Sociedades del grupo 3 que deberán entregar estados financieros 2018 en papel a Supersociedades


El numeral 1.4 de la Circular 201-000005 de noviembre 9 de 2018, expedida por la Supersociedades, menciona que las sociedades del grupo 3 que tengan condiciones de vigiladas o controladas tendrán que entregar en papel en las sedes de la Supersociedades sus estados financieros de 2018, a más tardar el 30 de abril de 2019. 
“sociedades “vigiladas y/o controladas” por dicha superintendencia, tendrán la tarea de entregar en papel sus estados financieros básicos de 2018 en las sedes físicas de la Supersociedades, a más tardar el 30 de abril de 2019”

Tal como lo destacamos en un editorial de noviembre del año anterior, el numeral 1.4 de la Circular 201-000005 de noviembre 9 de 2018, expedida por la Supersociedades, dispuso que las sociedades que pertenezcan al grupo 3 de la convergencia a Normas Internacionales de Información Financiera, pero que a diciembre 31 de 2018 tuvieran la condición de sociedades “vigiladas y/o controladas” por dicha superintendencia, tendrán la tarea de entregar en papel sus estados financieros básicos de 2018 en las sedes físicas de la Supersociedades, a más tardar el 30 de abril de 2019. 

La norma en cuestión establece expresamente lo siguiente: 

“1.4 Plazo para el envío de los Estados financieros a 31 de diciembre de 2018, separado o individual, para grupo 3 Contabilidad simplificada. 

Los preparadores de información financiera que conforman el grupo 3, en virtud del Decreto Reglamentario 2706 de 2012, modificado por el Decreto 3019 de 2013 y compilado en el Título 3 del Decreto 2420 de 2015, siempre que se encuentren sometidos a la vigilancia o control de esta Superintendencia, deberán remitir los estados financieros, con sus respectivas notas, debidamente suscritos, con el alcance de lo previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, en formato comercial (papel) a más tardar el 30 de abril de 2019. Estas entidades empresariales NO deben remitir el informe 42 de que trata el numeral 2 de la presente circular.” 

Al respecto, es importante destacar que desde los reportes de los estados financieros de 2015, los cuales se han estado elaborando conforme a los nuevos marcos normativos bajo Estándares Internacionales, la Supersociedades solo había estado solicitando información a las sociedades vigiladas y controladas que pertenecieran a los grupos 1 y 2 (las cuales entregan sus reportes usando el software especial XBRL EXPRESS), pero no le había solicitado información a las sociedades vigiladas y controladas que pertenecieran al grupo 3. 

Además, para las sociedades que pertenecen al grupo 3 que no tienen la categoría de “vigiladas y controladas”, sino solo la categoría de simples “inspeccionadas”, la Supersociedades no había solicitado información nuevamente desde los reportes de 2014. 

Al respecto, para saber si una sociedad tiene o no la condición de “vigilada o controlada” ante la Supersociedades, es necesario repasar los artículos 82 a 85 de la Ley 222 de 1995 y los decretos 4350 de diciembre 4 de 2006 y 2300 de junio 25 de 2008, los cuales quedaron recopilados en los artículos 2.2.2.1.1.1 hasta 2.2.2.1.2.5 del DUR 1074 de mayo de 2015 del Ministerio de Comercio. También se puede hacer la consulta directamente en una base de datos especial publicada en la página de la Supersociedades, en la cual se puede comprobar si la sociedad consultada tiene la condición de “inspeccionada” o si ya tiene la condición de “vigilada o controlada”. 
Consulta de información para el público en general 

Es importante destacar que una vez sean entregados los estados financieros antes mencionados, el numeral 7 de la Circular 201-000005 de noviembre de 2018 establece que la Supersociedades permitirá, a partir de mayo 15 de 2019, que todos los interesados puedan consultar las cifras que terminen siendo entregadas por los reportantes. 

Lo anterior se logrará accediendo al portal de información empresarial –PIE– (inicialmente llamado “sistema de información empresarial –SIE–”) que la Supersociedades estrenó en mayo de 2016. En dicha plataforma (que ahora contiene los accesos para entrar a consultar información reportada tanto en normas internacionales como en PCGA-COLGAAP, como se hacía anteriormente) se pueden consultar los reportes individualizados de las diferentes empresas. 



https://actualicese.com/actualidad/2019/03/06/sociedades-del-grupo-3-que-deberan-entregar-estados-financieros-2018-en-papel-a-supersociedades/?referer=email&campana=20190306&accion=click&utm_source=boletin&utm_medium=email&utm_campaign=20190306&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

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