Transformación en la Planilla PILA: Claves de la Resolución 000467 de 2025

 


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🏛️ Contexto Normativo

La Resolución 000467 de 2025, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, modifica la estructura de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) para alinearla con la Ley 2381 de 2024. Estos cambios buscan adaptar el sistema de seguridad social colombiano al nuevo esquema de protección social integral.

🔍 Principales Cambios Introducidos

1. Nuevos Tipos de Aportantes y Cotizantes

  • Tipo de Aportante 15 – Contratante: Permite a personas naturales o jurídicas asumir el pago de aportes a salud, pensión, riesgos laborales y, opcionalmente, caja de compensación familiar por sus contratistas. Esto se realiza mediante la planilla Y – Independientes empresas, utilizando el tipo de cotizante 59.

  • Cotizante 51 – Trabajador de Tiempo Parcial: Aplicable a trabajadores dependientes o independientes que laboran por periodos inferiores al mes. La cotización a pensión y caja de compensación se ajusta según los días trabajados, mientras que en riesgos laborales se cotiza por 30 días con un IBC de 1 SMMLV.

  • Cotizante 72 – Mujeres con Aporte a Pensión por Tercero: Dirigido a mujeres en condición de pobreza o bajos ingresos, sin vinculación laboral ni contractual, que pueden cotizar al pilar contributivo mediante el pago de un tercero, con un IBC igual a 1 SMMLV.

  • Subtipo de Cotizante 3 – No Obligado a Cotizar por Edad: Permite que personas mayores sin historial de cotización al régimen de prima media o con ciertas condiciones de edad, no estén obligadas a cotizar a pensión. Aplica también para quienes reciben la renta básica del pilar solidario.

2. Distribución Automática de Aportes

A partir de julio de 2025, los operadores de información serán responsables de distribuir automáticamente los aportes del pilar contributivo según el Ingreso Base de Cotización (IBC), sin requerir acción adicional por parte del cotizante o empleador.

3. Novedades Reportables en la PILA

Se amplía el catálogo de novedades que pueden reportarse en la PILA, incluyendo:

  1. Ingreso (ING)

  2. Retiro (RET)

  3. Traslados entre EPS o administradoras de pensiones

  4. Variaciones de salario

  5. Suspensiones o licencias no remuneradas

  6. Incapacidades, incluyendo cuidado de la niñez

  7. Licencias de maternidad/paternidad

  8. Vacaciones o licencias remuneradas

  9. Aportes voluntarios

  10. Variación de centros de trabajo

  11. Incapacidades por accidente o enfermedad profesional

📌 Implicaciones para Empresas y Trabajadores

Estos cambios representan una transformación significativa en la gestión de aportes al sistema de seguridad social. Es fundamental que empleadores, contratistas y trabajadores independientes comprendan y se adapten a estas modificaciones para garantizar el cumplimiento normativo y evitar sanciones.

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