Según la Superfinanciera “para los efectos de la norma sobre usura, puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos“.
Según la entidad, la tasa de usura para los microcréditos será del 53.13% efectivo anual, lo que significa un aumento de 91 puntos básicos (0.91%) con respecto al periodo anterior.
En lo que corresponde a la modalidad de consumo de bajo monto, la tasa se sitúa en 52.16%, es decir, un aumento de 4.22% con respecto al periodo anterior.
En el caso de la tasa de usura para microcréditos y consumos de bajo monto, el aumento comprende el periodo entre el 01 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016.