LISTO CALENDARIO TRIBUTARIO PARA 2015

Impuestos nacionales

 Gobierno Nacional también expidió normas que definen los valores del impuesto sobre
vehículos automotores, introducen cambios en el RUT y ajustan la renta o ganancia
ocasional en la venta de bienes raíces
Bogotá D. C., diciembre de 19 de 2014. Por medio del Decreto 2623 del 17 de
diciembre de 2014, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, estableció los plazos en el
2015 para la presentación de las declaraciones y pagos de los impuestos administrados por la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.
Dentro de dichos impuestos se encuentran:
 Sobre la renta y complementarios para personas jurídicas y naturales
 De ingresos y patrimonio
 Sobre las ventas
 Gasolina y ACPM
 Al consumo
 Sobre la renta para la equidad (CREE)
 Gravamen a los movimientos financieros (4 x 1.000)
Algunos de los aspectos definidos por esta norma son los valores tope de patrimonio
bruto, ingresos, compras con tarjeta, consumos en general y valor acumulado de las
consignaciones bancarias, a partir de los cuales las personas naturales están obligadas a
declarar renta, dentro de los que se incluyen los empleados, trabajadores por cuenta propia y
las demás personas naturales y asimiladas a estas.
Los vencimientos para que las personas cumplan con la obligación de declarar y pagar
(si así le corresponde) comenzarán el 11 de agosto y terminarán el 21 de octubre de 2015, de
acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.
En el caso de los grandes contribuyentes, el plazo para pagar el valor de la primera
cuota (de tres), se cumplirá entre el 10 y 23 de febrero; para la segunda será entre el 14 y el 27
de abril de 2015; y la tercera deberán pagarla entre el 10 y 24 de junio, a partir del último dígito
del NIT.
Por su parte, las personas jurídicas y demás contribuyentes deberán cumplir con la
primera cuota de esta obligación entre el 14 y 27 de abril, mientras que el otro porcentaje del
impuesto a cargo deberán pagarlo entre el 10 y 24 de junio del próximo año, teniendo en
cuenta el último dígito del NIT.
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Conozca aquí el texto completo del Decreto 2626 de 2014:
http://goo.gl/dNMhNr
Impuesto sobre vehículos automotores
Así mismo, el Gobierno Nacional determinó las siguientes tarifas para la aplicación del
impuesto sobre vehículos automotores particulares que aplicarán a partir del 1° de enero de
2015:
VALOR TARIFA (%)
Hasta $41.430.000 1.5
Más de $41.430.000 y hasta 93.217.000 2.5
Más de $93.217.000 3.5
Conozca aquí el texto completo del Decreto 2621 de 2014:
http://goo.gl/3n93Nz
Cambios en el RUT
Por otro lado, la cartera de hacienda expidió el Decreto 2620 de 2014 con el que
introdujo algunos cambios al Registro Único Tributario – RUT en aspectos como: la
identificación de las personas naturales; la formalización de la inscripción, actualización y
solicitud de cancelación.
Conozca aquí el texto completo del Decreto 2620 de 2014:
http://goo.gl/wwseSE
Ajustada la renta o ganancia ocasional por venta de bienes raíces
Finalmente, el Misterio de Hacienda y Crédito Público ajustó la renta o ganancia
ocasional proveniente de la venta de bienes raíces y acciones o aportes durante 2014, que
tengan carácter de activo fijo (bienes inmuebles, maquinaria, material de oficina, etc.).
Esta misma norma determinó que, para el año gravable 2014, los contribuyentes
podrán ajustar en 2.89% el costo de este tipo de activos.
Conozca aquí el texto completo del Decreto 2624 de 2014:
http://goo.gl/Hh3OuI
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