Requerimientos de la Dian: tipos, qué hacer y cómo defenderse si estos llegan


Aquí hablaremos sobre...

Etapas por las que se debe pasar para afrontar los requerimientos de la Dian
¿Qué hacer frente a un requerimiento ordinario de la Dian?
Recomendaciones frente a una inspección tributaria
¿Qué son los requerimientos especiales?
¿Qué hacer y cómo defenderse si le llega un requerimiento de la Dian?

Los requerimientos de la Dian son oficios administrativos dirigidos a los contribuyentes o los responsables de la declaración y/o pago de impuestos.

El contribuyente deberá revisar el tipo de requerimiento que le ha llegado y asesorarse para proveer una respuesta adecuada y oportuna.

Nicolás Alviar, socio fundador y gerente general de AGT Abogados, describe detalladamente en lo que deben tener en cuenta los contribuyentes para responder a los requerimientos de la Dian.

Los requerimientos de la Dian son oficios administrativos dirigidos a los contribuyentes o responsables de la declaración y/o pago de impuestos. Estos deben ser respondidos obligatoriamente de forma oportuna, honesta y clara.

Los requerimientos pueden clasificarse en ordinarios y especiales. Los ordinarios son simples oficios que solicitan información, corrección o prestación de un impuesto.

Los especiales, por otra parte, se pueden entender como la fase más relevante dentro del proceso de fiscalización o determinación, pues, posteriormente a las inspecciones tributarias y respuestas a requerimientos ordinarios, estos dan apertura formal al proceso de fiscalización.

“es deber de todo contribuyente conservar toda documentación contable por un período mínimo de 5 años”

Cabe recordar que el artículo 632 del Estatuto Tributario declara que es deber de todo contribuyente conservar toda documentación contable por un período mínimo de 5 años, que deberá poner a disposición de la Dian en el caso de que ésta la requiera.
Etapas por las que se debe pasar para afrontar los requerimientos de la Dian

Alviar explica que para defenderse ante un requerimiento de la Dian primero hay que tener claras las fases o etapas del proceso de fiscalización, tanto en vía gubernativa como en vía contenciosa o judicial, para lo cual se deben tener en cuenta estas etapas:

Requerimiento ordinario.
Inspecciones tributarias.
Requerimiento especial.
Respuesta al requerimiento especial.
Liquidación de revisión o de aforo.
Recurso de reconsideración contra liquidación de revisión o de aforo.
Resolución que resuelve el recurso de reconsideración.
Demanda de nulidad y restablecimiento del derecho.

¿Qué hacer frente a un requerimiento ordinario de la Dian?

Los requerimientos ordinarios pueden emitirse para solicitar simple información o, por el contrario, pueden tener como objetivo requerir la presentación o corrección de determinada declaración de impuestos, caso en el cual estos deben entenderse como emplazamientos para declarar o corregir con las consecuencias jurídicas que esto implica.

El plazo para contestar este tipo de requerimiento no podrá ser inferior a 15 días calendario. La recomendación siempre será atender los requerimientos ordinarios para evitar sanciones, bien sea por no enviar información o sanciones por no declarar o por corrección.

Recomendaciones frente a una inspección tributaria

Las inspecciones tributarias son un medio de prueba con el cual la Dian verifica la veracidad de las declaraciones que son objeto de revisión, por lo cual la entidad podrá designar a uno o varios funcionarios para revisar, constatar y reunir todas las pruebas que sirvan para demostrar que los hechos, soportes y documentos relacionados correspondan a la realidad tributaria del administrado. Al respecto, 

Alviar aconseja:

En la medida que las inspecciones tributarias son decretadas mediante auto y notificadas previamente al administrado, se debe hacer un proceso de auditoría tributaria y contable previamente a atender la inspección. De cualquier manera, se recomienda que estas inspecciones sean atendidas junto a un abogado.

¿Qué son los requerimientos especiales?

Alviar explica que los requerimientos especiales son un acto administrativo mediante el cual se determina la liquidación de impuesto propuesta especificando la identificación de hechos, pruebas, fundamentos de derecho, resumen de las actuaciones administrativas, consideraciones jurídicas de la Dian, sanciones y liquidaciones propuestas.

La recomendación es entregar una respuesta dentro de los tres meses siguientes, presentando las objeciones o aceptando la liquidación propuesta por la Dian. De igual forma se deben aportar las pruebas con las que se pretenden hacer valer los argumentos a favor del administrado.

¿Qué hacer y cómo defenderse si le llega un requerimiento de la Dian?

Las recomendaciones de Alviar son:

Revisar el tipo de requerimiento que le ha llegado y asesorarse para dar una respuesta adecuada y oportuna.

Si la Dian envía un correo donde le recuerdan la fecha de presentación de un impuesto, esto es un recordatorio, no es una sanción o requerimiento oficial. En este caso revise con su área contable si efectivamente tiene algún pendiente y subsánelo antes de que llegue un requerimiento oficial.

Si recibe un oficio físico o por correo electrónico donde se propone una sanción económica, podría estarse enfrentando a una sanción por parte de la Dian. Lo recomendable es que nunca haga caso omiso y responda presentando los recursos de ley.

Si deja pasar los tiempos y términos para responder, esto podría acarrear graves problemas que pueden ir desde sanciones económicas onerosas, embargos o inclusive inconvenientes de tipo penal que lo pueden llevar a la cárcel.


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