Así cobrarán el IVA para las viviendas de $890 millones

Los responsables de las ventas de dichos inmuebles deberán cumplir cinco requisitos.


Aplica para viviendas cuyo valor supere las 26.800 UVT. 

Tras la imposición del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 5% para las viviendas cuyo valor supera los $880 millones, el Ministerio de Hacienda reglamentó cinco criterios que los vendedores tendrán que cumplir.

A través del Decreto 1096 del 28 de junio, esa cartera indicó que los responsables de las ventas de los inmuebles de alta gama deberán cumplir con cinco características, de modo que haya mecanismos de control para la correcta imputación del IVA descontable.

El primero es tener licencia de construcción expedida por la autoridad competente, mientras que el segundo consiste en que se deberá “elaborar un presupuesto de costos de obra por capítulos, subcapítulos e ítems, en el que se refleje la cantidad y el valor de los bienes y servicios que destinen al proyecto”, dice la norma.

Lo anterior tendrá que hacerse por cada uno de los centros de costo de cada proyecto de casas o apartamentos que cuesten 26.800 unidad de valor tributario (UVT), que varía cada año. En el caso que los proyectos se entreguen por etapa, esta diligencia la tendrá que hacer por cada una de ellas.

El tercer requisito que tendrán que cumplir los constructores, según el decreto, es poner el proyecto de construcción a disposición de la Dian, cuando dicha entidad lo exija, con los correspondientes centros de costos y las modificaciones, si es que se le hicieron a la iniciativa.

En cuarto lugar, los responsables tendrán que “identificar en la contabilidad el valor del IVA descontable correspondiente a cada unidad inmobiliaria (casa o apartamento) gravada vendida”, así como el valor de la venta de cada una y el IVA generado por la comercialización del bien inmueble.

Por último, será necesario contar con una relación de los impuestos descontables por cada vivienda gravada, que contendrá, entre otras cosas, información personal y tributaria de los proveedores, si se trata de importaciones o compras con entidades no domiciliadas en el país.

Asimismo, se deberá especificar el número de factura, fecha, valor total del IVA facturado y monto del IVA imputable a cada una de las viviendas gravada. Estos datos deberán estar en poder del responsable del IVA y ponerse a disposición de la Dian y otras autoridades, cuando lo exijan.


http://www.portafolio.co/economia/impuestos/asi-cobraran-el-iva-para-las-viviendas-de-890-millones-518695

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