Cómo calcular la liquidación laboral y la indemnización por despido?

Haga cuentas antes de que su empresa lo liquide, así podrá saber si le están entregando el monto completo y además podrá prepararse con un presupuesto para los días de desempleo. 

Si a usted lo liquidan año a año, tuvo que renunciar a su empleo o peor aún, le finalizaron el contrato por “X o Y” motivo, este artículo le interesa sí o sí, pues lo más seguro es que usted ya esté preocupado por lo que va a ser de su futuro económico, no sabe si se quedará desempleado y si los recursos que va a recibir son los suficientes para sobrevivir mientras encuentra otra ocupación.

Sabemos que el proceso es difícil y que mientras digiere su situación, usted no está pensando en trámites, ni procesos. Sin embargo, siempre es importante que esté actualizado de su situación laboral, porque puede pasar que en el último momento se de cuenta de que le dejaron de pagar uno o dos meses de salud y pensión, que no le consignaron las cesantías o que sencillamente hubo algún error en el proceso de liquidación.

Así que si usted ya anunció su retiro a la empresa o más bien le dijeron sobre su despido, la tarea que tiene pendiente es la de calcular cuánto recibirá de liquidación y cuál es el presupuesto que debe tener, para el dinero que va a recibir le alcance el mayor tiempo posible. 

Por otro lado, debe tener presente que si lo despiden sin justa causa, usted tendría derecho a un dinero extra por indemnización, por lo que tendría que hacer unos cálculos adicionales al de la liquidación. 

Usted se preguntará ¿cuándo es un despido sin justa causa? Ante ese cuestionamiento, le explicamos que son dos las cosas las que se deben tener en cuenta en este concepto, según Giovanna Rojas, socia de la firma de abogados Am Grupo Jurídico. La primera, es el Código Sustantivo de Trabajo que es la norma que regula a trabajadores y empleadores, en donde se exponen cuáles son las causales de justa causa para despido. Y la segunda, el reglamento interno de trabajo, porque si se incumple con algo en lo que allí se cite tampoco habrá lugar a una indemnización sin justa causa. 

Sin embargo, Rojas explica que en el proceso de indemnización se deben respetar los derechos fundamentales: el debido proceso y el derecho a la defensa. Se deben hacer los descargos necesarios a la persona antes de acusarla en un memorando, por ejemplo, de robo de algún producto o servicio, en ese caso la empresa no puede simplemente denunciar a alguien sin antes ser citada ante un juez, porque podría estar violando ambos procesos y ahí sí sería un despido sin justa causa y es obligatorio indemnizar.

Finalmente, la experta recomienda que para el pago de la indemnización se deben tener en cuenta, uno, el tiempo que lleva trabajando el empleado y dos el salario que se ganaba.

Si usted quiere conocer al pie de la letra qué dice el Código Sustantivo de Trabajo sobre la Terminación de Contrato, le aconsejamos que revise desde el artículo hasta el 66 del texto completo que se encuentra en la Secretaría del Senado.

Sin embargo, aquí le damos algunos datos:

Indemnización por despido

El contrato de trabajo termina: 
Por muerte del trabajador
Por mutuo consentimiento
Por expiración del plazo fijo pactado
Por terminación de la obra o labor contratada
Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento
Por suspensión de actividades por parte del empleador durante más de ciento veinte días
Por sentencia ejecutoriada
Por decisión unilateral en los casos de los artículos 7o., del Decreto-ley 2351 de 1965, y 6o. de esta Ley

Indemnización por despido


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