María, productora teatral independiente, siente la incertidumbre cada vez que llega un contrato por prestación de servicios para el montaje de una obra. Mientras tanto, Julián, periodista freelance, extiende sus días entre notas y coberturas sin claridad sobre sus derechos laborales, y Carlos, joven atleta local, entrena con pasión pero sin garantías contractuales. Esta realidad no solo genera ansiedad, sino riesgos financieros y legales. La reforma laboral (Ley 2466 de 2025) ha entrado al rescate, proponiendo contratos formales para artistas, comunicadores y deportistas, y estableciendo reglas claras para proteger su dignidad, horarios, recargos y seguridad. Imagina el alivio de tener un contrato que reconozca tu labor con cobertura de salud, recargo nocturno y estabilidad.
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La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles. Con esa convicción, quiero acompañarte en este camino donde la formalización laboral ya no es una meta vaga, sino una herramienta de empoderamiento real para artistas, periodistas, comunicadores y deportistas. Soy Diana Cristina Cardona Cardona, Contadora Pública con más de 30 años de experiencia en contabilidad general, tributaria, laboral y financiera; experta en revisoría fiscal, SARLAFT/SAGRILAFT, UGPP, NIIF, auditoría y control interno. Cada día estudio la normativa vigente y nueva, incluyendo DIAN, UGPP, CTCP, Supersociedades, Ministerio del Trabajo y SIC, para traerte claridad, confianza y estrategias aplicables.
En Colombia, muchos trabajadores creativos e independientes han sido vulnerables: sin contratos claros, sin seguridad social, sin recargos por horas extras, sin estabilidad. Consideremos a Valentina, periodista radial y bloguera; a Andrés, creador de contenidos para video; y a Laura, actriz de teatro regional. Cada uno enfrenta barreras similares: flujos de ingresos irregulares, desconocimiento de sus derechos y poca protección frente a accidentes o cambios inesperados.
La Ley 2466 de 2025, promulgada el 25 de junio de 2025, introduce una reforma laboral significativa con disposiciones específicas para estos sectores. Esta norma busca reducir la informalidad, otorgar estabilidad y regular condiciones, mejorando la dignidad laboral y promoviendo el talento nacional.
Para deportistas profesionales y cuerpo técnico, el artículo 39 establece que los clubes, ligas y federaciones deben celebrar contratos laborales especiales. Estos contratos incluirán condiciones particulares de la disciplina, exclusividad, cláusulas sobre derechos de imagen y normas federativas y antidopaje, sin vulnerar derechos laborales ni imponer sanciones arbitrarias.
En el sector artístico y cultural, el artículo 41 establece que todo trabajador en las fases de creación (investigación, ensayos, producción, montaje, presentación, postproducción) debe vincularse con un contrato escrito. Este contrato debe contemplar objeto, duración, salarios y recargos, y asume carácter indefinido si no se establece por escrito. Además, si no hay descanso, se debe otorgar compensación, y deben garantizarse condiciones de seguridad y salud.
Finalmente, el artículo 42 subraya que los periodistas, comunicadores y trabajadores en medios están bajo la jornada laboral total bajo órdenes del empleador, con límite máximo legal, recargos, descanso compensatorio, y provisión de condiciones laborales seguras. Las cláusulas de confianza o dirección solo aplican en casos justificados.
Este marco legislativo es notablemente más avanzado que en otros países. Tomemos tres países cercanos como ejemplos: en México, aunque existen figuras como el contrato por honorarios, no se contemplan formalmente cláusulas de exclusividad ni de imagen como en Colombia; en Argentina, el sector cultural tiene contratos eventuales pero sin la extensión a todas las fases creativas ni a recargos uniformes; en Perú, existe formalización limitada para artistas, sin legislación deportiva tan detallada. Colombia, con la Ley 2466, marca una diferencia al exigir formalización integral, descanso compensatorio y garantías sin precedentes.
Primera fase: Análisis inicial. Diagnostico el estado actual: si tienes contratos (¿son claros?, ¿incluyen recargos, seguridad social?), detecto brechas como ausencia de seguridad social, jornadas incorrectas o riesgos por informalidad.
Segunda fase: Definición estratégica y normativa. Te ayudo a diseñar contratos basados en el artículo aplicable: deportistas, artistas o periodistas, con las cláusulas legales requeridas, cumplimiento NIIF en reconocimiento de ingresos y reservas si aplica.
Tercera fase: Implementación y acompañamiento. Elaboramos modelos contractuales digitales, con seguimiento continuo, conciliación de planillas en PILA, registro de nómina electrónica si corresponde, apoyo en revisoría fiscal, SARLAFT, exógena, control interno y alertas regulatorias. La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles.
Piensa en el caso de Martín, director de una compañía de danza, quien ahora incluye cláusulas de exclusividad y compensación en sus contratos, asegurando que sus artistas estén protegidos y la obra no pierda invitados por sanciones mal planteadas. O en el caso de Ana, periodista freelance, que ahora recibe seguridad social completa y recargos por jornada extendida.
Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria.
Además, puedes acceder a primera consulta gratis o una revisión exprés de tu contrato y planilla — sin riesgo alguno, donde te muestro cómo formalizar sin complicaciones.
Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.