Decreto único de Estándares Internacionales: aprenda a revisarlo correctamente



El DUR 2420 de 2015 es el decreto único reglamentario de la Ley 1314 de 2009, que compila la normativa vigente sobre la aplicación de normas técnicas de información financiera y aseguramiento. En este editorial mencionamos las novedades que incorporó MinCIT con el Decreto 2483 de diciembre 28 de 2018. 

Como consecuencia del advenimiento de tantas normas relacionadas con los marcos técnicos normativos, se crea el DUR 2420 de 2015. Este decreto único compila los decretos reglamentarios de la Ley 1314 de 2009, y contiene todo lo relativo a las Normas Internacionales de Información Financiera y a las Normas de Aseguramiento de la Información que deben aplicar las empresas y profesionales contables para preparar y presentar sus datos. Cabe anotar que a pesar de las modificaciones e incorporaciones realizadas a este decreto único, para algunos efectos puntuales no existe referencia. En ese caso se deben revisar otras normas, como el Código de Comercio, el Estatuto Tributario, e incluso el Decreto 2649 de 1993 (ver numeral 3 del artículo 2.1.1 del DUR 2420 de 2015). 

De acuerdo con lo anterior, si bien el DUR 2420 de 2015 se genera con el fin de simplificar la búsqueda de información, se ha convertido en una estructura complicada para algunos de los profesionales que desean apoyarse en esta normativa para su labor diaria. Por tanto y con fines académicos, en este editorial hablaremos de su organización y los puntos que es importante tener en cuenta para ubicar de forma más fácil la información que contiene. 
Estructura del DUR 2420 de 2015 

El DUR 2420 de 2015 contiene 2 libros. En el libro 1 se encuentra el reglamento de las normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento; y en el libro 2 las vigencias y derogatorias. A continuación, mencionamos su estructura: 

¿Cómo identificar a qué tema corresponde cada artículo? 

Los artículos se componen de una secuencia de 4 números, los cuales corresponden en su respectivo orden a libro, parte, título y número. A continuación, ilustramos como ejemplo el artículo 1.1.3.2 que menciona el ámbito de aplicación de las Normas de Información Financiera para el grupo 3. 


Por su parte, los artículos incluidos en el título 4 de regímenes especiales se componen de 5 números, los cuales corresponden en su respectivo orden a libro, parte, título, capítulo y número. A continuación ilustramos como ejemplo el artículo 1.1.4.5.1, que menciona el régimen normativo para entidades del grupo 1 que sean vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria, las cuales hacen parte de los regímenes especiales para la aplicación de normas de contabilidad e información financiera. 

 
Regímenes especiales 

Conforme a la estructura mencionada, el título 4 de la parte 1 del libro 1 del DUR 2420 de 2015 contiene la reglamentación de regímenes especiales en 6 capítulos, de la siguiente forma: 

Capítulo 1: normas para los preparadores de información financiera del grupo 1, caso por ejemplo de emisores de valores, entidades y negocios de interés público que cuenten con una planta de personal mayor a 200 trabajadores o con activos totales superiores a 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv) y que, adicionalmente, cumplan con cualquiera de los siguientes parámetros: 
Ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera que aplique Estándar para Plenas. 
Ser subordinada o matriz de una compañía nacional que deba aplicar Estándar para Plenas. 
Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen Estándar para Plenas. 
Realizar importaciones o exportaciones que representen más del 50 % de las compras o de las ventas respectivamente (ver Decreto 1851 de 2013 y modificaciones realizadas por el Decreto 2267 de 2014 y el Decreto 2131 de 2016). 

Capítulo 2: normas aplicables a las sociedades de capitalización, sociedades comisionistas de bolsa, sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías, sociedades fiduciarias, bolsas de valores, bolsas de bienes y productos agropecuarios, y las demás mencionadas en el numeral 2 del artículo 1.1.1.1 del DUR 2420 de 2015 (ver Decreto 2267 de 2014 y modificaciones realizadas por el Decreto 2496 de 2015). 

Capítulo 3: normas aplicables a los portafolios de terceros administrados por las sociedades comisionistas de bolsa de valores, los negocios fiduciarios y cualquier otro vehículo de propósito especial (incluye parte del Decreto 2267 de 2014). 

Capítulo 4: cronograma aplicable a los preparadores de información financiera del sistema general de seguridad social en salud y cajas de compensación familiar que se clasifican dentro del grupo 2 (incluye parte del Decreto 2496 de 2015). 

Capítulo 5: normas aplicables a los preparadores de información financiera vigilados por la Superintendencia de la Economía Solidaria. 

Capítulo 6: lineamientos para el tratamiento de los aportes sociales en entidades de naturaleza solidaria (incluye parte del Decreto 2101 de 2016). 
¿Dónde se encuentran los lineamientos técnicos incluidos? 

A partir de la expedición del DUR 2420 de 2015, y hasta 2017, se generaron diferentes decretos que incorporaron varios anexos a este DUR 2420. Estos decretos contienen los lineamientos técnicos que se deben aplicar al emitir información financiera y de aseguramiento, y en Colombia se han ido incorporando en la medida en que se aprueba la aplicación de las enmiendas y novedades expedidas por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad –IASB– (por sus siglas en inglés) y el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento –IAASB– (por sus siglas en inglés). 

Ahora bien, con el fin de simplificar el trabajo de los preparadores de información y para compilar parte de la regulación posterior a la expedición del DUR 2420 de 2015, el 28 de diciembre de 2018 el MinCIT expidió el Decreto 2483 de 2018, que sería guía para revisar los lineamientos técnicos en cuanto a preparación de información financiera en las entidades de los grupos 1 y 2. Del mismo modo, siguen vigentes para otros fines algunos de los decretos expedidos antes del que nos ocupa. A continuación, mencionamos cómo quedó la regulación técnica en cuanto a información financiera y de aseguramiento, la relación de los anexos según las modificaciones normativas que se han suscitado, y cuál anexo debe revisarse para cada grupo emisor. Recomendamos guiarse por los títulos en negrilla y posteriormente identificar los anexos y la normatividad relacionada con cada título. 

Grupo 1 
El artículo 2 del Decreto 2483 de 2018 incorpora al DUR 2420 de 2015 el Anexo técnico compilatorio No. 1 de las normas de información financiera NIIF grupo 1, el cual compila y actualiza los siguientes anexos de acuerdo con las correcciones de redacción realizadas por el IASB. Las fechas de vigencia de los decretos compilados siguen siendo las mismas. 
Anexo 1. Incluye las normas técnicas a aplicar en empresas del grupo 1 (Decreto 2784 de 2012, modificado por los decretos 1851, 3023 y 3024 de 2013 y 2615 de 2014). 
Anexo 1.1. Incluye modificaciones al anexo 1, realizadas por el Decreto 2496 de 2015
Anexo 1.2. Incorporado por el Decreto 2131 de 2016, incluye normas técnicas a aplicar en empresas del grupo 1. 

Grupo 2 
El artículo 4 del Decreto 2483 de 2018 incorpora al DUR 2420 de 2015 el Anexo técnico compilatorio No. 2 de las normas de información financiera NIIF para las pymes grupo 2. En este se compilan y actualizan los siguientes anexos de acuerdo con las correcciones de redacción realizadas por el IASB (las fechas de vigencia de los decretos compilados siguen siendo las mismas). 

Anexo 2. Incluye las normas técnicas a aplicar en empresas del grupo 2 (Decreto 3022 de 2013 modificado por el Decreto 2267 de 2014) y la sección 23 del Estándar para Pymes (incorporada por el Decreto 2496 de 2015). 
Anexo 2.1 Incluye modificaciones al anexo 2, realizadas por el Decreto 2496 de 2015, y la incorporación del párrafo 29.13, realizada por el Decreto 2170 de 2017

Grupo 3 
Anexo 3. Marco técnico normativo para grupo 3 (contenido en el Decreto 2706 de 2012, cuyas modificaciones fueron introducidas por el Decreto 3019 de 2013). 

Normas de Aseguramiento de la Información 
Anexo 4. Marco técnico normativo de Normas de Aseguramiento de la Información –NAI– que incluye: Normas Internacionales de Auditoría –NIA–, Normas Internacionales de Control de Calidad –NICC–, Normas Internacionales de Trabajos de Revisión –NITR–, Normas Internacionales de Trabajos para Atestiguar –ISAE–, Normas Internacionales de Servicios Relacionados –NISR– y el Código de Ética de la IFAC (contenido en el Decreto 302 de 2015). 
Anexo 4.1. Marco técnico normativo que modifica el anexo 4 (incorporado por el Decreto 2132 de 2016). 
Anexo 4.2. Marco técnico normativo que modifica parcialmente las normas de aseguramiento (incorporado por el Decreto 2170 de 2017). 

Empresas que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha 
Anexo 5. Marco técnico normativo de información financiera para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha (incorporado por el Decreto 2101 de 2016).


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