El aumento de la UVT para 2019 sería de 3,36%

Esta base para determinar todos los pagos tributarios y que se oficializa por parte de la DIAN a través de un decreto, se determina con el Índice de Precios al Consumidor para ingresos medios de los últimos 12 meses, con corte al primero de octubre.

 

Saber cuál será la UVT de 2019 es importante para que todas las personas que deben pagar impuestos hagan su planeación tributaria en lo que queda del año. La cifra que se toma para ese cálculo está determinada por el artículo 868 del Estatuto Tributario, el cual señala que la UVT es la medida que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a impuestos y las obligaciones administradas por la DIAN. 

El dato de la inflación de los últimos 12 meses con corte al 1 de octubre lo dio a conocer el DANE de forma preliminar en su más reciente informe de inflación cuya información oficial está al 30 de septiembre de 2018. En ese documento se proyectó que la inflación anual a 2018 para ingresos medios llegó a 3,36%. Como la información está con corte al último día de septiembre es probable que la inflación de los últimos 12 meses entre el 1 de octubre de 2017 y 1 de octubre de 2018 cambie solo ligeramente. 

Entonces resulta q1ue a la actual UVT de 2018, que está en $33.156 solo habría que incrementarle los $1.114, con lo cual la UVT de 2019 sería de $34.270, a manera de cálculo preliminar. El dato es importante sobre todo para los asalariados que son objeto del pago de retefuente, una forma de recaudo del impuesto de renta. 

Cabe aclarar que si en la Ley de Financiamiento (aún sin presentar al Congreso) no hay cambios en materia de impuestos para las personas naturales, seguirá vigente la disposición de la Ley 1819 de 2016, que fue la pasada Reforma Tributaria, la cual señala que los ingresos a partir de 95 UVT son objeto de retención en la fuente. 

De ahí se desprende que aquellos trabajadores con salarios desde $4.770.183 se les practicará la retefuente. Pero para llegar a ese valor hay que hacer un ejercicio: 
Ingresos brutos (100%) = $4.770.183 
Pago de seguridad social (9%) = $429.315. Se obtiene de: Salud (4%) = $190.807 / Pensión (4%)= $190.807 y Aporte a fondo de solidaridad (1%) = $47.701. 
Salario que queda después de aportes: $4.340.868. 

A ese salario se le saca la renta exenta de 25% = $1.085.217 y el restante 75% es el ingreso laboral gravable (los 95 UVT), que son $3.255.651. 

Con esta información a la mano, usted puede empezar a hacer su calendario tributario del 2018 y también podrá anticiparse al valor de las multas y sanciones que correrán por cuenta de no presentar a tiempo esta obligación.

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