En el dinámico entorno empresarial colombiano, es crucial que las organizaciones mantengan al día sus obligaciones tributarias para asegurar su sostenibilidad y cumplimiento legal. La declaración de renta para personas jurídicas correspondiente al año gravable 2024 presenta novedades significativas que deben ser consideradas.
Tarifa General del Impuesto de Renta
Para el año gravable 2024, la tarifa general del impuesto de renta para personas jurídicas se mantiene en el 35%, según lo establecido en el artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 2277 de 2022. Es esencial que las empresas calculen adecuadamente su base gravable para determinar el impuesto correspondiente.
Plazos para la Presentación y Pago de la Declaración
El Ministerio de Hacienda, mediante el Decreto 2229 de 2023, ha fijado los plazos para la presentación y pago de la declaración de renta de personas jurídicas no calificadas como grandes contribuyentes, correspondientes al año gravable 2024. Estos vencimientos están determinados por los dos últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación. A continuación, se detallan las fechas clave:
Primera Cuota (50% del impuesto a pagar):
Últimos Dígitos del NIT Fecha Límite 01 - 05 12 de mayo 06 - 10 13 de mayo 11 - 15 14 de mayo 16 - 20 15 de mayo 21 - 25 16 de mayo 26 - 30 19 de mayo 31 - 35 20 de mayo 36 - 40 21 de mayo 41 - 45 22 de mayo 46 - 50 23 de mayo Segunda Cuota:
Últimos Dígitos del NIT Fecha Límite 01 - 05 9 de julio 06 - 10 10 de julio 11 - 15 11 de julio 16 - 20 14 de julio 21 - 25 15 de julio 26 - 30 16 de julio 31 - 35 17 de julio 36 - 40 18 de julio 41 - 45 21 de julio 46 - 50 22 de julio
Es importante destacar que si el saldo a pagar es inferior a 41 UVT ($2.042.000 en 2025), el pago debe realizarse en una sola cuota en la fecha de presentación de la declaración.
Nuevos Impuestos Temporales
En febrero de 2025, el gobierno colombiano implementó impuestos temporales para sectores específicos con el objetivo de abordar crisis humanitarias. Estos incluyen un gravamen del 1% sobre la primera venta de exportaciones de carbón y petróleo, un IVA del 19% para juegos de azar en línea y casinos virtuales, y un impuesto al timbre del 1% en trámites notariales. Aunque estas medidas son temporales, es fundamental que las empresas en estos sectores consideren su impacto en sus obligaciones tributarias.
Recomendaciones Finales
Para garantizar un cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales:
Asesoría Especializada: Consulte con profesionales en contaduría y administración financiera para una correcta interpretación y aplicación de las normativas vigentes.
Actualización Constante: Manténgase informado sobre posibles cambios legislativos que puedan afectar las obligaciones tributarias de su empresa.
Planificación Financiera: Anticipe los pagos y prepare la documentación necesaria con suficiente antelación para evitar contratiempos.
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