Nuevo listado de paraísos fiscales para 2025: impactos reales



El Gobierno colombiano actualizó para 2025 el listado de jurisdicciones no cooperantes, comúnmente llamadas paraísos fiscales, lo que redefine obligaciones y riesgos tributarios para empresas, profesionales independientes, inversionistas y grupos empresariales. Esta modificación implica efectos directos en retenciones en la fuente, deducibilidad de costos y gastos, fiscalización de operaciones internacionales, análisis de precios de transferencia, obligaciones de transparencia y exigencias de documentación reforzada, especialmente cuando existen operaciones con vinculados del exterior o estructuras patrimoniales alojadas en territorios de baja o nula imposición. En este artículo, desde Mi Contabilidad, explico de manera clara y aplicada qué cambia, qué exige la normativa vigente a diciembre de 2025, cómo interpretar la gestión de riesgos frente a la DIAN y qué acciones prácticas deben implementar los empresarios para evitar sanciones y contingencias. La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles. 

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Cada modificación al listado de jurisdicciones no cooperantes genera una ola de incertidumbre entre empresarios y contadores, porque su efecto no es solo normativo, sino operativo y financiero. A partir de 2025, Colombia redefine nuevamente qué países considera de alto riesgo fiscal, lo cual afecta la forma en que se calculan retenciones, se aceptan deducciones, se evalúan operaciones con vinculados y se determina el verdadero cumplimiento en precios de transferencia. Este cambio exige una revisión urgente de contratos, proveedores internacionales, estructuras patrimoniales y modelos de negocio digitales. Para quienes aún trabajan sin un mapa claro de riesgos tributarios, el impacto puede ser costoso y acumulativo. Y como siempre decimos en Mi Contabilidad: La contabilidad no es solo números, es la base para decisiones sólidas y sostenibles.

La actualización del listado de jurisdicciones no cooperantes para el año 2025 obliga a que empresas, profesionales y patrimonios con operaciones internacionales replanteen completamente la forma en que evalúan sus impuestos y su exposición ante la DIAN. Aunque en la conversación pública suele hablarse de “paraísos fiscales”, la normativa colombiana los identifica como jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición o no transparentes, y cada una de esas categorías genera efectos específicos sobre la carga tributaria. A diciembre de 2025, estos cambios se consolidan dentro de una estrategia internacional que busca transparencia, intercambio de información y control de la evasión, alineada con los estándares OCDE y con el creciente intercambio automático de datos entre países. Para los contribuyentes, esto implica que cualquier operación con estas jurisdicciones se vuelve más visible, más sensible y más regulada.

Cuando un país entra o sale del listado, no se trata de un ajuste semántico, sino de un cambio directo en costos operativos. Por ejemplo, la retención en la fuente sobre pagos al exterior puede duplicarse, los costos y gastos pueden ser rechazados si no cumplen requisitos reforzados y la DIAN puede exigir documentación adicional para demostrar la realidad económica de cada operación. Lo que antes era un contrato común con un proveedor internacional, desde 2025 puede convertirse en una operación de alto riesgo si involucra una jurisdicción clasificada como no cooperante. Esto afecta sector real, servicios profesionales, comercio electrónico, plataformas tecnológicas, logística internacional, inversiones financieras y estructuras de planificación patrimonial utilizadas por familias empresarias.

En el diagnóstico que realizamos en Mi Contabilidad, encontramos que la mayoría de las empresas que acuden a nosotros desconocen que un simple pago por servicios digitales, una consultoría internacional o un contrato de licenciamiento puede activar obligaciones reforzadas. El desconocimiento no exime la responsabilidad y, en especial, en un escenario 2025 donde la DIAN avanza en analítica de datos y cruces automáticos, la probabilidad de fiscalización crece. Muchas pymes asumen que solo las grandes multinacionales están obligadas a controles de precios de transferencia o a justificar operaciones con territorios de baja imposición, pero la realidad normativa demuestra lo contrario. La actualización del listado afecta tanto a quien tiene operaciones millonarias como a quien paga un servicio recurrente sencillo a un proveedor alojado en una jurisdicción catalogada como no cooperante.

En la práctica, los efectos más relevantes incluyen mayores retenciones en la fuente, presunción de operaciones no deducibles si no se demuestra sustancia económica, exigencia de documentación adicional y la necesidad de soportar que los precios pactados son de mercado. Además, cualquier relación con partes vinculadas ubicadas en esos territorios incluye un riesgo más amplio, pues la DIAN puede aplicar presunciones legales ante la ausencia de transparencia. A diciembre de 2025, la regulación colombiana se vuelve más estricta con operaciones transfronterizas porque sigue la tendencia global de combatir planificación fiscal agresiva, estructuras opacas y triangulación de servicios.

Para comprender el impacto, es necesario comparar la situación de Colombia con la realidad internacional. Mientras países europeos y miembros de la OCDE endurecen sus listas, mecanismos de intercambio y sanciones, Colombia ha adoptado un enfoque similar, buscando fortalecer su capacidad fiscal y evitar que estructuras artificiales erosionen la base tributaria. En el mundo, la idea de paraísos fiscales ha dejado de ser una caricatura tropical para convertirse en un problema técnico que los gobiernos abordan con datos, acuerdos y presión regulatoria. Por eso, en 2025, incluso empresas pequeñas que antes estaban fuera del radar ahora pueden ser identificadas en segundos mediante algoritmos de riesgo. La DIAN, alineada con estas prácticas, se concentra en operaciones repetitivas de servicios, pagos digitales y transacciones entre empresas relacionadas.

El mayor problema que encontramos en nuestros diagnósticos es que las empresas no clasifican adecuadamente a sus proveedores internacionales ni actualizan sus matrices de riesgo tributario. Esto genera retenciones incorrectas, deducciones mal aplicadas, soportes incompletos y una exposición mayor en procesos de fiscalización. Para diciembre de 2025, las sanciones siguen siendo significativas: rechazo de costos, imposibilidad de tomar deducciones, sanciones por inexactitud, intereses, limitación de beneficios y eventualmente penalidades por no reportar información. Incluso en esquemas sencillos, como el uso de plataformas digitales con residencia en jurisdicciones de baja imposición, los riesgos son reales.

Un caso común que vemos en Mi Contabilidad involucra empresas que contratan servicios de marketing digital o tecnología con entidades extranjeras ubicadas en territorios incluidos en el listado. En muchos de esos contratos no se revisan cláusulas de sustancia económica, no se analiza la documentación de soporte del proveedor, no se verifica el impacto de la actualización del listado para 2025 y tampoco se evalúa si el precio pactado es razonable frente a estándares internacionales. Cuando llega la fiscalización, el contribuyente intenta demostrar la validez de la operación, pero la DIAN parte de un marco normativo que presume riesgo elevado por tratarse de una jurisdicción no cooperante. Si no existe documentación robusta, la deducción se rechaza. Este tipo de errores, que parecen pequeños, pueden acumular pérdidas fiscales significativas en periodos cortos.

El análisis comparativo entre Colombia y otras regiones también evidencia que la tendencia global es exigir mayor transparencia. Países que históricamente se consideraban neutrales hoy entregan información bancaria, societaria y fiscal bajo acuerdos multilaterales. Esto implica que la DIAN no solo se basa en lo que el contribuyente declara, sino en información recibida del exterior. Las empresas que en 2025 siguen operando bajo supuestos del pasado desconocen que la transparencia fiscal internacional ya es una realidad. Por eso es más necesario que nunca contar con un acompañamiento profesional experimentado y con herramientas tecnológicas que permitan anticipar riesgos.

En este punto, la participación estratégica de Julio César Moreno Duque agrega un valor determinante, porque integra la contabilidad con automatización, analítica de datos y sistemas de productividad diseñados para gestionar riesgos tributarios de manera preventiva. La contabilidad tradicional ya no es suficiente para interpretar escenarios complejos como los que genera la actualización del listado de jurisdicciones no cooperantes. Se requiere inteligencia aplicada, seguimiento automático y modelos de alerta temprana que identifiquen cuándo una operación cruza parámetros de riesgo. Gracias a estas herramientas, nuestros clientes pueden monitorizar pagos al exterior, clasificar jurisdicciones, validar retenciones en tiempo real y anticiparse a inconsistencias antes de que se conviertan en contingencias frente a la DIAN. Construyendo un mundo nuevo; trabajando inteligente para el ingreso de nuestros clientes a la nueva era contable y tributaria.

Una microllamada a la acción surge aquí de manera natural: si tu empresa realiza pagos al exterior, incluso pequeños, revisa desde ya si alguno involucra jurisdicciones incluidas en el listado actualizado para 2025. Corregir hoy evita sanciones mañana. En Mi Contabilidad realizamos diagnósticos sin riesgo que permiten detectar vacíos documentales, retenciones mal aplicadas y oportunidades de corrección voluntaria antes de fiscalización.

La segunda oferta sin riesgo se relaciona con la actualización documental. Muchas compañías tienen contratos internacionales obsoletos, sin cláusulas de sustancia económica, sin soporte de beneficiario final y sin análisis de precios de transferencia. En 2025, estos vacíos se convierten en detonantes de fiscalización. Por eso ofrecemos una revisión integral sin compromiso inicial, que permite identificar puntos vulnerables y priorizar acciones antes de que la DIAN lo haga.

Otro caso tipo recurrente involucra a empresas familiares con inversiones patrimoniales fuera del país. Aunque las intenciones suelen ser legítimas, la estructuración no siempre cumple estándares de transparencia. La DIAN, con la tecnología vigente a diciembre de 2025, cuenta con información que antes era inaccesible, lo que genera un ambiente más exigente en términos de trazabilidad y documentación. En estos casos, la actualización del listado implica revisar vehículos de inversión, condiciones de propiedad, obligaciones de beneficiario final y posibles efectos en renta presuntiva, dividendos y retenciones.

Para quienes operan comercio electrónico o servicios digitales, la situación no es diferente. Plataformas, pasarelas de pago, proveedores SaaS y servicios de almacenamiento en la nube suelen ubicarse en jurisdicciones de baja imposición. Cuando el listado se actualiza, el contribuyente debe reevaluar cada contrato. Si la jurisdicción cambió de categoría, el tratamiento tributario también cambia. Esto afecta la tasa de retención y el nivel de documentación exigido. Es un proceso que no se puede dejar a la improvisación.

En este contexto, los empresarios también deben revisar si caen dentro del régimen de precios de transferencia. La DIAN, durante 2025, mantiene un enfoque analítico más profundo en operaciones transfronterizas pequeñas pero recurrentes. Aunque muchos creen que deben cumplir solo quienes superan ciertos topes, la interacción con jurisdicciones no cooperantes activa reglas reforzadas. No se trata únicamente de elaborar documentación, sino de demostrar con hechos la realidad económica de la operación. En Mi Contabilidad realizamos este análisis con enfoque preventivo, integrando la visión financiera, operativa y tributaria, lo que permite que el empresario tome decisiones informadas y seguras.

Una de las preguntas más frecuentes que recibimos es cómo manejar la deducibilidad de costos y gastos cuando intervienen jurisdicciones del listado actualizado. La clave está en la sustancia económica: demostrar que el servicio existe, que fue prestado efectivamente, que genera beneficio económico, que el proveedor tiene capacidad real para ejecutarlo y que el precio corresponde a valores de mercado. Aunque parezca sencillo, la DIAN suele rechazar deducciones cuando la documentación es débil. Esto no se resuelve con un contrato estándar ni con una factura digital; se requiere evidencia sólida, validación técnica y trazabilidad operativa. Aquí es donde la experiencia combinada de Mi Contabilidad y el soporte tecnológico de Todo En Uno se convierte en ventaja competitiva.

Otra microllamada a la acción necesaria: si tu negocio tiene proveedores extranjeros, solicita desde ya una evaluación de riesgo tributario internacional. La actualización para 2025 no admite improvisaciones. Y como parte de nuestra política de servicio, ofrecemos una primera revisión sin costo para ayudarte a identificar brechas críticas.

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Uno de los elementos más relevantes a diciembre de 2025 es que la DIAN ha reforzado su control sobre beneficiarios finales, especialmente cuando están relacionados con jurisdicciones incluidas en el listado. Muchas estructuras societarias se diseñan bajo la idea de privacidad, pero la normativa colombiana actual exige transparencia. No cumplir con el registro de beneficiarios finales puede generar sanciones relevantes y activar procesos de fiscalización asociados. Es fundamental que las empresas actualicen este registro cuando se relacionan con jurisdicciones no cooperantes.

El empresario que comprende este escenario actúa de forma proactiva. Aquello que en el pasado era una oportunidad de optimización tributaria, hoy puede interpretarse como una práctica riesgosa si no tiene sustento económico. La experiencia en procesos de fiscalización demuestra que, cuando el contribuyente ha preparado documentación adecuada, el resultado suele ser favorable. Pero cuando no existe orden, ni sustento, ni procedimiento, la exposición fiscal se agrava. En muchos casos, el problema no es la operación internacional en sí, sino su mala interpretación y la falta de controles preventivos.

Por eso, desde Mi Contabilidad, trabajamos para que cada empresa tenga claridad operativa, documentación adecuada y una matriz de riesgos que identifique cuándo se está interactuando con jurisdicciones incluidas en el listado actualizado para 2025. Esta matriz se integra con el componente tecnológico desarrollado en Todo En Uno, que permite automatizar la clasificación de jurisdicciones, el cálculo de retenciones y la verificación de soportes en tiempo real. De esta forma, combinamos experiencia contable, criterio normativo y visión digital, una mezcla necesaria para enfrentar los retos actuales.

La actualización del listado también obliga a los contribuyentes a considerar la doble tributación y los convenios firmados por Colombia. Cuando un país está incluido como no cooperante, no aplica la misma lógica de alivios que otorgan los convenios para evitar doble tributación. Esto incrementa la carga fiscal efectiva y modifica los flujos financieros proyectados. Las organizaciones que realizan planeación tributaria para 2025 deben incluir este análisis en sus simulaciones. La falta de previsión en este punto puede afectar utilidades, dificulta la toma de decisiones y puede alterar negociaciones internacionales.

Al cierre de 2025, los cambios normativos han dejado claro que operar internacionalmente no es sinónimo de riesgo si se hace bajo reglas claras, con soporte técnico y con acompañamiento experto. La transparencia es la nueva normalidad y la gestión preventiva es la herramienta más valiosa. Nuestra recomendación es que todas las empresas, sin importar su tamaño, revisen su exposición frente al listado actualizado de jurisdicciones no cooperantes, actualicen documentos, evalúen contratos, ajusten retenciones y consideren un diagnóstico integral. El costo de no hacerlo es mucho mayor que el esfuerzo de prevenir.

Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.

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Artículo elaborado por Diana Cristina Cardona Cardona, Contadora Pública con más de 30 años de experiencia en normatividad contable y tributaria en Colombia. Este artículo hace parte del compromiso de Mi Contabilidad de acompañar a empresarios, contadores e independientes en la nueva era contable y tributaria, garantizando confianza, claridad y cumplimiento normativo.

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Somos una firma colombiana con domicilio principal en Manizales, contamos con más de 15 años de experiencia profesional en el campo de la auditoria financiera, de gestión, y de sistemas, así como en el campo de revisoria fiscal. Contamos con un grupo de profesionales especializado en temas tributarios y de NIIF, temas que en la actualidad son imprescindibles en cualquier organización.

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