Evita Sanciones: Todo lo que Debes Saber sobre la No Consignación de Cesantías y el Pago de Intereses


En el ámbito empresarial, cumplir con las obligaciones laborales no solo es un acto de responsabilidad, sino también una forma de evitar sanciones económicas y legales. En esta ocasión, abordaremos las sanciones aplicables a empleadores que incumplen con la consignación de cesantías y el pago de intereses, destacando su importancia para la sostenibilidad empresarial y la seguridad financiera de los trabajadores.


¿Qué son las cesantías y sus intereses?

Las cesantías son una prestación social obligatoria en Colombia que corresponde a un mes de salario por cada año trabajado, cuyo propósito es proteger al empleado en situaciones de desempleo. Adicionalmente, los empleadores están obligados a pagar intereses sobre las cesantías, equivalentes al 12% anual del saldo acumulado, a más tardar el 31 de enero de cada año.


Obligaciones del empleador

  1. Consignación de cesantías:
    Los empleadores deben consignar las cesantías en el fondo seleccionado por el empleado antes del 14 de febrero de cada año.
  2. Pago de intereses:
    Los intereses de cesantías deben ser pagados directamente al trabajador antes de que finalice enero.

Sanciones por incumplimiento

  1. No consignación de cesantías:

    • Multa: Si el empleador no consigna las cesantías en el plazo establecido, deberá pagar al trabajador una indemnización equivalente a un día de salario por cada día de retraso, hasta que cumpla con esta obligación.
    • Intereses moratorios: Además, el empleador deberá cubrir los intereses de mora aplicables.
  2. No pago de intereses sobre cesantías:

    • Reclamación directa: El trabajador puede reclamar el pago de los intereses directamente al empleador.
    • Sanción adicional: La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) puede imponer sanciones adicionales si se detectan violaciones sistemáticas.

Actualización normativa a 2025

A la fecha, la normativa sobre cesantías y sus intereses sigue siendo la establecida en la Ley 50 de 1990 y el Código Sustantivo del Trabajo. Sin embargo, es importante monitorear posibles cambios legislativos que puedan impactar estas obligaciones. Si tienes dudas sobre el cumplimiento de estas normativas, te invitamos a agendar una consulta con nuestros expertos.


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