umbral de cotización pensionaria, para que entiendas tus obligaciones reales.
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Desde mi experiencia de más de 30 años, he visto muchas reformas que prometen simplificar el sistema pensional, pero pocas tienen impacto tan profundo como la que entra en vigencia (o podría entrar) desde el 1 de julio de 2025, según lo establecido por la Ley 2381 de 2024 (Sistema de Protección Social Integral para la vejez, invalidez y muerte).
Sin embargo, es indispensable aclarar que la Corte Constitucional devolvió la ley al Congreso por un vicio de trámite, lo que ha generado incertidumbre sobre su entrada en vigor. Dicho esto, muchos empresarios ya “se preparan para lo que pueda venir”, y es prudente que lo hagas tú también, para no quedarte atrás.
¿por qué se crea este umbral?
Hasta ahora, en Colombia el sistema pensional operaba bajo la Ley 100 de 1993 (y modificaciones), sin un “tope formal” que separara qué parte del salario cotiza en Colpensiones y qué parte podía ir a fondos privados salvo por topes máximos de salario base de cotización.
Con la reforma pensional, se busca:
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Aumentar la sostenibilidad fiscal del sistema público, colocando un límite (“umbral”) hasta el cual todos cotizarán en Colpensiones (prima media).
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Garantizar solidaridad: que quienes tengan ingresos mayores, contribuyan al sistema de ahorro individual complementario.
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Modular las cargas de aporte, y prevenir distorsiones que favorecían excesivamente a quienes ganaban mucho.
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Crear claridad operativa, al definir un punto de referencia (el umbral) para distribución de aportes.
Sin embargo, esta promesa viene con desafíos prácticos e interpretativos relevantes, que hoy debemos analizar.
¿Qué es el “umbral de cotización obligatoria”?
La propuesta normativa establece que, para quienes estén sujetos al nuevo sistema (no dentro del régimen de transición), los primeros 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) de tu ingreso serán cotizados a Colpensiones, y el excedente lo manejará una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).
Por ejemplo, en 2025 el umbral de 2,3 SMMLV equivaldría a $3.274.050 COP (según circular 43 de 2025). Si tú ganas $5.000.000, los primeros $3.274.050 deberán ir a Colpensiones y el resto —$1.725.950— al fondo privado designado.
Este mecanismo solo aplica si la reforma es declarada constitucional y se le da vida legal. Pero, hasta tanto eso suceda, sigue vigente el sistema clásico (Ley 100).
Para que apliques el umbral, debes estar en el grupo de personas bajo la nueva ley (no acogidas al régimen de transición). Las mujeres con 750 semanas cotizadas y los hombres con 900 semanas cotizadas a la fecha de entrada en vigor pueden permanecer bajo el sistema actual (Ley 100) si así lo deciden.
Reglas clave del umbral y cómo se aplica
Aquí desgloso los aspectos más importantes que debes dominar:
b) Distribución de aportes
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Hasta 2,3 SMMLV → cotización en Colpensiones.
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Excedente → parte al componente privado (ACCAI) si estás sujeto.
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Sin embargo, los aportes para los riesgos (invalidez y muerte) sobre el excedente también se trasladan según lo regulado, con límites y partidas específicas.
Casos prácticos: empresario, freelance, pyme
Al enfrentar esta transición, es vital que su área de nómina modifique sus procesos: calcular por separado lo que va a Colpensiones y lo que va a la ACCAI; ajustar la planilla PILA para reportes según el nuevo sistema.
Riesgos y oportunidades estratégicas
Riesgos si no te preparas a tiempo
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Errores en la liquidación de aportes que deriven en sanciones.
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Falta de elección de ACCAI y asignación automática que puede no favorecerte.
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Confusión operativa en nómina (PILA, sistemas contables).
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Que la reforma se retrase o cambie tras la revisión constitucional, y quedes con sistemas mal ajustados.
Oportunidades si actúas con anticipación
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Aprovechar para organizar tu nómina, incorporar automatización y control interno.
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Elegir bien la ACCAI: comparar rentabilidades, comisiones, trayectoria.
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Planificar flujos que asuman la porción de ahorro privado.
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Posicionarte como empresario moderno que anticipa riesgo normativo.
Qué hacer desde hoy: planes de acción
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Monitorea la decisión de la Corte ConstitucionalLa reforma aún no tiene total certeza.
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Simula escenariosHaz pruebas de nómina con el umbral (2,3 SMMLV) para tus colaboradores con distintos salarios.
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Define la ACCAI que aplicaríasIncluso si no debes elegir aún, revisa opciones del mercado (Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia) y analiza comisiones.
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Asegura tu sistema contable / nóminaSolicita a tu proveedor de software que prepare ajustes para dividir pagos a Colpensiones y ACCAI, y generación de reportes PILA modificados.
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Capacita al equipo de nómina y contabilidadExplica con ejemplos reales cómo cambiará la operación para que no haya errores.
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Haz una auditoría preventivaNosotros en Mi Contabilidad ofrecemos una revisión exprés sin riesgo para revisar tu nómina actual frente al nuevo umbral y proyectar costos y ajustes.
“Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.”
