Así funcionará la pensión familiar

Con esta figura cada año podrían jubilarse 10.000 personas.

Con la nueva figura de la pensión familiar, que permite la suma de las semanas o el ahorro acumulados por una pareja en edad de retiro, incluidas las del mismo sexo, cada año podrían jubilarse 10.000 personas.
¿Quiénes pueden acceder?
Esposos o compañeros permanentes afiliados a Colpensiones o a una AFP que lleven al momento de solicitar la pensión más de cinco años de relación conyugal, que se haya iniciado antes de cumplir cada uno 55 años de edad.
¿Qué requisitos hay?
Si están en Colpensiones, este año, los hombres deben haber cumplido 62 años; las mujeres, 57. En los dos casos, haber cotizado menos de 1.275 semanas y no haber recibido indemnización sustitutiva. La suma de las semanas de los dos debe ser de, al menos, 1.275.
Cuando cumplieron 45 años, debieron haber cotizado el 25 por ciento de las semanas requeridas para pensionarse en esa época. Por ejemplo: si en el 2005 cumplió 45 años, debió tener 262,5 semanas.
Encontrarse en los niveles I o II del Sisbén al cumplir la edad de pensión.
¿Y sí están en una AFP?
Estar en el mismo fondo; tener 62 años los hombres y 57 las mujeres, No haber acumulado el capital necesario para una pensión por lo menos igual al salario mínimo.
¿Si están en AFP distintas?
Se puede acceder a la pensión a través de la AFP con mayor saldo ahorrado, para lo cual deberán solicitar el traslado de fondo.
¿Cuál es ese trámite?
Deben pedir a cada fondo el saldo ahorrado, el número de semanas y, en caso de aplicar, el valor de los bonos pensionales y sus rendimientos.
¿Si uno está en Colpensiones y otro en una AFP, puede haber traslado de régimen si faltan menos de 10 años para la edad de pensión familiar?
Sí. Por una única vez. Si al primero de octubre del 2012 les faltaban menos de 10 años se puede realizar traslado entre regímenes y escoger en cuál quieren la pensión familiar.
¿Cuál es el monto de la pensión?
Si la da Colpensiones, será un salario mínimo; si la otorga una AFP, dependerá de la suma del capital ahorrado; si el capital no alcanza, se podrá otorgar la garantía de pensión mínima.
¿La pareja tendrá cobertura en salud?
Sí. Serán afiliados al régimen contributivo. Uno de sus miembros como cotizante y el otro, como beneficiario.

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