Firma de contador en declaración de IVA con saldo a favor de persona natural que no declara virtualmente


No todas las personas que llevan contabilidad y pertenecen al régimen común del IVA están obligadas a declarar virtualmente. Por tanto, si sus declaraciones de IVA se presentan en papel y arrojan saldo a favor, se necesitará la firma de un contador y actualizar previamente el RUT. 

La norma contenida en la Resolución 12761 de diciembre de 2011 (modificada hasta el momento con las resoluciones 000019 de febrero 28 de 2012 y 000021 de febrero de 2017) continúa siendo la norma con la cual se define cuáles son los contribuyentes obligados a presentar de forma virtual sus declaraciones tributarias ante la Dian. 

Ahora bien, y de acuerdo con lo contemplado en los artículos 1 y 3 de dicha resolución, es posible que algunas personas naturales obligadas a llevar contabilidad y que pertenecen al régimen común del IVA no queden obligadas a presentar sus declaraciones de dicho impuesto en forma virtual, pues no les aplica ninguno de los 14 criterios que se mencionan en dichas normas. 

Siendo claro lo anterior, es posible que las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y que pertenezcan a régimen común del IVA, pero que declaran en papel, puedan llegar a necesitar ocasionalmente la firma de un contador a causa de que alguna o varias de sus declaraciones de IVA arrojen saldos a favor. Así lo indica la norma del inciso segundo del numeral 6 del artículo 602 del ET, en la cual se lee lo siguiente: 

“Artículo 602. Contenido de la declaración bimestral y cuatrimestral de ventas. La declaración bimestral <y cuatrimestral> deberá contener:
1..
2..
3..
4..
5…
6.(inciso segundo). Los demás responsables y agentes retenedores obligados a llevar libros de contabilidad, deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas o la declaración mensual de retención en la fuente, según sea el caso, firmada por contador público, vinculado o no laboralmente a la empresa, cuando el patrimonio bruto del responsable o agente retenedor en el último día del año inmediatamente anterior o los ingresos brutos de dicho año, sean superiores a 100.000 UVT, o cuando la declaración del impuesto sobre las ventas presente un saldo a favor del responsable.” 

(El subrayado es nuestro) 

Frente a la situación anterior, surge el interrogante: el responsable del IVA en el régimen común, que lleva contabilidad y declara en papel, pero que requiere ocasionalmente la firma de un contador a causa de un saldo a favor en dicha declaración, ¿también deberá actualizar previamente la página 3 de su respectivo RUT con los datos de dicho contador? 

En relación con lo anterior, siempre se ha entendido que en la página 3 del RUT de los contribuyentes deberán figurar los datos del revisor fiscal o contador que firme sus declaraciones tributarias, sin importar si dicha firma es algo habitual o si es simplemente ocasional, y sin importar si el contribuyente declara de forma virtual o en papel. 
“la persona natural que declara en papel y requiere ocasionalmente la firma de un contador para su declaración de IVA que se presentará con saldo a favor, también deberá actualizar la página 3 de su RUT”

Por tanto, podemos entender que la persona natural que declara en papel y requiere ocasionalmente la firma de un contador para su declaración de IVA que se presentará con saldo a favor, también deberá actualizar la página 3 de su RUT con los datos de dicho contador, antes de presentar la respectiva declaración. 

La buena noticia es que dicha actualización se puede hacer en cualquier momento en el portal de la Dian y sin necesidad de contar con firma electrónica (antiguamente firma digital). Solamente se necesita tener creada una cuenta de usuario (ver cartilla de la Dian sobre actualización del RUT y el boletín sobre actualización del RUT en línea sin firma electrónica).


https://actualicese.com/actualidad/2018/11/15/firma-de-contador-en-declaracion-de-iva-con-saldo-a-favor-de-persona-natural-que-no-declara-virtualmente/?referer=email&campana=20181115&accion=click&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

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