En el entorno empresarial colombiano, la presentación de información exógena a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es una obligación fiscal crucial para garantizar la transparencia y el cumplimiento normativo. Con la entrada en vigor de nuevas resoluciones para el año gravable 2025, es esencial que las empresas y profesionales estén al tanto de las actualizaciones y requisitos para evitar sanciones y optimizar sus procesos contables.
Obligados a Presentar Información Exógena en 2025
Según la Resolución 000188 del 30 de octubre de 2024, modificatoria de la Resolución 000162 de 2023, están obligados a presentar información exógena por el año gravable 2025:
Personas Naturales y Asimiladas: Aquellas que durante los años gravables 2023 o 2024 hayan obtenido ingresos brutos superiores a 11.800 Unidades de Valor Tributario (UVT). Para 2024, esto equivale a $555.367.000 COP.
Personas Jurídicas, Sociedades y Asimiladas: Entidades que en los años gravables 2023 o 2024 hayan superado los ingresos brutos mencionados anteriormente.
Agentes Retenedores: Personas naturales o jurídicas obligadas a practicar retenciones y/o autorretenciones durante el año 2024.
Establecimientos Permanentes de Extranjeros: Incluye establecimientos de personas naturales no residentes y de personas jurídicas o entidades extranjeras.
Entes Públicos: Organismos del nivel nacional y territorial, tanto del orden central como descentralizado, que no estén obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio.
Novedades en los Formatos de Información Exógena
La Resolución 000188 de 2024 introdujo 13 nuevos formatos que deberán ser reportados para el año gravable 2025. Estos formatos buscan ampliar y detallar la información requerida por la DIAN, facilitando un control más exhaustivo de las operaciones económicas de los contribuyentes. Es fundamental que las empresas revisen estos nuevos formatos y ajusten sus sistemas contables para cumplir con los requisitos establecidos.
Plazos para la Presentación de Información Exógena en 2025
Último dígito NIT | Fecha límite de presentación |
---|---|
1 | 17 de abril de 2025 |
2 | 18 de abril de 2025 |
3 | 1 de mayo de 2025 |
4 | 2 de mayo de 2025 |
5 | 5 de mayo de 2025 |
6 | 6 de mayo de 2025 |
7 | 7 de mayo de 2025 |
8 | 8 de mayo de 2025 |
9 | 9 de mayo de 2025 |
0 | 12 de mayo de 2025 |
Últimos dígitos NIT | Fecha límite de presentación |
---|---|
01 - 05 | 13 de mayo de 2025 |
06 - 10 | 14 de mayo de 2025 |
11 - 15 | 15 de mayo de 2025 |
16 - 20 | 16 de mayo de 2025 |
21 - 25 | 19 de mayo de 2025 |
26 - 30 | 20 de mayo de 2025 |
31 - 35 | 21 de mayo de 2025 |
36 - 40 | 22 de mayo de 2025 |
41 - 45 | 23 de mayo de 2025 |
46 - 50 | 26 de mayo de 2025 |
51 - 55 | 27 de mayo de 2025 |
56 - 60 | 28 de mayo de 2025 |
61 - 65 | 29 de mayo de 2025 |
66 - 70 | 30 de mayo de 2025 |
71 - 75 | 2 de junio de 2025 |
76 - 80 | 3 de junio de 2025 |
81 - 85 | 4 de junio de 2025 |
86 - 90 | 5 de junio de 2025 |
91 - 95 | 6 de junio de 2025 |
96 - 00 | 9 de junio de 2025 |
Consecuencias de No Presentar Información Exógena a Tiempo
El incumplimiento en la presentación de la información exógena dentro de los plazos establecidos puede generar sanciones por parte de la DIAN, incluyendo:
Para evitar estos inconvenientes, es fundamental planificar con antelación y contar con un sistema contable eficiente que permita cumplir con estos requisitos sin contratiempos.
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Conclusión
La información exógena 2025 es una obligación clave para la transparencia fiscal en Colombia. Conocer los plazos, formatos actualizados y sanciones es esencial para evitar inconvenientes con la DIAN.
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