Los trámites de la declaración de renta y retefuente que no debe dejar para última hora

La DIAN informó que los colombianos pueden actualizar el RUT sin necesidad de ir a las oficinas de la entidad.

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Quizá no hay nada más estresante para una persona que hacer fila en una entidad pública para realizar un trámite. Le vamos a contar qué situaciones lo pueden indisponer cuando usted va a hacer una diligencia:
-Salir a la calle en plena lluvia.
-Tomar un transporte público en mal estado y lleno ‘hasta el techo’.
-Ir de pie y con el trancón más desesperante.
-Que su bus sea uno de los atracados por la delincuencia común, que está azotando en estos días.
-Si no lo asaltaron, súper, pero puede llegar a medio día, cuando la mayoría de gente de la oficina sale a hacer sus vueltas y no hay suficiente personal para atender a todo el mundo.
-Una vez terminada la diligencia, volver a casa o darse cuenta que va tarde para si siguiente compromiso.
Si se siente identificado con esta situación, entonces revise si puede hacer las cosas de otra manera. Por ejemplo, un trámite que no requiere hacer presencialmente es el de la actualización del RUT. Según la DIAN ya es posible obtener este documento sin necesidad de ir a las oficinas de la entidad. Las personas naturales sin firma digital pueden actualizar en línea su dirección, correo electrónico, teléfonos, entre otros, y así adelantar sus trámites ante el organismo de recaudo de impuestos, especialmente en lo relacionado a la declaración de renta de persona naturales.

A través de la página www.dian.gov.co datos como: dirección, correo electrónico, teléfonos, actividad económica, fecha de inicio de actividad económica, adición de nuevas responsabilidades, entre otros, pueden ser actualizados.
La autoridad de impuestos reiteró a sus usuarios que el RUT no pierde vigencia y recordó  que a través del portal se puede generar una copia de este documento con fecha actualizada sin tener que acercarse a la DIAN.
La copia del documento es válida con la marca de agua: “COPIA CERTIFICADO DOCUMENTO SIN COSTO” y no requiere la firma del funcionario de la DIAN. Sólo basta con el registro de la fecha y la hora de la generación del documento que aparece en la parte inferior derecha del formulario. Para el paso a paso de la actualización del RUT puede consultar el enlace http://www.dian.gov.co/descargas/cartillas/2014/actualizacion.pdf.
¿En qué casos se debe actualizar el RUT?
La entidad fiscalizadora informó que la actualización de este documento se debe hacer en los casos que establece el Decreto Único Reglamentario D.U.R. 1625 de 2016 en los artículos 1.6.1.2.7 y 1.6.1.2.14, el RUT debe actualizarse en los 45 casos que implican modificaciones a los datos registrados tales como:
  • Datos personales (identificación y ubicación).
  • Datos informativos (actividad económica, responsabilidades, entre otros).
Tips para reducir el pago de retefuente
Si usted devenga un salario promedio superior a los $4.500.000 averigüe en su empresa hasta cuándo tiene plazo de presentar los papeles que le ayuden a disminuir la base de retención en la fuente. Cabe aclarar que esta retención es la que más afecta al 3% de trabajadores asalariados colombianos, de acuerdo a una encuesta de Trabajando.com.
Los empleadores ya iniciaron la solicitud de documentos y el plazo máximo para presentarlos vence el próximo 31 de marzo. Le contamos lo que debe tener listo para acceder a esas deducciones tributarias:
  • Certificado de dependientes: será aplicable una deducción por dependientes a cualquier empleado, hasta el 10 por ciento de su ingreso mensual, sin superar las 32 unidades de valor tributario. (UVT – el valor por unidad para 2017 es de $31.859).
  • Tenga en cuenta que la dependencia de los padres, hermanos o cónyuge se presenta por ausencia de ingresos, ganancias anuales menores a $8.284.000 o factores físicos o psicológicos.
  • Para acceder a este beneficio el colaborador debe llenar un formulario de declaración juramentada, al cual se le deben anexar los soportes respectivos (registro civil de nacimiento de hijos menores de 18 años; certificado de estudio de hijos entre 18 y 23 años; certificado de medicina legal de hijos dependientes mayores de 23 años; certificado de medicina legal o del contador público de su compañero permanente o cónyuge que confirme dependencia; certificación del contador público o certificado de medicina legal de sus padres y hermanos que se encuentren en situación de dependencia).
  • Certificado de pago de medicina prepagada: los pagos del año inmediatamente anterior por este concepto, que impliquen protección al colaborador, su cónyuge, hijos o dependientes, deben ser adjuntados.
  • Certificado de pago de créditos hipotecarios: adjunte el certificado de pagos del año inmediatamente anterior de los pagos por intereses y corrección monetaria hechos sobre préstamos para adquisición de vivienda, o, si aplica, del costo financiero del contrato de leasing habitacional para vivienda propia.
  • Con respecto a los ahorros en cuentas AFC (ahorro para el fomento a la construcción),  siguen vigentes como deducción de la retención, sin sobrepasar el 30 por ciento del ingreso laboral. Los papeles para las rebajas se pueden presentar de forma extemporánea, pero no tendrán efectos hacia el pasado.
http://www.finanzaspersonales.com.co/impuestos/articulo/impuesto-como-reducir-el-pago-de-retefuente/71793?utm_source=newsletter&utm_medium=mail&utm_content=finanzaspersonales&utm_campaign=2017_03_10

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