Sepa qué opciones tiene si no cuenta con el dinero para pagar sus impuestos

Intentar meter un gol al ministerio de Hacienda por no poseer el dinero suficiente para cumplir con las obligaciones tributarias podría terminar en una mala jugada. Pero ¿qué ocurre si no tengo la liquidez necesaria para pagar fielmente mis impuestos?

Si usted no cuenta con el monto necesario, debería conocer que existen diferentes facilidades de pago para cancelar impuestos de orden nacional o municipal.
En el primer caso, puede solicitar que se le conceda facilidad para el pago de obligaciones tributarias como el impuesto de renta, entre otros, hasta por cinco años.
“Lo primero que debe hacer toda persona obligada a pagar renta es presentarla para evitar sanciones, las cuales son, en general, sanción por no declarar, o por extemporaneidad,  e intereses de mora, más los costos de atender los requerimientos del Estado”, explicó el especialista de Gestión legislativa Javier Hoyos.
Así, si escoge esta alternativa deberá sumarle al monto inicial la tasa de interés moratorio, que actualmente se ubica en 30,81%.
“Se empiezan a generar intereses con la tasa vigente en el momento. Primero se inicia un proceso de cobro persuasivo a través de diferentes canales y posteriormente coactivo. La Dian tiene hasta cinco años para que el contribuyente se ponga al día con sus obligaciones”, explicó a LR Adriana Solano, subdirectora de gestión de asistencia al cliente de la Dian. 
De este modo, para evitar que siga transcurriendo el tiempo y que se generen más intereses existe la posibilidad de endeudarse por motu propio con el sector privado.
“A veces, a los contribuyentes les conviene más endeudarse con una entidad financiera que les preste el dinero para pagar sus impuestos a una tasa menor que la generada por los intereses de mora”, manifestó Gustavo Cote, exdirector de la Dian, quien explicó que para acceder a este tipo de facilidades se requieren garantías bancarias o de bienes inmuebles.
De lado de los impuestos municipales, cabe destacar que el proyecto que presentó la Alcaldía Mayor de Bogotá para la modificación de las tarifas del impuesto predial, aún en debate,  contempla el pago por cuotas.
Igualmente, este proyecto incluye descuentos de 10% por pronto pago más 3% si el pago es virtual. Cote indicó que si la persona deja vencer esos plazos, igualmente se verá en el mismo problema y podrá recurrir a la financiación como ocurre en el resto de impuestos.
Impuesto predial está en el debate
Con el proyecto de modificación del impuesto predial que probablemente se debatirá la próxima semana se abre la posibilidad del pago diferido y la eliminación del estrato. Específicamente, la iniciativa contempla una serie de modificaciones a las tarifas como es un tope de incrementos para los sectores residenciales de hasta 20% y de 25% para los no residenciales. En el caso de los estratos uno y dos, el incremento al impuesto no podrá ser superior a 10%.

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