Formato 1001 para exógena año gravable 2018 utilizará menos columnas y conceptos


La nueva versión 10 del formato 1001 para los reportes del año gravable 2018 solo utiliza 20 columnas, en lugar de las 24 que se utilizaban en la anterior versión 9. Además, el listado de conceptos para reportar el tipo de pago o abono en cuenta a terceros se reduce de 62 a 49. 

En la elaboración de la información exógena tributaria del año gravable 2018 (la cual fue solicitada con la Resolución 000060 de octubre 30 de 2017, y cuyos plazos de entrega para quienes no sean grandes contribuyentes empiezan a vencerse a partir del 8 de mayo de 2019) se deberá usar la nueva versión 10 para el formato 1001 (con el reporte de pagos o abonos en cuenta a terceros, junto con sus respectivas retenciones practicadas o asumidas a título de renta, IVA y timbre), la cual reemplaza a la anterior versión 9 que se utilizó hasta los reportes del año gravable 2017. 

El nuevo formato 1001 v.10 incluye varias novedades, entre las cuales se pueden destacar las siguientes (véase nuestra “plantilla en Excel para elaborar el borrador del formato 1001 v.10 del año gravable 2018”; también puede acudir a nuestro seminario presencial Novedades en información exógena tributaria a la Dian del año gravable 2018 , dictado en abril y mayo de 2019 por el Dr. Diego Guevara): 

a. Solo utilizará 20 columnas, en lugar de las 24 que se utilizaban en la anterior versión 9. Las columnas que se eliminaron fueron: “Dígito de verificación”, “Retención de IVA asumida al régimen simplificado”, “Retención en la fuente practicada por CREE”, “Retención en la fuente asumida por CREE “. Lo anterior implicará que los usuarios van a dedicar menos tiempo al diligenciamiento del formato, pues las columnas eliminadas, aunque no tenían aplicación desde hace varios años atrás, siempre se tenían que diligenciar aunque fuese en ceros. 
“El listado de conceptos que se utilizarán para reportar el tipo de pago o abono en cuenta a terceros se reduce de 62 a 49”

b. El listado de conceptos que se utilizarán para reportar el tipo de pago o abono en cuenta a terceros se reduce de 62 a 49. En el listado se eliminaron 15 conceptos que se usaron hasta los reportes del año gravable 2017 y se agregaron dos nuevos conceptos que se utilizarán por primera vez. Entre los conceptos eliminados figuran el “5001-Salarios y pagos laborales” y “5022 – Pensiones”, pues esta vez la Dian indicó que todos los pagos por rentas de trabajo (laborales y no laborales) que se hayan sometido a retención en la fuente con la tabla del artículo 383 del ET solo se tendrán que incluir dentro del formato 2276 v.2 (ver parágrafo 12 del artículo 16 y el artículo 32 de la Resolución 000060 de octubre de 2017). Lo anterior permitirá que los reportantes no tengan que entregar información duplicada, pues hasta los reportes del año gravable 2017 sucedió que la información de los pagos o abonos en cuenta por rentas de trabajo se incluía tanto en el formato 1001 como en el 2276. Además, esta vez no se tendrá que reportar ningún valor por concepto de autorretenciones (las cuales se reportaban con los conceptos 5049 a 5052 y 5062). De igual forma, se empezarán a usar por primera vez los conceptos “5066 – Impuesto nacional al consumo solicitado como deducción” y “5067 – Pagos o abonos en cuenta al exterior por consultoría”. 

c. Cuando se estén reportando pagos o abonos en cuenta a terceros del exterior que sean personas naturales, ya no se podrán reportar con tipo de documento “43” (sin identificación del exterior) y usando los seudoNIT 444444001 hasta 444449999. Esto solo se permitirá para reportar a los terceros del exterior que sean personas jurídicas. Por lo tanto, a los terceros del exterior que sean personas naturales siempre se les deberá reportar con tipo de documento “42” (documento extranjero) y el número de identificación fiscal que utilizan en el exterior para efectos del impuesto de renta de sus respectivos países.


https://actualicese.com/actualidad/2019/04/23/formato-1001-para-exogena-ano-gravable-2018-utilizara-menos-columnas-y-conceptos/?referer=email&campana=20190423&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20190423_impuestos&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

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