Cambios regulatorios que impactarán el comercio exterior con la expedición del Decreto 1165 de 2019


Luisa Fernanda Hernández analiza la reglamentación y los principales cambios introducidos por el nuevo Estatuto Aduanero. Los decretos 2685 de 1999, 390 de 2016, y el 2147 de 2016 fueron derogados. De igual manera, se prescribe el formulario 530 para la declaración de equipaje, dinero y títulos. 

Con la expedición del Decreto 1165 de 2019, el cual entró en vigor a partir del 3 de agosto de 2019, el Gobierno nacional busca consolidar la regulación aduanera para facilitar las operaciones de comercio exterior y dictar reglas claras para garantizar el control adecuado de las importaciones y exportaciones a nivel nacional. 

Luisa Fernanda Hernández, gerente de Aduanas y Cambios de BDO en Colombia analiza la reglamentación y presenta los principales cambios introducidos por el nuevo Estatuto Aduanero. 
Estabilidad jurídica 

Desde el punto de vista de Hernández, con el nuevo documento, que compila las disposiciones en materia aduanera y deroga las disposiciones anteriores (Decreto 2685 de 1999 y Decreto 390 de 2016, así como el Decreto 2147 de 2016 sobre zonas francas), la Dian recupera la institucionalidad y se cierran las brechas por diferencia de interpretaciones sobre vigencias, al tener un solo documento vigente en su totalidad. 
Incorporación y ajuste a definiciones 

Incorpora nuevas definiciones, como certificación de origen no preferencial, destinatario, inspección previa, mandato aduanero y servicios informáticos electrónicos, a la vez que sustituye el término “operador de comercio exterior” por el de “usuario aduanero”. Hernández explica que también se modifican las definiciones de endoso aduanero, medios irregulares, residente en el exterior, tráfico postal, tributos aduaneros y zona primaria aduanera. 
Cambios para las agencias de aduanas 

Estas entrarán a responder administrativamente por las faltas aduaneras que se llegaran a cometer, o cuando incidan en las faltas de sus mandantes. También tendrán responsabilidad directa por el pago de los tributos aduaneros y sanciones en los casos que determine la ley, entre otros. 
Bienes de capital 

Se disminuye la garantía al 50 % y se amplía el término a dos años para los bienes de capital, aeronaves, embarcaciones marítimas o fluviales que ingresen temporalmente al país para reparación o acondicionamiento. 
Modalidad de viajeros 
“se prescribe el formulario 530 para la declaración de equipaje, dinero y títulos representativos a menos de que el viajero tenga algo que declarar en su ingreso al país”

Se amplía el cupo de mercancía para la modalidad de viajeros de 4.000 a 5.000. Hernández explica que para el equipaje de franquicia se aumenta el cupo a 2.000 dólares y para el equipaje con tributo único también a 3.000 dólares, y se prescribe el formulario 530 para la declaración de equipaje, dinero y títulos representativos a menos de que el viajero tenga algo que declarar en su ingreso al país. 
Economía naranja 

Se reafirman incentivos aduaneros, específicamente para la industria audiovisual en cuanto a importación de equipos profesionales de cinematografía, obras audiovisuales de cualquier género y películas cinematográficas, siempre y cuando se cuente con el visto bueno del Ministerio de Cultura. 
Legalizaciones y rescate 

Se extiende de 15 a 30 días la legalización y rescate de las mercancías, la cual podrá realizarse con o sin pago de rescate, tanto en temas de sobrantes como de errores u omisiones parciales en la descripción de las mercancías. 
Centros de distribución logística internacional 

Como novedad, el decreto establece que los centros de distribución pueden coexistir con depósitos públicos, siempre y cuando el titular del predio sea el mismo dueño del puerto o aeropuerto. Asimismo, se permite que se amplíen a lugares no adyacentes, siempre que el área esté ubicada dentro del mismo puerto, aeropuerto o infraestructura logística especializada. 
Depósitos públicos 

Con el fin de mantener la seguridad aduanera, se dispuso que los depósitos públicos pueden almacenar y custodiar mercancías nacionales o nacionalizadas, sin que las mismas deban estar separadas dentro del depósito, pero sí deberán poder ser identificadas y ubicadas electrónicamente en cualquier momento. 
Sanciones 

Hernández destaca que las sanciones vigentes estaban tasadas en salarios mínimos legales mensuales, y ahora el Decreto 1165 las determina en unidades de valor tributario –UVT–.

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