Derecho de inspección: ¿cuándo se puede ejercer?


El derecho de inspección es una facultad que tienen todos los asociados para examinar los libros y papeles de la sociedad, con el fin de informarse sobre la situación administrativa y financiera de la compañía en la cual realizaron sus aportes.

Descubre cuándo puede ser ejercido este derecho.

El derecho de inspección es una prerrogativa individual de cada uno de los asociados que consiste en la facultad de examinar, directamente o en representación, los libros y papeles de la sociedad en la cual realizaron sus aportes, con el propósito de conocer su situación administrativa, financiera, contable y jurídica (artículos 48 de la Ley 222 de 1995 y 369 y 447 del Código de Comercio).

Este derecho también implica la obligación de los administradores a permitir el examen de la información en las condiciones y términos exigidos tanto por las normas contables como por las normas propias del tipo de sociedad y sus estatutos.

Es importante destacar que el derecho de inspección no es absoluto y debe ser regulado para no obstaculizar el funcionamiento adecuado de la compañía. La regulación de este derecho puede ser realizada por el máximo órgano social, el cual debe determinar los límites temporales y los tipos de documentos que se excluyen de la inspección (Concepto 220-176650 del 13 de septiembre de 2016, Supersociedades).

¿Cuándo se puede ejercer el derecho de inspección?

Dependiendo del tipo societario, existen criterios temporales mínimos legales para ejercer el derecho de inspección, sin perjuicio de que en los estatutos sociales puedan establecerse limitaciones más amplias para su ejercicio:

Tipo societario

Oportunidad para ejercer el derecho de inspección

Sociedades colectivas

En cualquier momento (artículo 314 del CCo).

Sociedades en comandita

En cualquier momento (artículo 328 del CCo).

Sociedades limitadas

En cualquier momento (artículo 369 del CCo).

Sociedades anónimas

Dentro de los quince (15) días hábiles anteriores a las reuniones de la asamblea general de accionistas en que se vayan a considerar los estados financieros (artículos 379, 422 y 447 del CCo).

Sociedades por acciones simplificadas –SAS–

Salvo estipulación estatutaria en contrario, durante los cinco (5) días hábiles anteriores a la reunión en la que se han de aprobar estados financieros de fin de ejercicio (artículo 20 de la Ley 1258 de 2008).

El derecho de inspección debe ser ejercido en las oficinas de la administración que funcionen en el domicilio principal de la sociedad, independientemente del tipo societario del que se trate. Sin embargo, los administradores podrán disponer que se ejerza mediante el uso de repositorios de información digital u otros instrumentos tecnológicos que salvaguarden la reserva de la información.


¿Te apasiona el mundo de la contabilidad, la auditoría, la tributación y las finanzas? ¿Quieres aprender más sobre estos temas y compartir tus conocimientos con otros profesionales y estudiantes? Entonces, no te pierdas la oportunidad de unirte a los grupos que te presentamos a continuación:

 

Grupo de WhatsApp: Únete a nuestra comunidad en WhatsApp y comparte nuestro link con las personas que como tu quieren aprender y mejorar sus conocimientos, preguntas y descubrimientos sobre tecnología. ¡Aquí todos somos entusiastas y estamos ansiosos por aprender juntos! 📱💡

https://chat.whatsapp.com/C6zlK1RaiZOI5jPSJCyqNZ

 

 

Grupo de Telegram: Si prefieres una plataforma más versátil, nuestro grupo de Telegram es ideal. Compartimos noticias, consejos y trucos sobre los avances tecnológicos. ¡Únete y sé parte del conocimiento compartido! 🚀🔍

https://t.me/+TsUvXI40hthkYjgx

Recuerda que la tecnología nos conecta y nos inspira. ¡Esperamos verte pronto en nuestros grupos! 🌟

Y si deseas obtener toda la información sobre nuestra organización, también puedes encontrarnos en:

 

 

Nuestro correo electrónico

 

info@micontabilidadcom.co

 

Nuestros WhatsApp y números celulares

 

+57 3204059869

+57 3164487840

 

Agenda una cita con nosotros

 

https://book.ms/b/MiContabilidadCom@todoenuno.net.co

¡Únete a nosotros y se parte de nuestra comunidad! 🤝🔗


Mi Contabilidadcom

Somos una firma colombiana con domicilio principal en Manizales, contamos con más de 15 años de experiencia profesional en el campo de la auditoria financiera, de gestión, y de sistemas, así como en el campo de revisoria fiscal. Contamos con un grupo de profesionales especializado en temas tributarios y de NIIF, temas que en la actualidad son imprescindibles en cualquier organización.

Publicar un comentario

Gracias por sus comentarios... siempre buscamos mejorar

Artículo Anterior Artículo Siguiente