Por demanda, régimen simple de tributación podría caerse

Mientras un abogado y Fedemunicipios piden eliminarlo, diferentes entes del sector público y privado defienden la iniciativa.


El Simple está dirigido a pequeños tenderos y peluqueros, quienes podrían pagar sus impuestos en una sola tarifa. 

Uno de los nuevos impuestos que se crearon con la Ley de Financiamiento tiene enfrentados a diversos actores del país en una batalla que podría ir para largo.
Se trata del nuevo impuesto régimen simple de tributación, que reemplazó al monotributo, pero hoy –cuando ya terminó su primera fase de inscripciones– está a la expectativa de si puede entrar o no a regir en el país.

La razón es que detrás suyo hay una demanda ante la Corte Constitucional, interpuesta por Andrés de Zubiría Samper, un abogado bogotano, que pretende que el gravamen sea declarado inexequible por el tribunal, al considerar que vulnera “la autonomía territorial, en especial en su componente fiscal”.

A FAVOR

En su concepto, en el Congreso incorporaron a este nuevo tributo nacional otro que es “de carácter local como lo es el impuesto de industria y comercio consolidado, que incluye el impuesto complementario de avisos y tableros (ICA) y la sobretasa bomberil y, por ello, se produjo una injerencia indebida por parte del legislador”.

Para sostener esto, argumenta que si la Nación pasa a tener el control parcial de estos gravámenes territoriales, se “vulnera la autonomía territorial en materia fiscal, por cuanto deja en el limbo la protección constitucional (...), que los faculta para administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”.

El abogado, no obstante, no está solo en esta apreciación, para la cual recibió un espaldarazo de la Federación Colombiana de Municipios (Fedemunicipios), cuyo director, Gilberto Toro, le pidió a la Corte Constitucional tumbar todos los textos que son objeto de la demanda.

“Ni haciendo un esfuerzo extremo se alcanza a tipificar una sola de las hipótesis en que la jurisprudencia ha encontrado que de manera excepcional pueda el legislador incidir en las rentas endógenas de las entidades territoriales”, aseguró el directivo.

Y anotó que “lo único que se ve es un legislador que cree hallarse en la posición previa a la Constitución de 1992, cuando tenía plenitud de facultades de desarrollo y no tenía limites a materias como los impuestos territoriales”.

La Fedemunicipios completa el grupo que está a favor de ‘tumbar’ los artículos que crearon el Simple, pero no la tienen fácil.

Del otro lado del ‘ring’ se encuentran actores del sector público –Presidencia, la Dian, el Ministerio de Hacienda y la Procuraduría–, así como del privado –Fenalco y la Andi–.

EN CONTRA

El apoderado de la entidad tributaria, por ejemplo, le dijo a la Corte que no están administrando los recursos que son de las regiones. Se trata “de recaudarlos y transferirlos bimestralmente a las autoridades municipales y distritales competentes, una vez se realice el recaudo, situación que, antes que generar una invasión a la autonomía territorial, lo que genera es un beneficio”.

En esto coincidieron los delegados de Palacio y del Minhacienda. El primero indicó que “los entes territoriales que administran el ICA conservan sus facultades de regular aquellos aspectos que no determinó específicamente el legislador”, mientras que el segundo fue más allá y defendió el Simple, argumentando que se garantiza que los recursos de las regiones seguirán quedando en sus manos, y no en las del Gobierno Nacional.

A favor de esta postura también se pronunciaron los gremios de empresarios, que, en resumen, indicaron que la implementación del régimen Simple pretende hacerles más fáciles el pago de impuestos a los pequeños negocios.

“No habría simplificación alguna si los contribuyentes que se acojan (...) deben presentar todas las declaraciones y realizar todos los pagos de los gravámenes integrados”, aseguró Bruce Mac Master, presidente de la Andi, en una carta enviada la Corte.

EN EL MEDIO

Este tribunal continúa estudiando si declara exequible o no la creación de este régimen diferencial de tributación, para lo cual también analizarán un concepto enviado desde la Universidad del Rosario, que busca un punto medio.

“Sería conveniente que los honorables magistrados evaluaran la posibilidad de modular el fallo (...), de manera que subsista el tributo, pero solo en el orden nacional”, dijo Mauricio Plazas Vega, profesor de Derecho de la Hacienda Pública. 

Las cartas están puestas sobre la mesa y se prevé que en las próximas semanas el alto tribunal dé su veredicto final.


https://www.portafolio.co/economia/por-demanda-regimen-simple-de-tributacion-podria-caerse-532459

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