Inventarios: ¿Por qué difieren contablemente y fiscalmente? Claves para su tratamiento en 2025


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📊 ¿Por qué existen diferencias entre lo contable y lo fiscal?

En Colombia, las empresas que aplican NIIF pueden tener diferencias temporarias o permanentes entre lo que se reconoce contablemente y lo que acepta la norma fiscal para efectos del impuesto sobre la renta.
Uno de los casos más frecuentes es el de los inventarios.

Las diferencias se deben principalmente a:

  1. Reconocimiento y medición contable (NIIF)

  2. Tratamiento fiscal (Estatuto Tributario y normas de la DIAN)


🔍 Contabilidad bajo NIIF vs. Fiscalidad colombiana

🧾 Contable (NIIF para PYMES)

  • El inventario se mide al costo, y puede utilizarse como método de valoración el costo promedio, FIFO o el costo específico.

  • Se reconoce la desvalorización del inventario (pérdida por deterioro) si el valor neto de realización es menor que el costo.

💰 Fiscal (Estatuto Tributario)

  • Solo se acepta el método de costo promedio o el FIFO.

  • No se permite la deducción por deterioro de inventarios si este no ha sido realizado o enajenado.

  • El artículo 59 del ET establece que el inventario se reconoce fiscalmente solo cuando se enajena o se retira del inventario.


📑 ¿Qué hacer con la diferencia?

La empresa debe reconocer la diferencia como una partida conciliatoria en su conciliación fiscal.
Esto se gestiona a través del Formato 2516, obligatorio para quienes están obligados a llevar contabilidad bajo NIIF.

Por ejemplo:

  • Si contablemente se reconoce una desvalorización por $5 millones, pero fiscalmente no es deducible aún, se registra como una diferencia temporaria.

  • Una vez el inventario se vende o se da de baja, esa diferencia puede convertirse en deducible fiscalmente.


✅ Recomendaciones prácticas para 2025

  1. Documentar claramente los métodos de valoración que usas (contable y fiscal).

  2. Conciliar mensualmente los saldos contables y fiscales para anticipar posibles ajustes.

  3. Soportar con evidencia técnica las desvalorizaciones y bajas de inventario.

  4. Utilizar correctamente el Formato 2516 si estás obligado.

  5. Consultar con tu contador o revisor fiscal antes de tomar decisiones que afecten el cierre fiscal.


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