Personas naturales, al declarar renta, apretadas para el 2018


Por reforma tributaria del 2016. Ahora las deducciones, de ningún modo, superarán el 40%. Alistar desde ya la declaración es la recomendación de expertos. 

Andrés González, profesor universitario, pagó este año $5 millones en impuestos. Según el análisis de su contadora, para el próximo año, debido a la reforma tributaria del 2016, pagará $15 millones. La cifra aumentó el 200%.

Son $10 millones más que podría haber utilizado para un viaje, compra de vehículo, ahorro u otra libre inversión, pero ahora ese dinero quedará en manos del Gobierno.

Ana María Forero, abogada y especialista en derecho tributario de la firma Asesorando LTDA, explicó que los más afectados con la declaración de renta en el 2018 serán las personas que tienen menores ingresos.

"La tabla de cobros es progresiva y llega un momento en el que se nivela después de superar un valor". Agrega que cuando alcanza cierto monto, el impuesto no sube. "Es una reforma que afecta el bolsillo de las personas naturales", aseguró. ¿Por qué? Todo es debido a la nueva Ley 1819 de 2016 o Reforma Tributaria.

Antes de esta norma existían diferentes clasificaciones de las personas naturales como: empleados, trabajadores por cuenta propia y otras categorías. Según la categoría se aplicaba una regla para calcular cuánto se debía pagar de impuestos. Eso desapareció.

Ahora la Ley divide a las personas, dependiendo del tipo de ingresos que reciben, agrupándolos en cinco categorías denominados cédulas. (Ver recuadro).

"Cada cédula tiene una forma de liquidar y una tarifa. Al final se suman los impuestos dependiendo de las cédulas que una persona tenga", explicó Forero. Quiere decir que un contribuyente puede estar en una cédula o hasta en las cinco.

Pocos descuentos

Los llamados asalariados tenían antes diferentes posibilidades para obtener descuentos tributarios como el ahorro de pensiones voluntarias o la adquisición de vivienda, además de gastos relacionados con la actividad que ejercía.

También existía un máximo de descuentos que se elegía entre el 30% del ingreso que usted recibía en el año o 3 mil 800 Unidades de Valor Tributario (U.V.T), fijada en $31.859.

Por ejemplo, si usted se ganaba en un año $500 millones, la máxima deducción era del 30% o de $121 millones. Este último valor sale de multiplicar las 3 mil 800 (U.V.T) por el precio fijado.

Tenga en cuenta ademas que todas las personas antes tenían una renta exenta del 25%. Sumándolo, usted podría tener un descuento hasta del 55%.

La norma ahora pone otro tope para los descuentos y no puede ser superior al 40% de los ingresos netos. "Se disminuyen los beneficios y se aumenta la base gravable. Hoy planear sus impuestos es diferente", aseguró Ana María Forero.

El sector cafetero está afectado por estas medidas, pues tenía un descuento si pertenecían al Impuesto Mínimo Alternativo Simplificado (IMAS). Este caso podría ser el de un cafetero que el año pasado tuvo ingresos cercanos a $330 millones y pagó impuestos de $1 millón 400 mil. Ahora debe acreditar costos y gastos de $300 millones, de lo contrario el impuesto se le incrementaría hasta en $100 millones.

Para varias personas ahora el trámite va a ser más complejo y, aunque generalmente queda en manos de expertos, esto obliga al cafetero a sustentar y a realizar el papeleo de cada gasto.

Recomendación

La recomendación de expertos es empezar a planear desde ya la declaración de renta del 2018 para que después no tenga problemas económicos. "Si deja la consulta para el otro año no hay nada que hacer por la falta de tiempo y de conseguir cada papel. Se le va a liquidar sin recomendaciones que le ayuden a su bolsillo", comentó la experta.

Con su contador o persona de confianza en la declaración de renta debe estudiar su caso, pues cada uno es particular. La mejor recomendación es estudiar a qué tipo de cédula pertenece y de qué manera sustentar gastos o descuentos.

Jorge Iván Orozco, contador público egresado de la Universidad de Manizales y expresidente del Centro de Contadores de Manizales (Cedeconta), aseguró que ahora las personas naturales obligadas a declarar renta deben ser más cuidadosas con sus gastos y documentos que acrediten inversiones. También hizo un llamado a digitalizar toda la información dado que es obligación presentarla en medios magnéticos. "No pueden dejar para última hora la declaración de renta. Una buena organización dependiendo de su actividad económica es la clave para no tener complicaciones", explicó.

Lo nuevo

– Ahora se dividen a las personas por cédulas y se clasifican los ingresos. No hay categorías de personas.

– Se limitan los descuentos especiales y la renta exenta (lo que no tiene impuestos).

– Se gravan todos los dividendos.

– Cambiaron las tarifas.

– Aumenta renta presuntiva

Las cuentas de Ahorro y Fomento a las Construcción (AFC) siguen con beneficios tributarios, pero se ven afectadas al estar dentro del tope de no superar un descuento del 40%, que ahora exige la norma.

Las cinco cédulas

*Rentas de trabajo.

*Rentas de pensiones.

*Rentas no laborales.

*Rentas de capital.

*Rentas de dividendos y participaciones.

Deben declarar renta las personas naturales con:

Ingresos superiores o iguales a $3 millones 717 mil mensuales. Así mismo, el patrimonio bruto debe ser inferior, en el último día del año o período gravable, a $143 millones 366 mil.

Recuerde que presentar la declaración de renta no significa siempre pagar impuestos.

http://www.lapatria.com/economia/personas-naturales-al-declarar-renta-apretadas-para-el-2018-387967

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