Interbolsa, la reforma y el fallo


El colapso de Interbolsa es el resultado de la osadía de sus administradores y de la negligencia de la Superintendencia Financiera.


La Ley no garantiza el orden, salvo que los funcionarios competentes exijan su cumplimiento, y de no hacerlo, se hacen responsables de los daños y perjuicios que con ello causen.

En el caso Interbolsa, de nuevo quedó demostrado el temor reverencial y la tolerancia de la SuperFinanciera frente a los abusos y prácticas aventuradas del sistema financiero, máxime, si esta entidad conocía de la iliquidez de InterBolsa y que a pesar de ella sus administradores siguieron asumiendo obligaciones de pago sobre ingresos futuros e inciertos.

Lo ocurrido también demuestra, que el Indicador de Solvencia que exige el Estado es inocuo, no constituye garantía para los inversionistas y de nada sirve si no se tiene liquidez en la caja.

No se debe olvidar que cuando Interbolsa fue intervenida, el presidente Santos y el Superfinanciero anunciaron que los inversionistas no sufrirían perjuicios y que el Indicador de Solvencia de la comisionista estaba 9 puntos por encima del mínimo exigido.

Con el paso de los días quedó demostrado, que ni el presidente ni el Superfinanciero tenían razón y que el Indicador de Solvencia era más nominal que real, pues no son pocas las personas que siguen sin poder redimir sus inversiones o percibir el pago de operaciones vencidas las cuales empiezan a tornarse de dudoso recaudo.

En no pocas oportunidades nos hemos referido a la necesidad de exigir a todas las instituciones financieras, un índice mínimo de liquidez similar al Encaje Ordinario exigido a los establecimientos de crédito, el cual minimizaría el riesgo de la cesación de pagos, y de contera, evitaría el uso solapado del perverso “Esquema Ponzi”.

Pero la falta de control del marcado financiero es evidente; los abusos pululan y la intervención del Estado antes que prospectiva es tardía. Su negligencia lo hace responsable de los daños que sufren los ciudadanos y propicia la comisión de delitos a veces imperceptibles para la sociedad, como los “de cuello blanco”, que se configuran cuando la conducta delictiva no tiene esa apariencia y la asumen sujetos que se valen de sus habilidades y posicionamiento para asaltar la buena fe de ingenuos e incautos.

De seguro que se vendrá una avalancha de demandas contra el Estado, que terminaremos pagando los contribuyentes.

Reforma: Al Presidente no le resultaron suficientes más de dos años de gobierno para diseñar una Reforma Tributaria. La que hace tránsito en el Congreso es una flamante improvisación que castiga la generación de empleo; encarece el crédito; desalienta la inversión; mantiene la inequidad; atomiza la tributación; consolida los privilegios; y, hace más difuso el recaudo. Por el bien de la nación, debería terminar como las reformas a la Educación y la Justicia.

Fallo: El Gobierno no puede permitir que se mutile y desmembre su Archipiélago de San Andrés, por un fallo improcedente; tampoco debe desconocerlo sin antes intentar su aclaración, y de no darse, abstenerse de acatarlo por manifiesta ilegalidad. Pero el Presidente, con su acostumbrada ambigüedad, sigue sin pronunciarse de manera clara, lo que podría interpretarse como señal de aceptación tácita del fallo, y con ello quedar incurso en una omisión inexcusable en un gobernante.

Mi Contabilidadcom

Somos una firma colombiana con domicilio principal en Manizales, contamos con más de 15 años de experiencia profesional en el campo de la auditoria financiera, de gestión, y de sistemas, así como en el campo de revisoria fiscal. Contamos con un grupo de profesionales especializado en temas tributarios y de NIIF, temas que en la actualidad son imprescindibles en cualquier organización.

Publicar un comentario

Gracias por sus comentarios... siempre buscamos mejorar

Artículo Anterior Artículo Siguiente