Formulario 260 del SIMPLE requiere prorratear una misma sanción en tres secciones diferentes


La Dian diseñó el formulario 260 dividiéndolo en 3 secciones independientes para cada impuesto.

No diseñó un único renglón para liquidar sanciones, sino que en cada sección incluyó renglones independientes.

El total de la suma de los tres renglones no puede ser inferior a la sanción mínima.

Siguiendo las instrucciones de los artículos 1.5.8.3.11 y 1.5.8.3.14 del DUT 1625 de 2016 (creados con el Decreto 1468 de agosto de 2019), la Dian diseñó el nuevo formulario 260 para la declaración anual del régimen simple del año gravable 2019, estableciendo 3 secciones diferentes para los tres impuestos que allí se liquidarán (impuesto SIMPLE, impuesto a la ganancia ocasional e INC de bares y restaurantes).

Sin embargo, en un hecho sin precedentes, la Dian no quiso diseñar un único renglón para que el contribuyente o la misma Dian liquiden las respectivas sanciones (por extemporaneidad, por corrección, etc.), sino que a cada sección le diseñó sus renglones de sanciones totalmente independientes, estableciendo que el total de la suma de los tres renglones de un mismo tipo de sanción no puede ser inferior a la sanción mínima (actualmente, $356.000; ver artículo 639 del Estatuto Tributario –ET– y los renglones 54 – sanción por extemporaneidad del impuesto SIMPLE; 70 – sanción por extemporaneidad del impuesto de ganancia ocasional; y 81 – sanción por extemporaneidad del INC de bares y restaurantes).

Al respecto, se puede entender que la única justificación válida para que la Dian haya decidido incluir renglones de sanciones independientes para cada uno de los tres impuestos que se liquidan dentro del formulario 260 radicaría en que está anticipándose a lo que sucederá cuando una parte del impuesto SIMPLE tenga que ser trasladado a los municipios (el valor del ICA), lo cual no sucede por el año gravable 2019, pero sí ocurrirá desde el año gravable 2020 en adelante. En un caso como este, es claro que hasta los municipios van a solicitar que el impuesto que les corresponda incluya sus respectivas sanciones e intereses de mora.

Ahora bien, el problema radica en el hecho de que en las instrucciones del formulario se exige que los tres valores iniciales de un mismo tipo de sanción (por ejemplo, la sanción por extemporaneidad) no pueden sumar un valor inferior al de la sanción mínima.
“los tres valores iniciales de las sanciones se deberán prorratear para incrementarlos de forma proporcional hasta que la suma de los tres montos alcance por lo menos el equivalente a la sanción mínima”

Por tanto, cuando ello suceda, el instructivo del formulario estableció, como algo sin precedentes, que los tres valores iniciales de las sanciones se deberán prorratear para incrementarlos de forma proporcional hasta que la suma de los tres montos alcance por lo menos el equivalente a la sanción mínima.

En efecto, y por citar un ejemplo sencillo, si los valores iniciales de los renglones 54 + 70 + 81 equivalen a $80.000 + $30.000 + $50.000 = $160.000, el contribuyente tendrá que realizar los siguientes cálculos para elevar de forma proporcional cada uno de tales valores, de manera que la suma final arroje el valor de $356.000:

Renglón

Nombre

Valor inicial

%

Valor final

54

Sanción por extemporaneidad del impuesto SIMPLE

$80.000

($80.000/$160.000)
50 %

$178.000

70

Sanción por extemporaneidad del impuesto de ganancia ocasional

$30.000

($30.000/$160.000)
19 %

$68.000

81

Sanción por extemporaneidad del INC de bares y restaurantes

$50.000

($50.000/$160.000)
31 %

$110.000

Totales

$160.000

100 %

$356.000


Sin embargo, es claro que el cálculo anterior se volverá complejo cuando el contribuyente tenga valores iniciales de $0 para cada uno de los renglones 54, 70 y 81. Supóngase que se trata de la declaración extemporánea de un contribuyente que no tiene ningún tipo de impuesto a cargo en ninguna de las tres secciones del formulario, tampoco tiene ingresos brutos en ninguna de tales secciones ni posee un patrimonio líquido positivo del año anterior; ver artículo 641 del ET.

En un caso como ese, ¿de qué forma se podrá prorratear el valor de los $356.000 de la sanción mínima para distribuirlo en los tres renglones del mismo formulario 260? Esto no quedó contemplado en los instructivos del formulario 260.

Por lo anterior, imaginamos que la Dian tendrá que expedir otro comunicado adicional antes de las fechas de vencimientos de la declaración (que justamente transcurrirán entre octubre 22 y 28 de 2020), indicando que lo único que se podrá hacer es prorratear en partes totalmente iguales el valor de los $356.000.

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