Desafortunadamente, la ley de insolvencia tiene muy poca difusión

Con chao deudas puede hacer una estrategia para pagar sus acreencias 


Jorge Hernán Peláez 

Si usted es uno de los colombianos que tiene problemas de deudas y le gustaría conocer cómo acogerse a la ley de insolvencia, existen soluciones como Chao Deudas, una firma creada para ayudar a salir de ellas. Su fundador, César Ucrós, respondió las preguntas de Al Paredón. 

¿Cuál es la ley que hace que usted cree Chao Deudas?
Es parte de la ley 1564 del 2002, es decir el Código General del Proceso, la ley de insolvencia es un instrumento legal que sirve a las personas que tienen una mora de más de 90 días en la mayoría de sus deudas. 

Este instrumento le sirve para que trace una estrategia legal a su medida de manera que pueda hacer dos cosas: primero, llamar a sus acreedores a un centro de conciliación para proponerles una manera de pagar su deuda distinta a la que inicialmente tenía convenida con ellos y que está incumpliendo, esta invitación puede ser aceptada o no. Esta propuesta de pago que, como decimos, es una hecha a su medida, es una estrategia legal y se ajusta a sus ingresos y a su situación. 

Si los acreedores la aceptan, los pasos se harán con base en esa propuesta y si no la aceptan, se irá a liquidación patrimonial, que es la segunda posibilidad.

¿Qué es la liquidación patrimonial?
La liquidación patrimonial consiste en la entrega de los bienes del deudor a sus acreedores para que se paguen con esos bienes. Cuando estamos hablando de bienes muebles no estamos diciendo la lavadora, que el televisor, que la nevera, la bicicleta, los muebles y enseres de la casa; esos bienes son inembargables en la legislación colombiana actual, antes no, antes embargaban esos bienes; ahora estamos hablando básicamente de inmuebles en cabeza del deudor o de vehículos automotores. 

Estos bienes los entrega a sus acreedores y con eso paga la totalidad de los bienes. En realidad no es que los pague, pero la ley dispone que se convierten en obligaciones materiales, es decir que no pueden ser cobradas por las acreedores lo que equivale a un pago para efectos prácticos. 

¿Qué pasa cuando la persona no tiene ningún patrimonio?
No importa que los bienes sean de valor mucho menor que las acreencias o inclusive que no tenga bienes, la ley dispone algo que se le llama en el argot la descarga, que consiste en que las obligaciones que no alcanzan a cubrirse, en parte porque los bienes valen menos o porque no tienen bienes, se convierten en naturales, es decir que no pueden ser exigidas judicialmente por el acreedor al deudor. Es decir, no pueden ser cobradas, equivale a un pago.
Ahora hablemos de los beneficiarios de esta ley, entiendo que dentro del marco regulatorio que se está explicando le aplica a algunas personas y no a otras, ¿a quiénes le aplica y qué tipos de requisitos tendría la persona para poder acceder a él? 

Los requisitos son primero que la primera no sea comercial, que no esté inscrito en la cámara de comercio como comerciante y que no se dedique profesionalmente a actividades que la ley califique de actividades comerciales o mercantiles. La segunda es que no sea propietario de la mayoría de las acciones en una sociedad o de la mayoría de las cuotas sociales. Es decir, que no sea control ante de una sociedad comercial. Por otra parte, se necesita que esté en mora de más de 90 días en más del 50% de sus deudas. Esos son los dos requisitos que exige la ley para poder acceder a acogerse a ella.
Una vez se configuren las variables que tiene que tener una persona estando en esa situación y quiere acceder a esta posibilidad de negociar con sus acreedores, ¿se hace en un tribunal de arbitramento o en qué tipo de escenario? 

Es en un centro de conciliación, la solicitud que se hace es a través de un centro de conciliación a donde se llama a los acreedores para que ellos vayan a oír su propuesta, que como decíamos, es una estrategia legal a su medida, que se ajuste a las posibilidades que ese deudor tiene de pagar para de ahí en adelante cumplir y a la vez estar saliendo del incumplimiento anterior. 

O sea, nuevamente parte de cero para comenzar a cumplir sus obligaciones, y si no cumple el acuerdo, se va a liquidación patrimonial. 

Una vez entregados sus bienes, o si no los tiene una vez ha hecho el proceso de liquidación patrimonial, que ese sí se hace ante un juzgado, la persona arranca de cero su vida crediticia. De esta manera queda libre de las obligaciones con sus acreedores. 

¿Cómo nació Chao Deudas?
La ley de insolvencia, desafortunadamente, tiene muy poca difusión, entonces surgió la idea con mi esposa, que no es abogada, ella es comercial, es especialista en mercadeo y publicidad y el marketing internacional. Así surgió la idea de crear una empresa que fuera como lo es Chao Deudas.
¿En dónde podemos conseguir la información de Chao Deudas? 

Tenemos nuestra página web: www.chaodeudas.co. Ahí está la información sobre la ley de insolvencia y además está la explicación de cómo contactarnos y de cuáles son los servicios que nosotros podemos prestar.


https://www.larepublica.co/finanzas/desafortunadamente-la-ley-de-insolvencia-tiene-muy-poca-difusion-2705008

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Somos una firma colombiana con domicilio principal en Manizales, contamos con más de 15 años de experiencia profesional en el campo de la auditoria financiera, de gestión, y de sistemas, así como en el campo de revisoria fiscal. Contamos con un grupo de profesionales especializado en temas tributarios y de NIIF, temas que en la actualidad son imprescindibles en cualquier organización.

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